GUTIÉRREZ CASTILLO, V. L. y LÓPEZ JARA, M., El desarrollo y consolidación del Espacio de Libertad, Seguridad y Justicia de la Unión Europea. La implementación del Programa de Estocolmo, Madrid, Tecnos, 2016

AuthorCástor Miguel Díaz Barrado
Pages312-314
312 REVISTA ESPAÑOLA DE DERECHO INTERNACIONAL
REDI, vol. 70 (2018), 1
GUTIÉRREZ CASTILLO, V. L. y LÓPEZ JARA, M., El desarrollo y consolidación del
Espacio de Libertad, Seguridad y Justicia de la Unión Europea. La imple-
mentación del Programa de Estocolmo, Madrid, Tecnos, 2016, 301 pp.
La lectura del trabajo que ahora co-
mentamos nos pone de relieve que esta-
mos ante una obra, muy sobresaliente,
en el marco de la doctrina científ‌ica es-
pañola en relación con una de las cues-
tiones que más preocupan en la práctica
internacional y, en particular, en el seno
de la UE: la consolidación de un Espacio
de Libertad, Seguridad y Justicia (ELSJ)
y que, como se sabe, «toca» el fondo del
futuro de la UE. La consecución de un
verdadero ELSJ, se revela como un obje-
tivo fundamental y los autores, con razón
y buen criterio, sitúan su análisis, sobre
todo, a partir del Plan de trabajo de 2009
de la Presidencia sueca, incorporado al
Plan de Estocolmo. El examen minucio-
so que realizan los autores recoge una
serie de medidas, que se plasman en de-
rechos y garantías procesales, sobre las
que debe incidir con carácter prioritario
la UE. El estudio de estas medidas cons-
tituye, sin duda, el núcleo del trabajo, en
el que con solidez, los Doctores Víctor L.
Gutiérrez Castillo y Manuel López Jara,
profundizan desde una óptica jurídica.
Es lógico que este trabajo haya sido ga-
lardonado con el X Premio de Investiga-
ción en Integración Europea de la Red
Información Europea de Andalucía.
He de confesar que me ha sorpren-
dido muy gratamente la estructura tan
pormenorizada que hacen los autores
al abordar un tema de gran compleji-
dad y que nos sitúa en un campo poco
estudiado por los iusinternacionalistas.
El pasado, presente y futuro del ELSJ
quedan ref‌lejados a lo largo de los cin-
co capítulos que integran la obra. No
era fácil, desde luego, detallar todos los
aspectos que def‌inen al proceso penal y
que perf‌ilan los derechos y las garantías
procesales y, menos aún, cuando esta la-
bor debe hacerse en el marco de diversos
ordenamientos jurídicos. La pluralidad
de regímenes jurídicos supone, cierta-
mente, una complejidad para asentar un
régimen «común» en el seno de la UE
pero, como nos indican los autores, no
debemos olvidar que existen muchas ele-
mentos comunes en la def‌inición del pro-
ceso penal y en los principios esenciales
sobre los que se sustenta.
Está claro que los autores cuentan
con una extraordinaria formación ju-
rídica y ello explica que hayan diseña-
do una obra no solo bien estructurada
sino, sobre todo, en la que, de manera
muy prolija, penetran en las cuestiones
que realmente preocupan respecto al
establecimiento del ELSJ. El análisis ju-
rídico no les hace, sin embargo, insensi-
bles a lo que se «esconde» detrás de las
medidas implantadas por la UE. Buena
estructura, sin duda, pero, también con
mucho contenido y con la incorporación
de valores. A partir de ahí, se realiza un
examen exhaustivo de la labor llevada a
cabo por la UE en la materia pero no con
un carácter descriptivo sino, básicamen-
te, desde la perspectiva del análisis. Por
esto, se pone el acento en aquellas cues-
tiones que no solo pueden dar lugar a
una mayor discusión doctrinal sino que,
sobre todo, preocupan a los Estados. En
particular, se analiza el reparto de com-
petencias y se presta la debida atención
a todo el proceso de evolución. Las deci-
siones del Consejo Europeo de Tampere,
el Libro Verde de 2001, la Propuesta de
Recomendación y la Propuesta de Deci-
sión Marco de 2004 son examinados con
«delicadeza» y sientan las bases de las
conclusiones alcanzadas. No cabe negar
que esta tarea está muy bien hecha y que,
a la postre, pone de manif‌iesto que los
autores han sabido aprovechar, mediante
un análisis de entresijos, los fundamen-
tos en los que se asientan los Derechos
penales procesales en la UE. El Capítu-
lo II va mucho más allá de constituir un
capítulo de «atmósfera» puesto que, al

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