Escrito de amicus curiae ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos San José, Costa Rica caso 12.688 Nadege Dorzema y Otros ('Masacre de Guayubín') vs. República Dominicana

Pages110-187
ESCRITO DE AMICUS CURIAE ANTE LA CORTE
INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS
SAN JOSÉ, COSTA RICA
CASO 12.688 NADEGE DORZEMA Y OTROS (“MASACRE DE
GUAYUBÍN”) VS REPÚBLICA DOMINICANA
PRESENTADO POR
CONSEJO LATINOAMERICANO DE ESTUDIOSOS DE
DERECHO INTERNACIONAL Y COMPARADO, CAPÍTULO
REPÚBLICA DOMINICANA, (COLADIC-RD),
REPRESENTADA POR SU PRESIDENTE, LIC. BORIS DE
LEÓN
Coordinación: Lic. Paola C. Pelletier Quiñones (dic. 2011- marzo 2012), y
Lic. Ansel Patr icia Sierra Fer reira (abril-julio 2012)
Colabora ción y Redacción:
Estudiantes de Derecho de la República Dominicana: Francisco José Batlle
Pérez, Enmanuel Adolfo Moreta Fermín, Mariel Ortega de los Santos, Raimy
Ivonne Reyes Reyes, Fer nando Roedán Her nández. Licenciados Joey Núñez,
Ansel P. Sierr a Ferreira y Pa ola Pelletier Quiñones (dic 2011-marzo 2012).
Recibido en la Corte IDH el viernes 13 de julio de 2012*
* La Licda. Paola Pelletier Quiñones es docente universitaria en la República Dominicana de las
asignaturas Derechos Humanos, Derecho Internacional Privado, Derecho Comparado y Anteproyecto
de Tesis.
140 Hors-série (novembre 2013) Revue québécoise de droit interna tional
JUSTIFICACIÓN DEL PRESENTE ESCRITO DE AMICUS CURIAE EN
INTERÉS JURÍDICO INTERNACIONAL EN CUANTO A: I. PERSONALID AD
JURÍDICA, II. DEBIDO PROCESO EN MAT ERIA DE MIGRACIÓN Y III.
DISCRIMINACIÓN ESTRUCTURAL A LOS HAITIANOS Y DOMINICANOS DE
ORIGEN HAITIANO EN REPÚBLICA DOMINICANA
Los Intervinientes en Amicus Curiae tienen interés en aportar en el caso de
referencia y colaborar con el desarrollo jurisprudencial de esta Honorable Corte IDH
en torno a tres problemáticas jurídicas actuales, enfrentadas no solo en la República
Dominicana, sino también en todos los países de la región en el contexto de las
Migraciones: Persona lidad Jurídica , Debido Proceso en Materia de Migra ción y
Discriminación Estr uctural.
Justamente, muchos de los casos relacionados a México y Estados Unidos,
así como relacionados a la República Dominicana y Haití, se presentan en el Sistema
Interamericano de Derechos Hu manos en el contexto d e las Migraciones. En este
sentido, los amici curia e aprovechan la oportunidad derivada d e los hechos del caso
de referencia para plantear que las violaciones a la Personalidad Jurídica y Debido
Proceso en materia de Migración se presentan en la República Dominicana den tro de
un contexto de discr iminación estructur al hacia un mismo gr upo étn ico y racia l:
haitian os y dominicanos de origen ha itiano en la República Dominicana.
Los a mici curia e invocan la jurisprudencia d e la Corte IDH sobre el
“principio de interpretación evolutiva” de la Convención America na de Derechos
Humanos (Convención) y tratados internacionales en Derechos Humanos contenido
en el artículo 29.b de la Convención, dado a que “son instrumentos vivos cuya
interpretación tiene que adec uarse a la evolución de los tiempos y, en p articular, a las
condiciones de vida actuales”1. En tal virtud, los hechos del presente caso representa n
una oportunidad para que este Honorable Tribunal se pronuncie sobre asu ntos de
interés público internacional, tales como:
1. La problemática de la personalidad jurídica. En c uanto a la marcada
política pública estatal de negar e ignorar los documentos de identidad de migrantes
de nacionalidad haitiana y a los dominicanos de origen haitiano, principalmente
cuando las per sonas carecen de documentos de identida d, y por tanto de un nombre y
una na cionalidad, y cómo esta situación les afecta en la s migra ciones y
deporta ciones.
2. Enumerar, identificar y fijar el alcance de cuáles son exactamente las
pauta s par a un debido proceso en materia de Migración. Lo anterior, tomando en
1 Caso de los “Niños de la Calle” (Villagrán Morales y otros) vs Guatemala, « Fondo », (1999), Corte
IDH (S er C) No 63, pág 49, en línea : Corte IDH
casos/articulos/seriec_63_esp.pdf> [Niños de la Calle]; Caso de la Comunidad Mayagna (Sumo) Awas
Tingni vs Nicaragua , (2001), Corte IDH (Ser C) No 79, pág 78, en línea : Corte IDH
; véase también Opinión
Consultiva OC-16/99 sobre El Der echo a la Información sobr e la Asistencia Consular en el Mar co de
las Garantías del Debido Proceso Legal (1999), Corte IDH (Ser A) No 16, pág 67, en línea : Corte
IDH >.
Amicus curiae - COLADIC-RC 141
consideración no solo los principios generales de un debido proceso y tutela judicial
efectiva contenido s en la Convención, sino también la identificación de criterios de
debido proceso en situa ciones propias del contexto Migratorio .
3. Establecer un estándar en la aplicación 1.1 y 24 de la Convención sobre
discriminación estructural, esta vez, en el contexto de grupos étnicos haitianos y sus
descendientes en la República Dominicana, independientemente de su estatus
jurídico.
Precisamente, el interés del presente Amicus Cur iae se centra desde el punto
de vista del impacto jurídico, político e internacional que tiene la Jurisprudencia de
este Honorable Tribunal I nternacional, la cual forma parte del derecho interno,
mayormente con carácter constitucional, de los países que han ratificado la
Convención y la jurisdicción contenciosa de la Corte IDH.
Es decir, que Nadege Dorzema y Otros (“Masacre de Guayubín”) respecto
de República Dominicana (en lo adelante “Masa cre de Guayubín” o por su propio
nombre) representa un caso de litigio estratégico internacional, en el cual esta
Honorable Corte tiene la oportunidad de pro nunciarse sobre los temas indicados, que
son de interés internacional y con implicaciones jurídicas, so ciales, políticas y
económicas para la República Dominicana.
Presentamos este memorial de Amicus Curiae justamente procedente del país
demandado en el presente proceso, como testigos de que las mismas situaciones
descritas en el caso de referencia continúan configurándose en la actualidad, a más de
10 años de que ocurrieran los hechos en dicho caso.
Además, la presente intervención tiene como objeto reflejar que los
Intervinientes en Amicus Curiae r epresentan una nueva genera ción joven de la
República Dominicana , todos nacionales dominicanos, quienes no son ajenos a las
violaciones de Der echos Human os que se viven en el país. De esta manera, buscamos
poner un granito de arena para cambiar las cosas en nuestro país, motivar a otros a
que par ticipen en el Sistema Inter americano de Derecho s Humanos, en el litig io local
e interna cional en la mater ia, y forjen una pr áctica pro fesional en mater ia de
Derechos Humanos que en la República Dominican a se encuentra en ciernes .
Finalmente, el presente escrito se divide en cuatro partes. En la primera parte
(I), los Amici Cur iae se refieren a la Personalidad Jurídica, identificando los
estándares internacionales en el tema conforme al desarrollo jurisprudencial de la
Corte IDH; aplicando luego d ichos estándares a la situación en República
Dominicana. Posterior mente, en la segunda parte (II), se expondrá el está ndar
internacional en cuanto al debido proceso en materia de migración; presentando
consecutivamente dicho estándar internacional en el sistema jurídico de la República
Dominicana.
Luego, en la tercera p arte (III), se demostrará cómo el concepto de
discriminación estr uctural desarrollado por la j urisprudencia de la Corte IDH aplica
en el presente caso. En la p arte final (IV), los Amici Cur iae presentarán sus
recomendaciones y conclusiones solicitando a esta Honorable Corte IDH un nuevo

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