ENMIENDAS DE 2002 AL ANEXO DEL CONVENIO INTERNACIONAL PARA LA SEGURIDAD DE LA VIDA HUMANA EN EL MAR 1974

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Link to Original Sourcehttp://apw.cancilleria.gov.co/tratados/SitePages/VerTratados.aspx?IDT=e38457af-d8cd-484d-b760-1483f04d3763
Subject MatterDerecho marítimo
f
2002
AMENDMENTS
TO
THE
ANNEX
TO
THE
INTERNATIONAL CONVENTION
FOR
THE
SAFETY
OF
LIFE
AT
SEA
.
1974
(Resolution 1
of
the Conference
of
Contracting Governments
to
the
International Convention for the Safety
of
Life at
Sea,
1974)
AMENDEMENTS
DE
2002
A L'ANNEXE A LA CONVENTION INTERNATIONALE
DE
1974
POUR
LA SAUVEGARDE
DE
LA
VIE
HUMAINE
EN
MER
(Resolution 1 de
Ia
Conference des Gouvernements contractants
a
Ia
Convention internationale de 1
974
pour
Ia
sauvegarde de
Ia
vie humaine en mer)
ENMIENDAS
DE
2002
AL ANEXO
DEL
CONVENIO INTERNACIONAL
PARA LA SEGURIDAD
DE
LA VIDA
HUMANA
EN
EL
MAR.
1974
(Resoluci6n 1 de
Ia
Conferencia de los Gobiernos Contratantes
del Convenio internacional para
Ia
seguridad
de
Ia
vida humana en el mar.
1974)
RESOLUCI6N
1 DE
LA
CONFERENCIA
DE
LOS
GOBIERNOS CONTRATANTES
DEL CONVENIO INTERNACIONAL
PARA
LA
SEGURIDAD
DE
LA
VIDA HUMANA
EN
EL
MAR, 1974
(Adoptada
elll
de diciembre de 2002)
ENMIENDAS
AL
ANEXO
DEL
CONVENIO INTERNACIONAL PARA
LA SEGURIDAD DE
LA
VIDA HUMANA
EN
EL
MAR,
1974
LA CONFERENCIA,
TENIENDO EN CUENTA los objetivos y principios de
Ia
Carta de las Na•:iones Unidas
relativos al mantenimiento de Ia paz y la protecci6n internacional, asi como la Jlromoci6n de
laciones amistosas y de cooperaci6n entre los Estados,
PROFUNDAMENTE PREOCUPADA por la escalada mundial
de
actos de terrorismo en
todas sus formas, que ponen en peligro o se cobran vidas humanas inocentes, hacen peligrar las
libertades fundamentales y perjudican gravemente la dignidad de los seres humanos,
CONSCIENTE de
Ia
importancia y
el
significado del transporte maritimo para
el
comercio y
Ia
economia mundiales,
y,
por consiguiente, determinada a salvaguardar
Ia
cadena del
suministro mundial de las interrupciones causadas por ataques terroristas contra los buques,
puertos, terminales mar adentro y otras instalaciones,
CONSIDERANDO que los actos ilicitos contra el transporte maritimo ponen en peligro
Ia
seguridad y la protecci6n de las personas y los bienes, afectan gravemente al funcionamiento de
los servicios maritimos y socavan
Ia
confianza de la poblaci6n mundial en la seguridad de Ia
navegaci6n maritima,
CONSIDERANDO que
Ia
comisi6n de tales actos constituye una grave preocupaci6n
para la comunidad intemacional en su conjunto, en tanto que reconoce
Ja
importancia de que
el
comercio mundial se realice de un modo econ6mico y eficiente,
CONVENCIDA de
Ia
urgente necesidad de desarrollar la colaboraci6n internacional entre
s Estados para que se elaboren y se adopten medidas pnkticas eficaces, ademiis
de
las que ya
11a
adoptado
Ia
Organizaci6n Maritima Intemacional (en adelante
"Ia
Organizaci6n"), para
prevenir y reprimir los actos ilicitos dirigidos contra
el
transporte maritimo en su mas amplia
acepci6n,
RECORDANDO
Ia
resoluci6n 1373 (2001) del Consejo
de
Seguridad de las Naciones
Unidas, adoptada
el
28
de septiembre de 2001, en
Ia
que se pide a los Estados que adopten
medidas para prevcnir y reprimir los actos de terrorismo, incluida
Ia
exhortaci6n a los Estados
para que implanten plenamente los convenios antiterroristas,
TOMANDO NOT A de
Ia
Acci6n Cooperativa G8 sobre
Ia
Protecci6n del Transporte (en
particular, su secci6n sobre seguridad maritima, refrendada por los lideres del Grupo
de
los Ocho
(G8) durante
Ja
cumbre celebrada en Kananaskis, Alberta (Canada), enjunio de 2002,

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