Guatemala es responsable por la muerte de 11 personas indígenas y por las heridas causadas a otras 29 en la “Masacre de Xamán”

Published date28 September 2018
GUATEMALA ES RESPONSABLE POR LA MUERTE DE 11 PERSONAS INDÍGENAS Y POR
LAS HERIDAS CAUSADAS A OTRAS 29 EN LA “MASACRE DE XAMÁN”
San José, Costa Rica 28 de septiembre de 2018. En la Sentencia notificada el día de hoy recaída
en el caso Coc Max y otros Vs. Guatemala la Corte Interamericana de Derechos Humanos
(“Corte” o “Tribunal”) encontró al Estado de Guatemala responsable por la muerte de 11
personas y por las lesiones sufridas por otras 29, causadas por el ejército durante la llamada
“Masacre de Xamán”. Entre las 11 personas fallecidas se encontraban una niña y dos niños. El
texto íntegro de la Sentencia puede consultarse en el siguiente enlace
El 5 de octubre de 1995 una patrulla militar se adentró en la Comunidad “Aurora 8 de octubre”
ubicada en la finca Xamán, integrada por población indígena. Los soldados fueron rodeados por
pobladores, quienes requerían explicaciones sobre la presencia militar en el lugar. Al intentar
salir del lugar, los militares dispararon causando varias muertes y numerosas lesiones. 14
militares fueron condenados y 11 permanecen prófugos.
Los hechos sucedieron durante el conflicto armado interno que vivió Guatemala entre 1962 y
1996, en el que el Estado aplicó la “Doctrina de la Seguridad Nacional, considerando a
miembros del pueblo maya como parte del “enemigo interno”.
La Corte determinó que las muertes y heridas causadas implicaron violaciones a los derechos a
la vida y a la integridad personal, establecidos en los artículos 4.1 y 5.1 de la Convención
Americana sobre Derechos Humanos. A su vez, concluyó que esas violaciones tuvieron una
naturaleza discriminatoria en contra de personas indígenas. Es por ello que la actuación militar
incumplió con su deber de respetar los derechos sin discriminación establecido en el artículo 1.1
del tratado. Además, el Tribunal estableció que el Estado violó los derechos del niño, plasmados
en el artículo 19 del mismo instrumento, por la muerte causada a una niña y dos niños. La Corte
declaró también que se lesionó el derecho a la integridad personal de los familiares de las
personas muertas, violándose por ello el artículo 5.1 de la Convención.
En cuanto al proceso judicial relativo a los presente hechos, la Corte advirtió que, si bien se
produjeron algunas condenas, la actuación estatal no fue diligente dada la falta de medidas para
hacer efectivas las órdenes de captura de los 11 militares que permanecen prófugos. Por ello,
estableció que Guatemala también violó los derechos a las garantías judiciales y protección
judicial establecidos en los artículos 8.1 y 25.1 de la Convención Americana.
La Corte estableció distintas medidas de reparación, entre las que se destaca continuar la
investigación de los hechos respecto de los 11 militares que permanece prófugos, como
también, de ser el caso, respecto de otros elementos que resultaren pertinentes .
Puede encontrar el resumen oficial de la Sentencia aquí.
Comunicado
Corte Interamericana de Derechos Humanos
CorteIDH_CP-41/18 Español
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