Eugenio Bulygin y la filosofía del derecho

Pages199-231
AuthorPablo E. Navarro
199EL DERECHO BAJO LA LUPA ANALÍTICA
FILOSOFÍA DEL DERECHO DE LOS FILÓSOFOS ANALÍTICOS
EUGENIO BULYGIN Y LA
FILOSOFÍA DEL DERECHO 1
SUMARIO.
1. Introducción. 2. Ló gica y sistemas normativos. 3. Valide z y aplicabilidad de las
normas jurídicas. 4. P roposiciones normativ as y enunciados jurídicos. 5. Propo siciones norma-
tivas y positivis mo jurídico. 6. Los diferentes posit ivismos en el derecho. 7. El problema de las
lagunas en el derecho. 8 . Conclusiones. 9. Bibliografía.
PABLO E. NAVARRO
2
FILOSOFÍA ANALÍTICA DEL DERECHO
1. INTRODUCCIÓN
Eugenio Bulygin (1931-2021) ha contribuido de manera fundamental a la teo-
ría analítica del derecho contemporánea.3 La filosof ía jurídica analítica se refiere a los
estudios conceptuales sobre el derecho y la teoría jurídica. A diferencia de otros en-
foques (por ejemplo, los históricos o sociológicos), los trabajos analíticos se ocupan
principalmente de tres tipos de problemas: (i) los rasgos característicos del razona-
miento judicial, (ii) la reconstrucción de conceptos jurídicos y (iii) la explicación de la
naturaleza sistemática del derecho4. Si se acepta tal ca racterización, es fácil concluir
que Eugenio Bulygin es uno de los filósofos jurídicos anal íticos contemporáneos más
1 Ha sido publicado originalmente como: “Navarro, Pablo E. (2022). Eugenio Bulygin y la fi-
losofía del derecho. Doxa. Cuadernos de Filosof ía del Derecho, 45, pp. 11-39. https://doi.
org/10.14198/DOXA2022.45.01”.
2 CONICET, Argentina.
3 Eugenio Bulygin es autor de más de 20 libros, publicados en diferentes idiomas, sobre teoría
del derecho, filosofía analítica y lógic a de normas. Ha publicado más de un centenar de artí-
culos sobre lógica, teoría jurídica, filosof ía del derecho, ciencias políticas, y filosof ía moral en
las revistas y editoriales más prestigiosas del ámbito filosófico en castellano, italiano, alemán,
ruso, francés e inglés. Ha desarrollado una importante tarea tanto como miembro de los con-
sejos asesores de múltiples publicaciones, así como traductor y compilador, contribuyendo a
la difusión del pensamiento argentino en el extranjero y a la recepción en Latinoamérica de
nuevas corrientes de pensamiento filosófico.
4 Esta caracterización de la filosof ía jurídica analítica ha sido tomada de RAZ, Joseph, ‘La na-
turaleza institucional del derecho’ en e Authority of Law, p. 103 (Oxford: Oxford University
Press, 1979).
FILOSOFÍA ANALÍTICA DEL DERECHO PABLO E. NAVARRO
200
JOSÉ L. CUSI-ALANOCA DIRECTOR
distinguidos. Ha desarrollado —solo o con Carlos Alchourrón— una fina concep-
ción del derecho a través de más de medio siglo de escritos.5 Como ejemplo de tal
estilo analítico, en la obra de Bulygin podemos encontrar, además de otros ensayos
filosóficos genera les, estudios sobre:6
Interpretación del derecho y razonamiento judic ial
Validez y eficacia de las normas jurídicas
El concepto de sistema jurídico
Positivismo ju rídico, proposiciones normativa s y enunciados jurídicos
Completitud y coherencia de los sistemas jurídicos
La naturaleza de las normas jurídicas
Lógica deónt ica
De esta impresionante colección surge una compleja variedad de estrategias
para tratar los problemas clásicos de la filosofía jurídica, por ejemplo, la normati-
vidad del derecho, el valor de verdad de los enunciados normativos, la naturaleza
sistemática del derecho, etc. Los aportes de Bulygin a la teoría jurídica no han pasa-
do desapercibidos y ha defendido sus concepciones en varias controversias con los
autores contemporáneos más importantes sobre teoría jurídica y lógica deóntica.
Por ejemplo, debatió con Kelsen sobre la validez y eficacia del derecho,7 sobre la ló-
gica deóntica con von Wright y Weinberger,8 la naturaleza de la teoría jurídica con
5 Véase, por ejemplo, ALCHOURRÓN, Carlos, E. y BU LYGI N, Eugenio, Normative Systems
(Nueva York/Wein: Springer, 1971). Este libro fue luego publicado en castellano: ALCHOU
RRÓN, Carlos y BU LYGI N, Eugenio, Introducción a la Metodología de las Ciencias Jurídicas
y Sociales (Buenos Aires: Astrea, 1975). Véase, también ALCHOURRÓN, Carlos, E . y BULY
GIN, Análisis Lógico y Derecho (Madrid: Centro de Estudios Constitucionales, 1991) y AL
CHOURRÓN, Carlos y BU LYGI N, Análisis Lógico y Derecho, 2.ª edición revisada y ampliada
(Madrid: Trotta, 2021). En adelante, se cita conforme a la paginación de la segunda edición.
6 Para un panorama general de estos temas en la obra de Bulygin, véase: B ULYG IN, Eugenio,
Essays in Legal Philosophy, editado por Stanley L Paulson et al. (Oxford: Oxford University
Press, 2015).
7 En 1965, Bulygin criticó la reconstrucción de la eficacia de Kelsen. El artículo de Bulygin ‘D er
Begriff der Wirksamkeit’ fue publicado en ARSP 41, 4, pp. 39-58. Kelsen elaboró una respues-
ta detallada, pero su artículo permaneció inédito hasta 2003, cuando se publicó en alemán
con un comentario de Bulygin. Véase, BULYG IN, Eugenio et al., Validez y eficacia del derecho
(Buenos Aires: Astrea, 2015).
8 Los intercambios entre Bulygin y von Wright son numerosos. Véase, por ejemplo: AL
CHOURRÓN, C y BULY GI N, E., ‘Von Wright on Deontic Logic and the Philosophy of law’
EUGENIO BULYGIN Y LA FILOSOFÍA DEL DERECHO
201EL DERECHO BAJO LA LUPA ANALÍTICA
FILOSOFÍA DEL DERECHO DE LOS FILÓSOFOS ANALÍTICOS
Raz,9 las conexiones entre derecho y moral con Alexy,10 etc.11
A pesar de que su primer trabajo publicado fue sobre fenomenología,12 la filo-
sofía analítica (principa lmente a través de los escritos de von Wright, Tarski, Carnap,
Geach, Prior, etc.) ha sido la principal fuente de inspiración filosófica de Bulygin.
También ha complementado su concepción analítica de la filosofía jurídica con una
visión escéptica con respecto a la fundamentación de la ética y la filosofía política.13
Su escepticismo no es una negación de la importancia de tales disciplinas o de los
problemas que ellas abordan, pero, como Bulygin a menudo señalaba: la relevancia
no debe confundirse con la verdad. Además, rechazaba firmemente la objetividad
del discurso político o moral; in sistiendo en que ninguna verdad práctica (o una ver-
dadera solución de los problemas morales) está esperando nuestro descubrimiento.
Según él, tanto la ética como la política se basan en preferencias y valoraciones sub-
jetivas y, como resultado de tal punto de vista, se deduce que no se podría lograr n in-
en Schilpp, P. et al., e Philosophy of Georg Henrik von Wright, pp. 665-693 (Open Court:
Illinois, 1989). La respuesta de von Wright se puede encontrar en el mismo volumen, pp.
872-877. Alchourrón y Bulygin debatieron con Ota Weinberger sobre la naturaleza de las nor-
mas y la lógica deóntica. Véase, por ejemplo, ALCHOURRÓN, Carlos y BU LYGI N, Eugenio,
‘e Expressive Conception of Norms’ y WEINBERGER, O., ‘e Expressive Conception of
Norms: An Impasse for the Logic of Norms’. Ambos documentos están reimpresos en Paul-
son, Stanley L. y Litschewski Paulson, Bonnie (eds), Norms and Normativity (Oxford: Oxford
University Press, 1998).
9 Vea la discusión sobre la posibilidad de una teoría del derecho en RAZ , J., ALEX, R., y BULY
GIN, E., Una discusión sobre la teoría del derecho (Marcial Pons: Barcelona, 2007).
10 Robert Alexy y Eugenio Bulygin han debatido varias veces sobre las relaciones entre el dere-
cho y la moral. Los trabajos más importantes de dicho intercambio están disponibles en una
edición en español. Ver, ALEXY, Robert y BULYG IN, Eugenio, La pretensión de corrección del
derecho (Bogotá: Universidad del Externado, 2001).
11 Los autores mencionados no agotan la lista de quienes han debatido con Eugenio Bulygin.
Véanse, por ejemplo, las polémicas con Juan Ruiz Manero y Ricardo Caracciolo en Bulygin,
Eugenio, ‘Algunas consideraciones sobre los sistemas jurídicos’ en Doxa 9 (1991), pp. 257-
278; con algunos de los principales miembros de la escuela genovesa en Paulson, Stanley L y
Gianformaggio, Letizia (eds), Cognition and Interpretation of Law (Turín: Giapicchelli, 1995),
con Fernando Atria en Atria, Fernando et al., Lagunas en el derecho (Madrid: Marcial Pons,
2005), o con Atienza y Juan Carlos Bayón en BULYG IN, E ., ATIENZA, M. y BAYÓ N, J.C.,
Problemas lógicos en la teoría y práctica del derecho (Madrid: Coloquio Europeo, 2009).
12 BULY GI N, Eugenio, ‘Las esencias y los juicios esenciales en la filosof ía de Husserl’ en Leccio-
nes y Ensayos 16 (1960), pp. 79-22.
13 En los últimos años, Bulygin se identificaba con la posición emotivista delineada por VON
WRIGHT, G. H., ‘Valuations - or How to Say the Unsayable’ en Ratio Iuris 13 (2000), pp. 347-
357.

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