La financiación de los entes locales en Francia: recursos tributarios de sus municipios

AuthorAntonia Jabalera Rodríguez
ProfessionDoctorado Europeo. Departamento de Derecho Financiero y Tributario. Universidad de Granada
Pages503-538
LA FINANCIACIÓN DE LOS ENTES LOCALES
EN FRANCIA: RECURSOS TRIBUTARIOS DE
SUS MUNICIPIOS
ANTONIA JABALERA RODRÍGUEZ
Doctorado Europeo
Departamento de Derecho Financiero y Tributario
Universidad de Granada
Sumario: Introducción.- I. Hacia un nuevo modelo de descentralización. Recur-
sos financieros de los municipios franceses.- II. El sistema tributario
local francés: 1. Los impuestos directos como principales recursos tri-
butarios de las Entidades locales. 2. Rasgos definitorios de la fiscalidad
directa local. 3. Breve análisis de los principales impuestos directos
locales: a) Las dos tasas inmobiliarias: sobre propiedades edificadas y no
edificadas. b) Tasa de vivienda. c) Tasa profesional. 4. Otros tributos
locales.- III. Poder y potestad tributaria de los entes locales franceses:
1. Poder normativo en materia de beneficios fiscales. 2. Poder norma-
tivo so bre los elementos de cuantificación: votación del tipo de gravamen:
a) Conexiones entre los tipos de cada impuesto directo local. b) Límites a
los tipos de imposición.- IV. Breve referencia al procedimiento de aplica-
ción de los tributos locales franceses: 1. Intervención de la Administra-
ción estatal en la gestión de los tributos locales. 2. Desarrollo de la
aplicación de los tributos locales: a) Aspectos generales. b) Rasgos desta-
cados de cada una de las fases aplicativas del tributo
INTRODUCCIÓN
Francia se organiza territorialmente en municipios, departamentos, regiones,
entidades con estatuto particular y entidades de ultra mar (artículo 72 de la Consti-
tución de la República francesa de 4 de octubre de 1958). En las siguientes líneas
nos vamos a centrar en el estudio del modelo de financiación de la entidad territo-
rial básica, el municipio, y en particular, dedicaremos una especial atención al
conjunto de recursos tributarios que lo integran. En total, son más de 36.000 los
municipios que existen en el Estado francés, de los cuales, la inmensa mayoría
cuentan con menos de 5.000 habitantes1. Sus principales fuentes de financiación
1. De los 36.559 municipios que existen en Francia, 34.890 tienen menos de 5.000 habitantes
(el 95,2% del total); 898 entre 5.000 y 10.000 habitantes (2,5%); 738 entre 10.000 y 50.000 habitantes
(2%); 67 entre 50.000 y 100.000 habitantes (0,2%), y sólo 36 con más de 100.000 habitantes (0,1%).
Junto a los anteriores conforman el Estado francés, 96 departamentos y 22 regiones (AA.VV.: Les
finances locales dans le quinze pays de l´Union europeenne; Dexia, París-Bruselas, 1997, p. 160).
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derivan de sus recursos tributarios, las dotaciones y subvenciones otorgadas por
las demás entidades territoriales (fundamentalmente el Estado), las operaciones de
crédito y los derivados de su propio patrimonio. Teniendo en cuenta que aproxi-
madamente el 42 % de los ingresos derivados de dichos recursos proceden de los
de naturaleza tributaria2, y que con las últimas reformas emprendidas se ha preten-
dido precisamente dotar de una mayor importancia a los tributos dentro del con-
junto de la financiación local, en aras a conseguir una mayor autonomía financiera
de tales entidades, nos vamos a centrar especialmente en el estudio del sistema tri-
butario local.
En Francia, al igual que sucede en gran medida en nuestro país, hablar de tri-
butos, en general, y de impuestos, en particular, supone evocar en gran medida a
los grandes impuestos estatales; los tributos locales presentan un carácter acceso-
rio, aunque se ha de reconocer que en las últimas décadas se ha producido, tal y
como se ha constatado estadísticamente, una explosión de la fiscalidad local que
poco a poco ha ido adquiriendo un mayor peso y presencia dentro del sistema tri-
butario francés3. Sin embargo, esta mayor relevancia de los tributos locales no se
ha visto acompañada de una modernización y mejora de su régimen jurídico y sis-
tema de aplicación; de modo que son numerosos los autores que tachan al sistema
tributario local de arcaico y desigual, y que, en consecuencia, cada vez parece más
insostenible4.
2.
Las anteriores cifras muestran la gran desmembración territorial del Estado francés, así
como su heterogeneidad, y hacen de éste, con diferencia, el país europeo que cuenta con un
mayor número de entidades territoriales. Este hecho dificulta, como se ha puesto de manifiesto
por algunos autores, la puesta en práctica de reformas de la fiscalidad municipal. Así lo han seña-
lado GROSCLAUDE, Jaques y MARCHESSOU, Philippe: Droit Fiscal général; Dalloz, París,
1998, p. 428; y COPÉ, Jean-François y WERNER, François: Finances locales; Economica, París,
1990, p. 57.
2. El peso que los ingresos fiscales patrimoniales y demás de derecho privado tengan en el
seno de los recursos financieros locales puede considerarse un indicador interesante de la autono-
mía financiera de las Entidades locales; siempre que, como resulta evidente, dichas Entidades dis-
pongan a su vez de ciertas facultades de decisión y márgenes de maniobra para hacer evolucionar,
conforme a sus propias necesidades, el nivel de estos recursos. Al respecto, en el modelo de finan-
ciación francés la mayor parte de los ingresos de las entidades territoriales en general, y municipa-
les en particular, proceden de sus recursos tributarios. Aproximadamente, el 42% de los ingresos de
los municipios franceses derivan de sus propios tributos; el 29% de las dotaciones y subvenciones;
el 9% de los empréstitos y el 8% son ingresos patrimoniales (AA.VV.: Les finances locales dans le
quinze pays de l´Union europeenne... cit., p. 167).
3. Así afirma que mientras que en 1970, por cada cien francos (15,27 €) pagados en con-
cepto de impuestos, 15 Fr (2,29 €) correspondían a las Entidades locales, hoy día esta suma ha
pasado a ser de 27.50 Fr (4,20 €) (DOSIÈRE, René: La fiscalité locale; Presses Universitaires de
France, París, 1996. p. 3).
4. GROSCLAUDE, Jaques, et, MARCHESSOU, Philippe: Droit Fiscal général... cit, p. 428.
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I. HACIA UN NUEVO MODELO DE DESCENTRALIZACIÓN.
RECURSOS FINANCIEROS DE LOS MUNICIPIOS
FRANCESES
Los principales recursos financieros de los que se nutren los municipios fran-
ceses son5:
Sus propios tributos.
Los ingresos transferidos, esto es, las dotaciones y subvenciones con las
que se pretende suministrar una base de recursos regulares a las Entidades
locales. En este ámbito, el objetivo de los poderes públicos ha sido, desde
finales de los años 70, sustituir las diferentes subvenciones específicas,
por transferencias y asignaciones globales respecto de las que las Entida-
des locales tuviesen libertad de empleo6. En particular, se incluyen en esta
categoría, por un lado, las llamadas dotaciones de funcionamiento, y por
otro, las dotaciones de inversión, en función de que las cantidades transfe-
ridas se destinen a sufragar gastos corrientes de funcionamiento de los
servicios e instalaciones municipales, o bien los derivados de inversiones
reales. Las primeras representan el 80% del total de las asignaciones reci-
bidas por las Entidades municipales; diferenciándose, a su vez, diferentes
tipos: destaca, en primer lugar, la denominada asignación global de fun-
cionamiento, por la que se atribuyen a los municipios, los departamentos
y las agrupaciones de municipios dotadas de una fiscalidad propia una
parte de la recaudación del Impuesto sobre el Valor Añadido obtenida por
el Estado (art. L 2334-1 y ss del Código general de las Colectividades
Territoriales –en adelante, CGCT–).
5. Los artículos L 2333-1 a 2333-8 del Código General de las Entidades Territoriales contie-
nen una enumeración detallada de los ingresos con los que cuentan los municipios, diferenciando
entre aquéllos que tienen naturaleza fiscal y los que no, que se han de integrar en la sección de fun-
cionamiento y en la de inversión dentro del estado de ingresos del Presupuesto municipal, en
correspondencia con la clasificación realizada del estado de gastos.
Por su parte, un estudio particularizado de los diversos recursos financieros municipales se rea-
liza en: AA.VV.: Les finances locales dans le quinze pays de l´Union europeenne... cit., ps. 150 a 171;
CATHELINEAU, Jean: Les impôts locaux, Dalloz, París, 1994; CLUZEL, Jean: Finances publiques
et pouvoir local, Librairie Générale de Droit et de Jurisprudence, París, 1980; COPÉ, Jean-François y
WERNER, François: Finances locales... cit, ps. 53 a 143; FOURCADE, Jean-Pierre: “Quelle reforme
des finances locales”, Revue Française de Finances Publiques, n.º 81, 2003; GILBERT, Buy, y
GUENGUANT, Alais: La fiscalité locale en question, Montchrestien, París, 1991; HERTZOG,
Robert: “L´éternelle réforme des finances locales”, en Histoire du droit des finances publiques, Volu-
men III, Economica, París, 1988; JOSSA, Edward y SEMO, Igor: Les finances locales. La décentrali-
sation inachevée?, La documentation française, París, 1990; ORSONI: “L´évolution des ressources
fiscales locales”, Revue Française de Finances Publiques, n.º 81, 2003; entre otros.
6. COPÉ, Jean-François y WERNER, François: Finances locales... cit, p. 92.

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