DROMGOOLE, S., Underwater Cultural Heritage and International Law, Cambridge, Cambridge Studies in International and Comparative Law, Cambridge University Press, 2013, 400 páginas

AuthorAnna Buchardó Parra
Pages1-5
www.reei.org
DOI: 10.17103/reei.28.27
DROMGOOLE, S., Underwater Cultural Heritage and International Law,
Cambridge, Cambridge Studies in International and Comparative Law,
Cambridge University Press, 2013, 400 páginas.
La obra objeto de recensión concede al lector la posibilidad de leer un libro francamente
estimulante, repleto de senderos todavía por explorar en el camino hacia la mejora en la
protección del patrimonio cultural subacuático. Sarah Dromgoole, profesora de Derecho
marítimo en la Universidad de Nottingham, ha alcanzado el objetivo de convertir su
composición en una obra práctica que posee sentido tanto para aquellos pertenecientes
al “legal world”, como para los que no lo son.
Puede afirmarse que el patrimonio cultural subacuático ha sido el gran olvidado hasta
fecha reciente; y ello porque, tal y como recuerda Dromgoole, hasta 1950 el medio
marino lo protegía, lo hacía inaccesible e invisible al devenir de la sociedad en general.
La revolución tecnológica y el incremento exponencial en el uso del mar y sus recursos
han dejado estas “capsulas del tiempo” a merced de múltiples amenazas y por tanto
necesitadas de una protección adecuada.
Consecuentemente la autora —tal y como concreta en la introducción general del
libro—, busca realizar un análisis en profundidad, a la luz de la normativa internacional,
de los retos más importantes que los negociadores de la Convención de la UNESCO de
2001 para la protección del patrimonio cultural subacuático encontraron en su
negociación. Temas tan trascendentes como los derechos de propiedad, la inmunidad
soberana de los buques de guerra hundidos, la aplicación de la ley de salvamento, la
ética en la explotación comercial y la jurisdicción para regular actividades desarrolladas
más allá de los límites del mar territorial debían ser, pues, analizados en la obra.
Estas cuestiones son analizadas por capítulos en la segunda parte del libro, ofreciendo
un estudio crítico de su regulación (o la ausencia de la misma) con anterioridad a la
Convención de 2001, cómo están regulados o no en esta última y aquello que queda por
hacer.
En primer lugar, tratará la definición del patrimonio cultural subacuático, lógicamente
porque una definición precisa conllevará mayor seguridad jurídica y conferirá eficacia
al régimen establecido. Para el caso que nos ocupa, la autora refiere que dicho
patrimonio es y ha sido un concepto en constante evolución que buscando un consenso
que no acaba de llegar y, como consecuencia, no es tan preciso como debería. La
Convención de 2001 adopta un doble criterio: uno objetivo basado en 100 años de estar
sumergido y otro más subjetivo basado en su carácter cultural o arqueológico, cuestión
a decidir por los especialistas en la materia. Sin embargo, esta definición, como destaca
Dromgoole, tiene por efecto dejar fuera del paraguas de protección una parte importante
del patrimonio cultural subacuático valioso que no reúne los requisitos elegidos como
necesarios.

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