Decisión del Panel Administrativo nº D2005-1098 of WIPO Arbitration and Mediation Center, December 09, 2005 (case Esteban Orlando Aller Coppen vs. Oscar Pastur Rodríguez)

JudgeAlberto de Elzaburu
Resolution DateDecember 09, 2005
Issuing OrganizationWIPO Arbitration and Mediation Center
DecisionTransfer
DominioGeneric Domains

WIPO Arbitration and Mediation Center

ADMINISTRATIVE PANEL DECISION

Esteban Orlando Aller Coppen y Grupo Divatto Prestige, S.L. vs. Oscar Pastur Rodríguez

Caso No. D2005-1098

  1. Las partes

    Demandantes: D. Esteban Orlando Aller Coppen, España y Grupo Divatto Prestige, S.L., España. ambos representados por la firma Díaz de Bustamante, España.

    Demandado: D. Oscar Pastur Rodríguez, España,

  2. El Nombre de Dominio y el Registro

    Los nombres de dominio objeto de esta disputa son y , y el registrador es Tucows.

  3. Iter procedimental

    Una demanda, de acuerdo con la ?Política Uniforme de Solución de Controversias en materia de Nombres de Dominio?, fue presentada en el Centro de Mediación de la OMPI con fecha 19 de octubre de 2005. El 21 de octubre de 2005, el Centro transmitió por correo electrónico al registrador, Tucows, una solicitud de verificación registral en relación con los nombres de dominio controvertidos. Con fechas 24 y 26 de octubre de 2005, Tucows transmitió por correo electrónico al Centro su respuesta de verificación confirmando que el demandado está inscrito como titular de los nombres de dominio controvertidos y facilitando los detalles correspondientes a los contactos administrativo, técnico y de facturación.

    El Centro procedió a la verificación de que la demanda cumplía todos los requisitos formales señalados en la Política Uniforme, el Reglamento de la Política Uniforme, y las Reglas Suplementarias de la OMPI.

    De acuerdo con los párrafos 2 (a) y 4 (a) del Reglamento, el Centro notificó formalmente al demandado la presentación de la demanda, dando comienzo al procedimiento con fecha 26 de octubre de 2005. De acuerdo con la Norma 5 (a) del Reglamento, el plazo para recibir el escrito de contestación a la demanda era el del 15 de noviembre de 2005. El demandado no presentó ningún escrito de contestación, por lo que el Centro le notificó su falta de contestación el pasado 17 de noviembre de 2005.

    El Centro asignó al Sr. Alberto de Elzaburu como único Panelista para resolver el caso con fecha 25 de noviembre de 2005. El Panel considera que ha sido apropiadamente constituido y envío su comunicación de aceptación, así como la declaración de imparcialidad e independencia de acuerdo con lo establecido en el artículo 7 del Reglamento.

  4. Antecedentes de hecho

    4.1. Uno de los demandantes, D. Esteban Orlando Aller Coppen, es titular de los registros de marca nº 2167928 DIVATTO, en clase 39, con prioridad de 11 de junio de 1998 y nº 2533824 DIVATTO, en clase 35, con prioridad de 1 de abril de 2003, así como del registro de rótulo de establecimiento nº 261883 DIVATTO, con prioridad de 11 de junio de 1998. La existencia de dichos derechos y su titularidad han quedado debidamente acreditadas a través de los anexos 3, 4 y 5 del escrito de demanda.

    4.2. El demandado, D. Oscar Pastur Rodríguez, es persona física de nacionalidad española.

    4.3. Son también, a juicio de este Panel, dignos de tener en cuenta los hechos que a continuación se relacionan:

    - Que la firma CHESTER?S PRESTIGE...

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