REGLAMENTO DE TRANSITO MARITIMO Y FLUVIAL TRANSFRONTERIZO COLOMBO-ECUATORIANO Y PARA LOS PUERTOS DE BUENAVENTURA Y MANTA ENTRE LA REPUBLICA DE COLOMBIA Y LA REPUBLICA DE ECUADOR

Coming into Force12 June 1998
Link to Original Sourcehttp://apw.cancilleria.gov.co/tratados/SitePages/VerTratados.aspx?IDT=3a22ef8b-3d39-461c-9453-2af7a6d433cf
Notes*los Fines de Este Acuerdo se Enmarcan Dentro de Los Objetivos Previstos por el Convenio de Transito de Personas, Vehiculos, Embarcaciones Fluviales y Maritimas y Aeronaves del 18 de Abril de 1990 *el Articulo 41 Estipula Que el Presente Reglamento Reemplaza En Su Totalid Al Anterior "reglamento de Transito Maritimo y Fluvial Transfronterizo Colombo-ecuatoriano", Suscrito En Santiago de Cali el 10 de Diciembre de 1992 *el Presente Reglamento Fue Remplazado En Su Totalidad por el Reglamento de Transito Maritimo y Fluvial Transfronterizo Colombo - Ecuatoriano Suscrito En Tulcan el 11 de Diciembre de 2012 (que Entrara En Vigor Con la Entrada En Vigencia de Su Acuerdo Marco)
Subject MatterTransporte
\
REGLAMENTO
DE
TRANSITO
MARITIMO
Y
FLUVIAL
TRANSFRONTERIZO
COLOMBO-
ECUATORIANO
Y PARA
LOS
PUERTOS
DE
BUENAVENTURA
Y MANTA
Los
Gobiernos
de
Colombia
y
Ecuador,
representados
por
sus
Ministros
de
Relaciones
Exteriores,
y
CONS
IDE
RANDO:
Que
el
Convenio
del
18
de
abril
de
1990
establece
disposiciones
que
regulan
el
Transito
de
Personas,
Vehiculos,
Embarcaciones
Fluviales
y
Maritimas
y
Aeronaves.
Que
para
dar
cumplimiento
a
las
normas
contempladas
en
los
Titulos
Ill,
referentes
al
Transite
Maritime
Binacional,
Capitulo
VI y
VII;
Titulo
VI
Transi.to
Fluvial
Transfronterizo,
Capitulos
XVI y XVII,
Titulo
VII,
Transito
Maritime
Transfronterizo,
Capltulos
XVIII y XIX,
Titulo
X
Disposiciones
Generales,
Capltulos
XXIV y XXV
del
Convenio,
es
necesario
precisar
su
aplicaci6n
a
traves
de un
Reglamento.
Que
mediante
Notas
Reversales
del
12
de
septiembre
de
1997,
se
incluy6
dentro
de
Ia
Zona
de
lntegraci6n
Fronteriza
para
el
Trafico
Marltimo
Binacional
a
los
Puertos
de
Buenaventura
en
Colombia
y
Manta
en
Ecuador.
Que
es
necesario
modificar
el
Reglamento
del
Trafico
Maritime
y
Fluvial
Transfronterizo
Colombo-Ecuatoriano,
firmado
en Ia
Ciudad
de
Santiago
de
Cali
el
10
de
diciembre
de
1992,
por
Ia
incorporaci6n
de
los
Puertos
de
Buenaventura
y
Manta,
a
fin
,.de
alcanzar
los
objetivos
propuestos.
ACUERDAN:
Adoptar
el
presente
reglamento:

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