Decisión del Panel Administrativo nº DES2017-0050 of WIPO Arbitration and Mediation Center, January 02, 2018 (case Google LLC v. Dario Santome)

Resolution DateJanuary 02, 2018
Issuing OrganizationWIPO Arbitration and Mediation Center
DecisionTransfer
DominioEspaña (.es)

Centro de Arbitraje y Mediación de la OMPI

DECISIÓN DEL EXPERTO

Google LLC c. Dario santome

Caso No. DES2017-0050

1. Las Partes

La Demandante es Google LLC con domicilio en Mountain View, California, Estados Unidos de América, representada por Carlos Polo y Asociados, España.

El Demandado es Dario Santome, con domicilio en Alicante, España.

2. El Nombre de Dominio y el Registrador

La Demanda tiene como objeto el nombre de dominio en disputa [adwordspain.es].

El Registro del nombre de dominio en disputa es Red.es. El Agente Registrador del Nombre de Dominio es 1&1 Internet.

3. Iter Procedimental

La Demanda se presentó ante el Centro de Arbitraje y Mediación de la OMPI (el “Centro”) el 26 de octubre de 2017. El 26 de octubre de 2017, el Centro envió a Red.es por correo electrónico una solicitud de verificación registral en relación con el nombre de dominio en disputa. El 27 de octubre de 2017, Red.es envió al Centro por correo electrónico, su respuesta confirmando que el Demandado es la persona que figura como registrante, proporcionando a su vez los datos de contacto de los contactos administrativo, técnico y de facturación. El Centro verificó que la Demanda cumplía los requisitos formales del Reglamento del procedimiento de resolución extrajudicial de conflictos para nombres de dominio bajo el código de país correspondiente a España (“.ES”) (el Reglamento).

De conformidad con los artículos 7a) y 15a) del Reglamento, el Centro notificó formalmente la Demanda al Demandado, dando comienzo al procedimiento el 9 de noviembre de 2017. De conformidad con el artículo 16a) del Reglamento, el plazo para contestar la Demanda se fijó para el 29 de noviembre de 2017. El Demandado dirigió una comunicación por correo electrónico al Centro el 13 de noviembre de 2017. El Centro notificó a las partes el comienzo del proceso de nombramiento del Experto el 4 de diciembre de 2017. El mismo día, el Demandado dirigió dos comunicaciones por correo electrónico al Centro. El 5 de diciembre de 2017, el Centro envió un correo electrónico a las Partes, informando de la posibilidad de solicitar al Centro una suspensión del procedimiento a fin de explorar la posibilidad de alcanzar un acuerdo. El 13 de diciembre de 2017, la Demandante informé al Centro de que no deseaba solicitar la suspensión del procedimiento.

El Centro nombró a Alejandro Touriño como Experto el día 18 de diciembre de 2017, recibiendo la Declaración de Aceptación y de Imparcialidad e Independencia, en conformidad con artículo 5 del Reglamento. El Experto considera que su nombramiento se ajusta a las normas del procedimiento.

4. Antecedentes de Hecho

La Demandante, Google LLC, es una corporación con sede en California, Estados Unidos de América, previamente denominada Google Inc., fundada en 1997, habiéndose convertido en la actualidad en uno de los servicios de búsqueda de Internet más reconocidos del mundo. Adicionalmente al servicio de motor de búsqueda en Internet, la Demandante ofrece una amplia gama de productos y servicios relacionados con Internet, tales como su servicio “Adwords”, destinado desde octubre de 2000 a la publicidad online.

La Demandante es titular de un total de 248 registros marcarios contenedores del término “Adwords” vigentes a nivel mundial, entre los que se cuentan los siguientes signos distintivos con plenos efectos en España:

- Marca de la Unión Europea número 2724672 ADWORDS en clase 35, desde fecha 17 de septiembre de 2003;

- Marca de la Unión Europea número 10385052 ADWORDS en clases 35, 36, 38, 41 y 42, desde fecha 22 de mayo de 2012;

- Marca de la Unión Europea número 9971276 ADWORDS en clase 35, desde fecha 27 de septiembre de 2011;

- Marca Española número 2748750 ADWORDS en clase 35, desde fecha 18 de junio de 2007; y

- Marca Internacional número 1103439 ADWORDS en clases 35, 36, 38, 41 y 42 desde fecha 22 de agosto de 2011.

La demandante posee adicionalmente 565 nombres de dominio registrados a su nombre que consisten en o contienen la marca ADWORDS, muchos de ellos anteriores al registro por el Demandado del nombre de dominio en disputa, tales como [adwords.com], [adwords.es] [adwords.com.es] o [adwords.eu].

El nombre de dominio en disputa fue registrado por el Demandado en fecha 1 de...

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