Estatuto del Periodista Profesional: protección laboral para un periodismo de calidad.

AuthorJosé Mª García de Madariaga - Miriam Meda
Pages71-82

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Estatuto del Periodista Profesional: protección laboral para un periodismo de calidad

José Mª García de Madariaga Miriam Meda

El análisis de los condicionantes del trabajo periodístico –formación, establecimiento de valores y rutinas de trabajo, mecanismos de acceso al oficio, etc– hace difícil considerarlo como una profesión consolidada (Ortega y Humanes, 2000; García de Cortázar y García de León, 2000, García de Madariaga, 2004). Durante décadas el periodista y su equipo de trabajo pasaron por constituir una profesión impulsada por el desarrollo industrial de la empresa periodística y el asentamiento de la comunicación de masas, que hacía de su principal agente una figura exclusiva y excluyente frente a la sociedad a la que servía.

El periodista surgido de la revolución industrial hacía gala de sus atributos profesionales, encabezados por la objetividad informativa y la vigilancia del poder, en virtud de la diversidad del panorama informativo propio de las democracias. La ausencia de normas claras que rigieran el funcionamiento de su actividad no suponía ningún problema para que ésta se percibiera como una profesión liberal. Sin embargo, su endeblez normativa no pudo evitar que este barniz pseudoprofesional se empezara a disolver como un azucarillo ante los primeros embates de la globalización. La desregulación de los mercados y la creciente concentración empresarial han ido debilitando el sostén de la profesionalidad del periodista: tanto la objetividad como la vigilancia del poder de los medios de comunicación pierden valor en un escenario cada vez más sometido a los dictados de la racionalidad comercial y que convierte a las redacciones en cadenas de montaje, y a la mayoría de los informadores en meros difusores de contenidos –confeccionados cada vez más desde fuera de las redacciones– que “copian”, “pegan” y apenas retocan (Canel y SánchezAranda, 1999; Ramonet, 2000).

El deterioro degenerativo de la actividad periodística se ve acompañado, no por casualidad, de una constante reducción en su cotización en el mercado laboral. La galopante precarización del trabajo periodístico está alcanzando unas cotas que aquellos que un día se llamaron “periodistas de raza” no podían ni siquiera imaginar. Basta con echar un vistazo a las ofertas de trabajo16, con la que el comunicador ni

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siquiera puede soñar con ser “mileurista”, al que le piden que sea capaz de realizar todo el proceso por el que pasa la noticia, que tenga conocimientos informáticos, idiomas y total disponibilidad para la empresa.

Para los estudiantes de periodismo el panorama es aún peor. La inexperiencia y el primer empleo, lo que antes servía para avanzar, para ir aprendiendo de la “vieja escuela” desde los escalones más bajos de la redacción, es ahora un argumento por parte de las empresas para ofrecer sus prácticas o becas de trabajo. Este tipo de contratación debería ser, en principio, una herramienta para que el estudiante aprendiera al lado de otro periodista los mecanismos de la profesión. Sin embargo, las prácticas y becas son utilizadas como contratos de verano por parte de las empresas para sustituir a los periodistas que se van de vacaciones o, simplemente para cubrir puestos de trabajo pagando una remuneración menor. El ahorro para la empresa es considerable si se tiene en cuenta que estos becarios tienen casi la misma productividad y las mismas responsabilidades que un periodista. Durante tres, seis o nueve meses, los estudiantes tienen la posibilidad de estar en un medio por el módico sueldo de 300 euros. E incluso renuevan en las mismas condiciones si se les ofrece la posibilidad. Dicha cantidad se ha convertido en un estándar no pactado formalmente, pero que se encuentra en el inconsciente colectivo empresarial de la comunicación.

Este tipo de abusos en la profesión periodística se sostiene, entre otros factores, en el hecho de que el comunicador no tiene leyes laborales propias que le protejan. Hace ya 7 años que el Foro de Organizaciones de Periodistas redactó y aprobó el Estatuto del Periodista Profesional, un compromiso electoral del actual gobierno socialista que lleva ya tres años de legislatura en espera de ser debatido y aprobado en el Congreso de los diputados (la proposición de ley fue presentada por Izquierda Unida y publicada en el Boletín Oficial de las Cortes el 23 de abril de 200417).

Fue en la Convención de Valladolid de 2000, en la que participaron los sindicatos de periodistas –coordinados por la Federación de Sindicatos de Periodistas (FeSP), formada y por siete organizaciones autonómicas18-, las agrupaciones de comunicación de los sindicatos de clase (UGT y CC.OO.) y, aunque parece mentira al recordarlo hoy, también la Federación de Asociaciones de la Prensa de España (FAPE). Esta última organización, desde el acceso de Fernando González Urbaneja a su presidencia, se ha

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convertido en la principal detractora de los planteamientos del Estatuto y en indudable catalizadora de los intereses empresariales que presionan en contra de su promulgación.

En la punta del ariete de los que se oponen al Estatuto, encontramos la defensa de la libertad de expresión. Para defenderla, podemos encontrar argumentos como: “Un estatuto no sirve para mejorar el periodismo, sólo es mejorable desde la exigencia personal y profesional de cada uno, y cada uno según su responsabilidad: de reportero, jefe, director o editor. El periodismo y la democracia necesitan mejores periodistas y mejores editores. No necesitan más control político”19. Pero esta afirmación que apela a la responsabilidad individual actualmente se corresponde poco con la realidad profesional y con sus profesionales. Para que fuera cierto, habría que confiar en aquello que decía Rousseau sobre que “el hombre (y por extensión el periodista) es bueno por naturaleza”. Siendo mucho más realistas, se podría concretar un poco más la frase, como hizo John Locke, y afirmar que el hombre es bueno por naturaleza, pero hay una minoría que no es tan buena. Por ello, el ser humano a veces necesita llegar a acuerdos colectivos vinculantes que impida a los que pueden no ser tan buenos cometer abusos laborales en un ámbito profesional de tanta trascendencia pública.

Una vez más, vuelve a confundirse premeditadamente la libertad de prensa con la de empresa: tal rechazo sólo puede explicarse con la lógica del poder, pues el estatuto no es más que un dispositivo legal para la defensa laboral y profesional de los periodistas frente a las empresas para las que trabajan. Se trata de un instrumento jurídico básico para defender, precisamente, la libertad de expresión, que ya está presente desde hace años en algunos países europeos y americanos.

En la Unión Europea encontramos los estatutos de Italia20 (aprobado en el año 1963) y Portugal21 (aprobado en 1999). En Latinoamérica encontramos el Estatuto de Argentina22 (desde su nacimiento, en 1946, ha sobrevivido –gracias a la lucha del gremio de prensa y la sociedad en su conjunto– a no pocos intentos de derogación impulsados principalmente durante la década de los noventa por el gobierno nacional de entonces), el de Bolivia23 (aprobado en 1984) y el proyecto de ley del estatuto chileno24 (el Colegio de Periodistas de Chile ha avanzado significativamente en su elaboración, pero aún le quedan instancias legales que saldar para que se concrete en ley).

Hay que destacar la enorme protección que da el estatuto argentino a sus periodistas, que especifica de forma asombrosa numerosos aspectos de la profesión: cuáles no

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pueden ser causas de despido (ideología, afiliación a sindicatos, ejercicio de la libre expresión…), los horarios (no pueden exceder de treinta y seis horas semanales, y cuando por causas de fuerza mayor deba ampliarse, en ningún caso excederá de las veinte horas, y se compensará con descansos en esa misma semana o se pagarán con recargo del cien por cien), condiciones de la ruptura del contrato de trabajo (incluso indemnizaciones), accidentes de trabajo y enfermedades profesionales (regula hasta el caso de la muerte del periodista, para indemnizar a su cónyuge, ascendientes y descendientes), el régimen de sueldos (estableciendo los mínimos que no se pueden bajar, e incluso dando una remuneración adicional por hijo en el caso de no alcanzar los quinientos pesos mensuales). Un admirable avance social en la profesión que merecería un capítulo aparte.

El Carné de periodista: ¿control administrativo necesario?

Lastrado por las resistencias de sus detractores y del propio gobierno, a menos de un año de finalizar la presente legislatura, todavía no se ha activado el debate parlamentario para la promulgación de nuestro Estatuto con rango de ley, una norma que vendría a regular la situación profesional y laboral de los distintos tipos de periodista. Una de las categorías más desprotegidas son los “periodistas a la pieza”, esto es, aquellos que sin tener relación contractual con los medios para los que trabajan, mantienen un vínculo continuado mediante el encargo de la elaboración de material informativo. Este tipo de colaboradores se distingue de los freelances en cuanto a que éstos obtienen y elaboran información de actualidad por iniciativa propia, ofreciendo el producto resultante para su difusión a una o varias empresas.

El presidente de la FAPE, Fernando González Urbaneja, considera que los conceptos de “periodista a la pieza” y “por...

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