MEMORANDO DE ENTENDIMIENTO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA Y EL GOBIERNO DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA SOBRE LA CONDICION LEGAL DE LOS MIEMBROS DE LAS FUERZAS ARMADAS DE LOS ESTADOS UNIDOS TEMPORALMENTE PRESENTES EN TERRITORIO COLOMBIANO

Coming into Force29 October 1993
NotesLos Fines de Este Acuerdo se Enmarcan Dentro de Los Objetivos Previstos por el Acuerdo de Asistencia Para la Defensa Mutua Firmado el 17 de Abril de 1952.
Link to Original Sourcehttp://apw.cancilleria.gov.co/tratados/SitePages/VerTratados.aspx?IDT=c15cffc2-3d9d-48ec-b32f-0a84fd642cd6
Subject MatterTerrorismo internacional,Seguridad
ParticipantsEstados Unidos de America
MEl\10RANDO
DE
ENTENDIMIENTO
ENTRE
EL GOBIERNO
DE
LA
REPUBLICA
DE
COLOMBIA
y
EL
GOBIERNO
DE
LOS
ESTADOS
UNIDOS
DE
AMERICA
El
Gobierno
de
la
Republica
de
Colombia
y
el
Gobierno
de
los
Estados
Unidos
de
America,
protegidos
por
el
Acuerdo
de
Asistencia
para
la
Defensa
Mutua
firmado
el
17
de
abril
de
1952,
y
en
cumplimiento
de
este
Acuerdo,
han
convenido
lo
siguiente
en
relaci6n
con
el
"status"
(condici6n
legal)
de
los
miembros
de
las
Fuerzas
Armadas
(Servicios)
del
Gobierno
de
los
Estados
Unidos
{United
States
Government
-USG)
temporalmente
presentes
en
Colombia
en
conexi6n
con
las
funciones
oficiales
que
desempenen
durante
el
ejercicio
de
ingenieria
Fuertes
Caminos
1994
-
Sur
entre
el
15
de
diciembre
de
1993
y
el
28
de
febrero
de
1994.
ARTICULO I
DEFINICIONES
Como
se
utiliza
en
este
Acuerdo,
"Personal
de
los
Estados
Unidbs"
significa
el
personal
militar
y
civil
de
las
Fuerzas
Armadas
de
los
Estados
Unidos
temporalmente
presente
en
Colombia.
ARTICULO
II
RESPETO
POR
LA
LEY
El
Personal
de
los
Estados
Unidos
tiene
el
deber
de
respetar
las
leyes
de
Colombia
y
abstenerse
de
realizar
cualquier
actividad
en
contra
del
espiritu
de
este
Acuerdo.
ARTICULO
III
ENTRADA
Y SALIDA
El
Personal
de
los
Estados
Unidos
puede
entrar
y
salir
de
Colombia
portando
identificaci6n
del
Gobierno
de
los
Estados
Unidos
y
portando
6rdenes
de
viaje
colectivas
o
individuales.
No
se
necesitaran
pasaportes
ni
visas.
ARTICULO
IV
USO
DE
UNIFORMES
Los
miembros
del
Personal
de
los
Estados
Unidos
pueden
usar
sus
uniform~s
mientras
esten
desempefiando
funciones
oficiales
en
Colombia.

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