La estrategia de la Union Europea contra la proliferación de armas de destrucción masiva

AuthorEsther Barbé Izuel/Alegría Borrás Rodríguez/Cesáreo Gutiérrez Espada
Pages551-557

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  1. En los últimos tiempos se ha puesto claramente de manifiesto la amenaza que supone la proliferación de armas de destrucción masiva (ADM) para la paz y la seguridad mundiales. En efecto, aunque los regímenes establecidos por los tratados internacionales y las disposiciones sobre control de las exportaciones han frenado la propagación de las ADM y de sus sistemas de lanzamiento, varios Estados han tratado o siguen tratando de desarrollar este tipo de armas. Sin embargo, tras los atentados del 11 de septiembre de 2001, es evidente que la mayor amenaza proviene del riesgo de que armas químicas, biológicas o nucleares acaben en manos de grupos terroristas como Al-Qaida. Esta preocupación ha llevado al Consejo de Seguridad a adoptar la Resolución 1540 (2004) de 28 de abril para luchar contra la proliferación entre agentes no estatales. En este sentido, en la Estrategia Europea de Seguridad, elaborada por el Alto Representante para la PESC y adoptada por el Consejo Europeo de Bruselas de diciembre de 2003, se afirma que «la proliferación de armas de destrucción masiva es, en potencia, la amenaza más grave para nuestra seguridad». En segundo lugar, el hecho de que las armas de destrucción masiva fueran la justificación principal de la invasión de Iraq ha supuesto que el tema ocupe un lugar central en la agenda de los problemas internacionales.

    En estas circunstancias, se comprende que el Consejo Europeo celebrado en Bruselas el 12 de diciembre de 2003 haya considerado adecuado adoptar la «Estrategia de la UE contra la proliferación de armas de destrucción masiva» para mejorar la capacidad de acción europea en este ámbito. Se trata de un documento que es el resultado de un proceso de reflexión y discusión entre los Estados miembros que ha tenido lugar a lo largo del año 2003. El 14 de abril de 2003, el Consejo de Ministros dio instrucciones al Secretario General del Consejo, junto con la Comisión y el Comité Político y de Seguridad, de proseguir el trabajo sobre la proliferación de ADM, con objeto de presentar propuestas al Consejo Europeo. Basándose en dicha iniciativa, junto con la decisión del Consejo de abril de 2002 destinada a hacer frente con eficacia a la amenaza del terrorismo, la Secretaría del Consejo y la Comisión han presentado el 10 de junio de 2003 los «Principios básicos para una estrategia de la UE contra la proliferación de armas de destrucción masiva», así como un «Plan de acción para la aplicación de los principios básicos». Posteriormente, el Consejo Europeo de Salónica de 19 y 20 de junio de 2003 adoptó una «Declaración sobre la no proliferación de armas de destrucción masiva», mediante la que los Estados miembros se comprometieron a elaborar antes de finales de 2003 una estrategia cohe-Page 552rente de la UE para hacer frente a esta amenaza y seguir desarrollando y aplicando el Plan de acción.

    Aunque el contenido de la Estrategia no implica realmente un cambio sustancial en la política europea para contrarrestar la proliferación de ADM, su adopción supone que la lucha contra la proliferación pasa al primer plano de la acción exterior de la UE. Además, la Estrategia tiene el mérito de recoger de forma sistemática en un solo documento el enfoque que la UE ha ido lentamente desarrollando desde principios de los años noventa y, sobre todo, en los últimos años, incorporando al mismo tiempo algunos elementos nuevos en esta materia (sobre el inicio y desarrollo de la política europea de no proliferación vide Rosa, P., «Non-Proliferation and the European Union: An Institutionalist Perspective», The European Union Review, vol. 6, núm. 3, 2001, pp. 33-61).

    En la Estrategia se considera que la política de la UE para luchar contra la proliferación se guiará principalmente por los siguientes objetivos: un planteamiento multilateral en materia de seguridad, incluidos el desarme y la no-proliferación, que tienda, en particular, a fortalecer y universalizar la aplicación de los tratados internacionales en materia de desarme y no-proliferación; la integración de la no-proliferación en las políticas generales de la UE; el apoyo a las instituciones multilaterales encargadas de la verificación y defensa del cumplimiento de los tratados en la materia; la mejora de los controles de las exportaciones; la promoción de un entorno internacional y regional estable fomentando los acuerdos de seguridad y de control de armamentos, y los procesos de desarme regionales; y el compromiso de cooperar con los Estados Unidos y otros países asociados.

    En la última parte de la Estrategia se especifican los instrumentos mediante los que la UE pretende hacer frente al problema de la proliferación. Los más importantes son los siguientes: perseguir la aplicación y la universalización de los tratados internacionales existentes en materia de desarme y no-proliferación; impulsar el papel del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas y potenciar los conocimientos técnicos para enfrentarse al reto de la proliferación; fortalecer el respaldo financiero y técnico a los regímenes de verificación; reforzar las políticas y prácticas de control de las exportaciones; desarrollar la seguridad de los materiales que puedan contribuir a la proliferación; fortalecer los programas de cooperación de la UE con otros países para la reducción de las amenazas; e incorporar las políticas de no-proliferación en el marco general de las relaciones de la UE con terceros países, en particular mediante la introducción de la cláusula relativa a la no-proliferación en los acuerdos con terceros países.

    Al igual que ocurre en los diversos documentos adoptados a lo largo del año 2003 sobre esta cuestión, en la Estrategia se percibe la existencia de una cierta coincidencia entre los objetivos y los medios. Ello es comprensible, pues se trata de medidas...

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