Fernández Masiá, E., La transparencia al rescate del arbitraje inversor-Estado, Valencia, Tirant lo Blanch, 2019, 168 pp.

AuthorM. V. Cuartero Rubio
PositionUniversidad de Castilla-La Mancha.
Pages371-373
BIBLIOGRAFÍA 371
REDI, vol. 72 (2020), 2
Carulla, titulada «Las decisiones de los
órganos de tratados de derechos huma-
nos de las Naciones Unidas en el Derecho
español», que no se ajusta estrictamente
al objeto anunciado en el índice (la inter-
pretación del Tribunal Constitucional),
un tema de indudable interés que merece
un tratamiento detallado y que aquí que-
da en cierta medida diluido al abordarse
junto con otras cuestiones.
La tercera y última parte, integrada
por los capítulos elaborados por Fernán-
dez de Casadevante y Gutiérrez Espada,
recapitula los argumentos esgrimidos a
lo largo del libro en defensa de los efectos
jurídicos de las decisiones adoptadas por
los comités: el deber, en virtud del prin-
cipio pacta sunt servanda, de cumplir de
buena fe las obligaciones convencionales
asumidas —de las que los comités son
intérpretes autorizados, dato que debe
ser tenido en cuenta al aplicar el art. 10.2
de la Constitución—, y la obligación re-
iterada en los diversos textos conven-
cionales de adoptar todas las medidas
necesarias para garantizar los derechos
recogidos en los tratados. Fernández de
Casadevante recurre también al estoppel
para reforzar estos argumentos, aunque
resulta difícil ver en este ámbito de qué
forma el comportamiento de España
puede modificar la conducta de otros Es-
tados sobre la base de la confianza mu-
tua. Más acertado es su apunte de que
negar efectos jurídicos a los dictámenes
de los comités priva de efecto útil a las
disposiciones convencionales —volun-
tariamente asumidas por España— que
les otorgan la competencia de dictarlos.
Otro argumento, defendido por López
Martín, es que la labor de los comités ge-
nera «práctica ulteriormente seguida en
la aplicación del tratado» en los términos
del art. 31.3.b) de la Convención de Viena
sobre Derecho de los Tratados, una posi-
ción que, siguiendo a Nolte (Treaties and
Subsequent Practice, Oxford, OUP, 2013),
debe ser matizada, pues más que las de-
cisiones de los comités per se, esa prác-
tica ulterior la integraría la reacción de
los Estados frente a las mismas y, como
apunta Villán Durán (p. 114), el grado de
acatamiento satisfactorio de los dictáme-
nes tiende a ser bajo.
En suma, esta obra da argumentos
suficientes para insistir en la necesidad
de articular vías internas para hacer
efectivas las decisiones adoptadas por
los órganos internacionales de control
en materia de derechos humanos. Limi-
tarse a desdeñarlas pone en cuestión el
compromiso de España con la defensa de
los derechos humanos y su cabal cumpli-
miento de las obligaciones convenciona-
les que voluntariamente ha contraído.
R. A. ALIJA FERNÁNDEZ
Universidad de Barcelona
http://dx.doi.org/10.17103/redi.72.2.2020.4.07
FERNÁNDEZ MASIÁ, E., La transparencia al rescate del arbitraje inversor-Estado,
Valencia, Tirant lo Blanch, 2019, 168 pp.
Incremento de la litigiosidad en el
ámbito de las inversiones extranjeras,
cuestionamiento de la legitimidad del ar-
bitraje y de su idoneidad como método
de resolución de controversias inversor-
Estado, confidencialidad y privacidad del
arbitraje que pasan a primer plano, muy
especialmente en este contexto, donde
la afectación de los intereses públicos
es significativa y es imposible soslayar
la general corriente pro-transparencia.
La presente monografía se sitúa en este
marco de máxima actualidad y debate
científico para abordar de forma seria y
rigurosa las dos premisas sobre las que
se construye: el arbitraje como sistema
de resolución de controversias inversor-
Estado y la conformación de la transpa-
rencia como elemento esencial en este
ámbito. Se está así en disposición de

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