De las fuentes del Derecho

AuthorFrancisco Samper
Pages17-19

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  1. El derecho del pueblo romano se fundamenta en: leyes, plebiscitos, senadoconsultos, constituciones imperiales, edictos de quienes tienen facultad de promulgarlos y respuestas de los jurisprudentes.

  2. Ley es lo que aprueba y establece el pueblo. Plebiscito es lo que aprueba y establece la plebe. Y la plebe se diferencia del pueblo en que con la designación de pueblo se hace referencia a todos los ciudadanos, incluidos los patricios; con la designación de plebe en cambio, se hace referencia a los demás ciudadanos, con exclusión de los patricios, motivo por el cual decían los patricios que ellos no estaban obligados por los plebiscitos, ya que se habían hecho sin autorización suya; pero más adelante fue promulgada la ley Hortensia, según la cual se establecía que los plebiscitos vincularan al pueblo entero; y de esta forma se equipararon a las leyes.

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  3. Senadoconsulto es lo que aprueba y establece el senado, y hace oficio de ley, aun cuando sobre este punto haya habido discusiones.

  4. Constitución imperial es lo que el emperador establece mediante decreto, edicto o epístola. Y jamás se ha dudado que tenga fuerza de ley, puesto que el propio emperador recibe el poder en virtud de una ley.

  5. Edictos son preceptos de quienes tienen la facultad de ordenar proclamas. Los magistrados del pueblo romano tienen la facultad de publicar edictos; y ésta es especialmente amplia respecto de los edictos de los dos pretores, urbano y peregrino...

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