Le droit musulman de la famille et des successions à l’épreuve des ordres jurisdiques occidentaux

AuthorM.a Pilar Diago
Pages295-298

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AA.VV.: (Aldeeb S., y Bonomi, A.). ed. Le droit musulman de la famille et des successions à l'épreuve des ordres juridiques occidentaux. Etude de droit comparé sur les aspects de droit international privé liés à l'inmigration des musulmans en Allemagne, en Angleterre, en France, en Espagne, en Italie et en Suisse, Zürich, 1999, 353 páginas

Cada vez son más frecuentes las obras colectivas, en las que intervienen diferentes juristas en el análisis de una misma problemática. Las dificultades derivadas de la convivencia con culturas no occidentales y en especial, con la cultura jurídica islámica, constituyen un marco idóneo para el desarrollo de este tipo de trabajos. En un momento en que la inmigración proveniente de países islámicos es un fenómeno imparable, se muestra como una necesidad el estudio del choque jurídico que supone vivir el Islam en occidente. El sistema jurídico occidental se enfrenta a través de las normas de Derecho Internacional Privado, a instituciones a veces, desconocidas de Derecho islámico, a figuras de contorno difuso de difícil calificación, y a una normativa inspirada en principios notablemente diferentes, a los que subyacen en los sistemas jurídicos de nuestro ámbito cultural. El objetivo de la obra es precisamente, el examen de las cuestiones que derivan del Derecho de las personas, familia y sucesiones, en cuanto que intervienen nacionales de países islámicos, campo abonado para el planteamiento del llamado conflicto de civilizaciones.

A la consecución de este objetivo, se dirige el estudio de Derecho Comparado, de las respuestas que los ordenamientos jurídicos de países de recepción de emigrantes, dan a las cuestiones de Derecho Internacional Privado. Alexandra Gerber, Rita Lenz y Gregor Schneider se encargan del análisis del Derecho alemán, Alberto Aronovitz del español, Andrea Bonomi del italiano, Béatrice Métraux, Anne-Sophie Rieben Shizas y Olivier Dubois del francés y del estudio de Reino Unido Martin Sychold. Junto a este examen, destaca muy especialmente la inclusión de un breve, pero muy clarificador, estudio de las diferentes legislaciones de países de Derecho musulmán que se debe a Sami Aldeeb (autor que también, examina el Derecho Suizo). Los diferentes temas abordados, se estructuran en torno a un esquema que básicamente, se repite para cada uno. Primero se exponen las características del Derecho material musulmán, para analizar después la disparidad de aquellas con el derecho material de los países concertados y pasar por último, al análisis del Derecho Internacional Privado y a la aplicación del Derecho musulmán.

La primera parte del trabajo se dedica a la celebración del matrimonio. Las características del matrimonio musulmán, que exige tan sólo la presencia de un tutor matrimonial y de dos testigos para su celebración, puede plantear problemas cuando se pretende celebrar en los países examinados. Así por ejemplo, el Derecho francés, alemán y suizo establece que la celebración del matrimonio se debe de regir por la ley del lugar de celebración y su derecho matrimonial consagra

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la forma civil, lo que provoca que en principio, matrimonios celebrados en la forma musulmana no tengan ningún efecto, máxime cuando uno de los cónyuges tiene la nacionalidad de uno de...

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