RESOLUCION MEPC.90(45) - ENMIENDAS AL C6DIGO INTERNACIONAL PARA LA CONSTRUCCI6N Y EL EQUIPO DE BUQUES QUE TRANSPORTEN PRODUCTOS QuiMICOS PELIGROSOS A GRANEL (C6DIGO CIQ)

Document typeConvenio
CategoryMultilateral
SubjectMedio ambiente, ecología, cambio climático
RESOLUCI6N
MEPC.90(45)
aprobada
el5
de
octubre
de
2000
ENMIENDAS
AL
C6DIGO
INTERNACIONAL PARA LA
CONSTRUCCI6N
Y
EL
EQUIPO
DE BUQUES QUE TRANSPORTEN PRODUCTOS
QuiMICOS
PELIGROSOS A GRANEL
(C6DIGO
CIQ)
::L COMITE
DE
PROTECCI6N
DEL MEDIO MARINO,
RECORDANDO el articulo 38 a) del Convenio constitutive de Ia Organizaci6n Maritima
fntemacional, articulo que trata. de las funciones que confieren
al
Comite los convenios
internacionales relativos
ala
prevenci6n y contenci6n de Ia contaminaci6n del mar,
RECORDANDO T AMBIEN
Ia
resoluci6n MEPC.l9(22), mediante la que adopt6
el
C6digo intemacional para la construcci6n y
el
equipo de buques que transporten productos
qufmicos peligrosos a granel (c6digo CIQ),
TOMANDO
NOTA
del articulo 16 del Convenio intemacional para prevenir
Ia
contaminaci6n
por
los buques, 1973 (en adelante denominado "Convenio de 1973") y del
articulo VI del Protocolo
de
1978 relative
al
Convenio intemacional para prevenir
Ia
contaminaci6n
por
los buques, 1973 (en adelante denominado "Protocolo de 1978"), en los que,
conjuntamente, se especifica el procedimiento de enmienda del Protocolo de 1978 y
se
confiere
al 6rgano competente
de
Ia
Organizaci6n la funci6n
de
examinar y aprobar las enmiendas
al
Convenio de 1973, modificado por el Protocolo de 1978 (MARPOL 73178),
TOMANDO
NOT
A T
AMBIEN
de que el Comite de Seguridad Maritima, en
su
72°
periodo de sesiones, cxamin6 y aprob6
Ia
propuesta de enmiendas al c6digo CIQ con
miras a su adopci6n en virtud de lo dispuesto en
el
Convenio intemacional para Ia seguridad de la
vida humana en
el
mar, 1974 (Convenio SOLAS 1974),
CONSIDERANDO que es
muy
conveniente que las dispoaiciones del cOdigo CIQ que
son obligatorias tanto
en
virtud del MARPOL
73178
como
del Convenio SOLAS 1974 sigan
siendo identicas a los efectos de ambos convenios,
HABIENDO EXAMIN'ADO
las
propuestas de enmiendas al c6digo CIQ, distribuidas de
confonnidad con lo dispuesto en el articulo 16 2) a) del Convenio
de
1973,
1.
ADOPT
A.
de conformidad con lo dispucsto en el articulo 16 2) d) del Convenio de 1973,
las cnmiendas al c6digo
CIQ
cuyo tcxto figura en
el
anexo de Ia presente rcsoluci6n;
2. DECIDE,
de
confonnidad con lo dispueato en
e1
articulo 16
2)0i~
del Convenio
de
I 973, que las enmicndas
~~de_~--~1~
cl 1
de
encro.
de 2002,.::'salvo que, con
anterioridad a esa fccha, un tercio cuando menos de las Panes, o
las
Partes
cuyas
flotu
merclntes
combinadas rcprcsentcn como mfnimo el
500/e
del tonclaje bruto de
Ia
flota mercantc mundial,
notifiqucn a
Ia
Organizaci6n que
~J-~.!!~~;

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT