Gobierno aprueba Fase 3 de la estrategia de Reanudación de Actividades
Author | Gerardo Soto/Cristina Oviedo |
Position | Socio/Consejera |
El martes 30 de junio, en la edición extraordinaria del Diario Oficial "El Peruano" se publicó el Decreto Supremo N° 117-2020-PCM que aprueba la Fase 3 de Reanudación de Actividades Económicas dentro del marco de la declaratoria de emergencia sanitaria por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del COVID-19.
* Reanudación de actividades de la Fase 3
Las actividades contenidas en la Fase 3 de la Reanudación económica son las siguientes:
Actividades económicas | CIIU Rev. 4 | Descripción de CIIU | Protocolo |
Energía y Minería | Todas las actividades correspondientes al Sector Energía y Minas no comprendidas en las Fases 1 y 2 de reanudación de actividades. | MINEM | |
Agricultura | Todas las actividades correspondientes al Sector Agrario no comprendidas en las Fases 1 y 2 de reanudación de actividades. | MINAGRI | |
Construcción | Proyectos en general | MINSA | |
Manufactura | |||
Otros productos metálicos diversos | 2520 | Fabricación de armas y municiones. | MINSA |
Otros equipos de transporte n.c.p. | 3030 | Fabricación de aeronaves, naves espaciales y maquinaria conexa. | MINSA |
3040 | Fabricación de vehículos militares de combate. | MINSA | |
Comercio | |||
Tiendas en general | Con aforo al 50% | MINSA | |
Servicios | |||
Restaurantes y servicios afines, excepto bares | Con aforo al 40% | Según numeral 8 de la Primera DCF | |
Emisión de brevetes | Centros de evaluación | MTC | |
Escuelas de conductores | MTC | ||
Entidades habilitadas para expedir certificados de salud | MTC | ||
Servicio de comercialización | 4669 | Venta al por mayor de desperdicios, desechos y otros productos n.c.p. | MINSA |
Servicios de transporte de pasajeros por vía férrea,excepto urbano | Transporte de pasajeros por vía férrea. | MTC | |
Servicios de transporte terrestre de personas en los ámbitos nacional, regional y provincial | Servicios de transporte especial de personas (transporte turístico) y su infraestructura complementaria. | Según numeral 7 de la Primera DCF | |
Servicio de transporte regular de personas y su infraestructura complementaria. | Según numeral 7 de la Primera DCF | ||
Servicios de transporte de pasajeros y carga por vías de navegación interiores (por ríos y lagos) | Transporte acuático de pasajeros por vía fluvial y lacustre (en ámbito nacional y regional) | Según numeral 7 de la Primera DCF | |
Transporte aéreo. Sólo vuelos nacionales. | Transporte de pasajeros por vía aérea. | Según numeral 7 de la Primera DCF | |
Servicios conexos al transporte aéreo | Actividades de servicios relacionadas con el transporte aéreo. | MTC | |
Servicios de transporte aéreo especial turístico | Actividades destinadas a la atención de circuitos turísticos. | MTC | |
Actividades de aviación general | Actividades aeronáuticas no comerciales. | MTC | |
Actividades de mudanza, traslado de enseres o afines. | Servicio de transporte de mercancías destinados para actividades de mudanza, traslado de enseres o afines. | MINSA | |
Servicios de alojamiento en general | Albergues, hostales y establecimientos de hospedaje no clasificados y categorizados. | MINCETUR | |
Servicios de edición de libros, directorios y otras servicios de edición | 5811 | Edición de libros | MINSA |
5812 | Edición de directorios y listas de correo. | MINSA | |
5819 | Otras actividades de edición. | MINSA | |
Servicios de producción, posproducción y distribución de películas, videocintas y programas tv | Actividades de producción de películas y de video. | MINSA | |
5912 | Actividades de postproducción de películas, de video y deprogramas de televisión. | MINSA | |
5913 | Actividades de distribución de películas, de video y de programas de televisión. | MINSA | |
Servicio de grabación de sonido y edición de música | 5920 | Actividades de grabación de sonido y edición musical. | MINSA |
Servicios de contabilidad, auditoría y consultoría sobre dirección y gestión empresarial | 7010 | Actividades de las sedes centrales. | MINSA |
7020 | Actividades de consultoría de gestión empresarial. | MINSA | |
Servicios de análisis técnicos, investigación y desarrollo científicos. | 7120 | Ensayos y análisis técnicos. | MINSA |
Investigación, innovación y desarrollo experimental en todos los campos del conocimiento. Incluye el uso y servicios de laboratorios de las instituciones de educación superior y cetpro con aforo máximo del 50%[1] | MINSA | ||
Servicios de investigación de mercados y encuestas de opinión públicas | 7320 | Investigación de mercados y realización de encuestas deopinión pública. | MINSA |
Servicios especializados de diseño, fotografía y otras actividades profesionales, científicas, técnicas n.c.p. | 7410 | Actividades especializadas de diseño. | MINSA |
7420 | Actividades de fotografía. | MINSA | |
Servicio de alquiler y arrendamiento de equipos recreativos, deportivos, cintas de video, discos, otros bienes personales y enseres domésticos | 7721 | Alquiler de artículos deportivos y de ocio. | MINSA |
7722 | Alquiler de cintas de video y discos. | MINSA | |
7729 | Alquiler de otros efectos personales y enseres domésticos. | MINSA | |
Servicios de arrendamiento de la propiedad intelectual y productos similares | 7740 | Arrendamiento de la propiedad intelectual y productos similares, excepto trabajos protegidos por derechos de autor. | MINSA |
Servicios relacionados a agencias de empleos | 7810 | Actividades de agencias de colocación de empleo. | MINSA |
7820 | Actividades de agencias de trabajo temporal. | MINSA | |
7830 | Otra provisión de recursos humanos. | MINSA | |
Servicios de agencia de viajes y operadores turísticos | 7911 | Actividades de agencias de viajes. | MINCETUR |
7912 | Actividades de operadores turísticos. | MINCETUR | |
Actividades de guías de turismo. | MINCETUR | ||
Servicios de limpieza, apoyo a edificios y mantenimiento de jardines | 8110 | Actividades combinadas de apoyo a instalaciones. | MINSA |
Servicios de fotocopiado, preparación de documentos y otras actividades especializadas de apoyo a oficinas | 8219 | Fotocopiado, preparación de documentos y otras actividades especializadas de apoyo a oficinas. | MINSA |
Servicios de apoyo especializado de oficinas administrativas y otras actividades empresariales | 8211 | Servicios administrativos de oficina combinados. | MINSA |
8220 | Actividades de centrales telefónicas. Incl. call centers con aforo al 50%. | MTC | |
8291 | Actividades de agencias de cobranza y agencias de información crediticia. | MINSA | |
8292 | Actividades de envase y empaque. | MINSA | |
Otros servicios de arte, entretenimiento y esparcimiento (en destinos sanitarios y con aforo al 50%) | 9101 | Actividades de bibliotecas y archivos. Incl. bibliotecas universitarias. | MINSA |
Actividades y gestión de museos, monumentos arqueológicos prehispánicos, lugares y edificios históricos, centros culturales (no incluye proyección de películas, obras de teatro y espectáculos) y galerías. | MINCUL | ||
9103 | Actividades de jardines botánicos y zoológicos y de parques nacionales. Incl. áreas naturales. | MINAM | |
Reparación de computadoras y equipos de comunicación | 9511 | Reparación de computadoras y equipo periférico. | MINSA |
9512 | Reparación de equipos de comunicación. | MINSA | |
Reparación de aparatos eléctricos de consumo, muebles y otros bienes personales | 9523 | Reparación de calzado y artículos de cuero. | MINSA |
9524 | Reparación de muebles y accesorios para el hogar. | MINSA | |
9900 | Actividades de organizaciones y órganos extraterritoriales. | MINSA |
La reanudación de actividades de la Fase 3 no es aplicable para las zonas urbanas de Arequipa, Ica, Junín, Huánuco, San Martín, Madre de Dios y Ancash, las cuales deberán esperar a ser autorizadas mediante Resolución Ministerial del sector competente; con excepción de las siguientes actividades:
- Actividades desarrolladas en el marco del Decreto de Urgencia N° 70-2020, Decreto de Urgencia para la reactivación económica y atención de la población a través de la inversión pública y gasto corriente, ante la emergencia sanitaria producida por el COVID-19.
- Los proyectos priorizados en el Plan Nacional de Infraestructura para la competitividad (PNIC).
- Los proyectos y actividades del Plan Integral para la Reconstrucción con Cambios.
- Las inversiones públicas de los sectores Salud, Educación, Transportes y Comunicaciones, Agricultura y Riego, y Vivienda, Construcción y Saneamiento.
Con la entrada en vigencia de la norma, las Fases 1 y 2 se reanudan a nivel nacional, es decir, incluyendo a las zonas urbanas antes mencionadas.
* Plan para la prevención y control del COVID-19
Las actividades reanudadas en esta fase podrán desarrollarse una vez que las entidades, empresas, personas jurídicas o núcleos ejecutores registren su Plan para la vigilancia, prevención y control del COVID-19 en el trabajo en el SICOVID-19, remitiendo dicho Plan al correo electrónico empresa@minsa.gob.pe.
El Plan deberá estar a disposición de clientes y trabajadores y, para su elaboración, se considerará lo dispuesto en la Resolución Ministerial N° 448-2020-MINSA[2] y los protocolos sanitarios sectoriales, cuando estos sean emitidos.
Lo anterior es aplicable al reinicio de las actividades de las entidades, empresas, personas jurídicas y núcleos ejecutores que realicen actividades destinadas a la provisión o suministro de la cadena logística (insumos, producción tercerizada, transporte, distribución y comercialización) de las actividades comprendidas en las fases de la Reanudación de Actividades. También es de aplicación para los Centros Comerciales, Conglomerados y Tiendas por Departamento, quienes podrán seguir realizando sus actividades si reiniciaron sus operaciones a la fecha de entrada en vigencia del Decreto Supremo.
* Prohibición de exigir requisitos adicionales
Por otro lado, se reiteró la prohibición para cualquier entidad pública de los tres niveles de gobierno, de establecer requisitos adicionales para la reanudación de actividades. No obstante, la norma regula de manera especial la reanudación de las siguientes actividades:
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El Ministerio de Transportes y Comunicaciones emitirá los lineamientos específicos para el servicio de transporte terrestre de personas de ámbito nacional, regional y local, así como el transporte aéreo y fluvial.
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El Ministerio de la Producción aprobará la fecha de inicio de actividades y los protocolos sanitarios para la reanudación de restaurantes y servicios afines, excepto bares.
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La pequeña minería y la minería artesanal serán fiscalizadas por las autoridades regionales.
Durante el Estado de Emergencia Nacional las unidades de los servicios de transporte terrestre y acuático de ámbito nacional, regional y provincial deben cumplir con un aforo igual al número de asientos señalados en su tarjeta de identificación vehicular (vehículos de categoría M2 y M3) de los servicios terrestres, o en su certificado de seguridad en el caso servicios acuáticos. En ningún caso puede transportarse pasajeros de pie.
[1] Incluye actividades de formación práctica de estudiantes en laboratorios y talleres que sean necesarios e indispensables para la continuidad de la formación en el marco del servicio remoto de emergencia.
[2] Que deroga la Resolución Ministerial N° 239-2020-MINSA.
gsc@prcp.com.pe
coa@prcp.com.pe