Fines de la criminología

AuthorDaniel Ernesto Peña Labrín
ProfessionAbogado y sociólogo
Pages64-69

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DANIEL ERNESTO PEÑA LABRIN

UNIDAD VI:FINES DE LA CRIMINOLOGÍA

SUMILLA

6.1 RELACIÓN CON LA PENOLOGÍA Y LA INFLUENCIA DE LA CRIMINOLOGÍA

6.2 EL REPROCHE Y LA SANCIÓN: CLASES DE PENAS
6.3
EVOLUCIÓN HUMANISTA DE LA PENA
6.4
LA IDEOLOGIA “RE”: REEDUCACIÓN, READAPTACIÓN Y REINSERCIÓN SOCIAL

6.5 NORMATIVIDAD CONSTITUCIONAL Y PENOLÓGICA

6.1 RELACIÓN CON LA PENOLOGÍA Y LA INFLUENCIA DE LA CRIMINOLOGÍA

La Penología se encarga de sancionar a los que cometen delitos, para ello éstos deben estar comprendidas en el catálogo de los códigos punitivos, en cambio la Criminología, trata de encontrar las causas que los originan, valiéndose de otras ciencias auxiliares, y el resultado de este conjunto de estudios o pericias los pone al servicio del Derecho Penal y Procesal, a fin que se administre justicia en forma correcta, efectuando un balance de las pruebas y aplicando un criterio de Criminología humanista.

6.2 EL REPROCHE Y LA SANCIÓN: CLASES DE PENAS

Producida una infracción, las Agencias de Control Oficial y no oficial, se esmeran en legitimar la denuncia, en procura de que quien la ha realizado, pague por ella, esto es lo que se conoce como el reproche, y a su vez, sufra la expiación, a modo de castigo, obteniendo si es posible su encarcelamiento.

Según el artículo 28 del Código Penal Peruano, las sanciones aplicables son:

1.- Preventiva de libertad

2.- Restrictivas de libertad

3.- Limitativas de derechos

4.- Multa

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DANIEL ERNESTO PEÑA LABRIN

En el numeral 36, del cuerpo de leyes mencionado también figura la inhabilitación, que puede aplicarse como medida principal o accesoria y contiene ocho ítems.

6.3 EVOLUCIÓN HUMANISTA DE LA PENA

En lugar del simple reproche y expiación, se ha ido abriendo camino, una nueva concepción humanista de la pena, es decir, que quien comete un delito, deberá únicamente cumplir con lo impuesto en la sentencia, pero sus derechos garantizados por la Constitución, quedan incólumes, como son el derecho a la educación, a la salud, al trabajo, etc. Y a la que se le respete como persona y como miembro de la sociedad que es y será.

Principio de Humanidad de las Penas

El Derecho Penal en su proceso evolutivo ha estado cargado de cuestionamientos teóricos, siendo el principio que más ha caracterizado esta evolución lo referente al contenido de la sanción penal. Objeciones que nacen a la par con la reivindicación de la dignidad humana, debido a las cruentas penas que se imponían.

Hasta después de la Revolución Francesa y la posterior dación de la Declaración de los Deberes del Hombre y del Ciudadano que se busca desterrar toda forma de trato inhumano y denigrante, incluso a quien sufriera condena. Proclama no extraña a la Constitución de los Estados Unidos (1791) en su Octava Enmienda que reza: “No se exigirá fianzas excesivas, ni se infligirán castigos crueles e inusitados”.

En...

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