ACUERDO SOBRE DELIMITACION DE FRONTERAS MARITIMAS ENTRE LA REPUBLICA DE COLOMBIA Y LA REPUBLICA DE HAITI

Document typeAcuerdo
CategoryBilateral
SubjectLímites
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liDIE
IHI£.1l1T1l
El
Gobierno
de
la
Republica
de
Colombia
y
el
Gobierno
de
la
Republica
de
Haiti,
deseosos
de
fortalecer
la
amistad
que
existe
felizmente
entre
los
dos
paises
y
considerando:
Que
es
su
deber
asegurar
para
sus
pueblos
los
recursos
na-
turales
renovables
y
no
renovables
que
se
encuentre.n
en
las
Areas
Marinas
y
Submarinas
de
Colombia
o
en
la
Zona
Maritima
Econ6mica
Exclusiva
y
la
Plata-
forma
Continental
de
Haiti
;
Que
su
interes
comU.U
en
la
Regi6n
del
Caribe
requiere
el
es
tablecimiento
de
una
estrecha
colaboraci6n
entre
ambos
para
preservar,
conser-
var
y
utilizar
los
recursos
existentes
en
sus
respectivas
jurisdicciones
mariti
-
mas;
Que
es
conveniente
fijar
los
Hmites
de
su
jurisdicci6n
res-
pectiva.
A
tal
efecto,
han
designado
como
Plenipotenciarios,
a
sa
-
ber:
Por
el
Gobierno
de
la
Republica
de
Colombia
Su
Excelencia
Doctor
lndalecio
LIEVANO
AGUIRRE,
Minis-
tro
de
Relaciones
Exteriores;
Por
el
Gobierno
de
la
Republica
de
Haiti
Su
Excelencia
Senor
Edner
BRUTUS,
Secretario
de
Estado
de
Asuntos
Extranjeros
y
de
Cultos;
Quienes,
despues
de
haber
canjeado
sus
Plenos
Poderes
y
de
encontrarlos
en
buena
y
debida
forma,
han
acordado
lo
siguiente:
A
1R
1r
n c
1ID
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(Q)
n
-------------------
La
delimitaci6n
de
las
Areas
Marinas
y
Submarinas
de
la
Re
publica
de
Colombia,
y
la
Zona
Maritima
Econ6mica
Exclusiva
y
la
Plataf
erma
!
Continental
de
la
Republica
de
Haiti,
esta
determinada
por
una
linea
media
cuyos
I j
puntos
son
equidistantes
de
los
puntos
mils
pr6ximos
de
las
lfneas
de
base
a
partir
l!::
de
las
cuales
se
m1de
la
anchura
del
mar
territorial
de
cada
Es1ado.
r - 2 -
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m.
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-----------------
De
conformidad
con
el
metodo
establecido
en
el
articulo
I,
la
delimitaci6n
esta
constitufda
por
una
Hnea
recta
trazada
entre
los
siguientes
puntos:
PUNTO
No.
--------
Gr.
1
14°
2
15°
Escala
1:
1'800.000.
I
LATITUD
LONGITUD
-------
-------
Min.
Seg.
Gr.
Min.
Seg.
44'
10"
74°
30'
50"
02'
00"
73°
27'
30"
Las
lineas
y
los
puntos
referentes
a
este
Acuerdo
es
tan
se-
fialados
en
la
Carta
Nautica
No.
25.000
Edici6n
1.97
5,
Dicha
Carta
esta
firmada
por
los
Plenipotenciarios
y
aparece
en
el
anexo
al
presente
Acuerdo,
lo
mismo
que
el
trazado
de
las
1\neas
de
base
de
cada
Parte
y
el
de
la
linea
divisoria
.
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J[
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ll
-----------------
Ambas
Partes
se
com
prometen
a
cooperar
para
promover
los
objetivos
comunes
enunciados
en
el
presente
Acuerdo,
dentro
del
marco
de
la
Ter-
cera
Conferencia
de
las
Naciones
Unidas
sobre
el
Derecho
del
Mar,
asi
como
en
otras
Conferencias
lnternacionales
relativas
a
dicha
materia
.
./A.
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1I' ll
cc
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lL
<0
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w
------------------
Ambas
Partes
convienen
en
cooperar
en
la
elaboraci6n
y
pues-
ta
en
marcha
de
las
medidas
apropiadas
con
el
objeto
de
evitar,
reducir
y
contro-
lar
la
contaminaci6n
del
medic
marino
que
afecte
al
Estado
vecino.
Las
dos
Partes
\
se
comprometen
igualmente
a
tomar
medidas
eficaces
para
proteger
las
especies
l
migratorias
seg1m
las
recomendaciones
de
los
Organismos
lnternacionales
competen-
tes
en
la
materia.
Esta
cooperaci6n
no
restfinge
el
derecho
soberano
que
tiene
cada
Estado
para
adoptar
dentro
de
su
jurisdiccion
respectiva
las
normas
que
sobre
el
particular
juzgue
pertinentes.
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J
I:
i:
\I
- 3 -
Ambas
Partes
convienen
solucionar
toda
controversia
que
p~
diere
surgir
en
la
aplicaci6n
o
ejecuci6n
del
presente
Acuerdo,
de
conf
ormidad
con
los
procedimientos
de
arreglo
pacH
ico
de
controversias
previstos
en
el
Ar-
ticulo
33
'de
la
Carta
de
las
Naciones
Unidas.
JA
m.
1r
n
w
JL
(Q)
·
wn
El
presente
Acuerdo
sera
ratificado
por
las
dos
Partes,
con-
forme
a
las
normas
constitucionales
vigentes
en
sus
respectivos
paises
y
comen-
zara
a
regir
inmediatamente
despues
del
canje
de
los
instrumentos
de
ratificaci6n
el
cual
se
realizara
en
la
ciudad
de
Bogota.
En
doble
original,
frances
y
espaiiol,
ambos
dando
fe.
. .
Dado
en
Port-au-Prince,
a
17
de
Febrero
de
1.978.
\
OR
EL
GOBIERNO
DEL
DE
COLOMBIA
CIO
LIEV
ANO
AGUIRRE
POR
EL
OBIERNO
D
LA
RE-
PUBLI
A
DE
HAITI
----
EDNER
BRUTUS

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