Acuerdo sobre la distribución de todos los bienes de la antigua Unión Soviética en el extranjero, de 6 de julio de 1992

AuthorTatsiana Ushakova
ProfessionProfesora Colaboradora de Derecho Internacional Público y Relaciones Internacionales de la Universidad de Alcalá
Pages209-213

Page 209

Los Estados partes en el presente Acuerdo,497 llamados a continuación “las Partes”,

Reconociendo que la extinción de la Unión Soviética como sujeto de Derecho internacional impone la necesidad de solucionar lo antes posible el conjunto de cuestiones relacionadas con el patrimonio de la antigua Unión Soviética en el extranjero, entre los Estados sucesores en la persona de la República de Azerbaiyán, la República de Armenia, la República de Belarús, la República de Kazajstán, la República de Kirguizistán, la República de Moldova, la Federación Rusa, la República de Tayikistán, el Turkmenistán, la República de Uzbekistán y Ucrania.

Confirmando el derecho de cada una de las Partes a la posesión, disfrute y disposición de una cuota correspondiente, fijada equitativamente, en el patrimonio de la antigua Unión Soviética en el extranjero, respetando los derechos e intereses de las otras Partes, así como las leyes de los Estados en cuyo territorio se encuentran estos bienes.

Aspirando a crear las condiciones adecuadas para la realización de las exigencias prácticas de la política exterior de las Partes.

Subrayando la importancia exclusiva del respeto de las condiciones arriba mencionadas para el cumplimiento garantizado por las Partes de las obligaciones internacionales derivadas para ellas de los tratados y acuerdos de la antigua Unión Soviética, como fue establecido en el Acuerdo sobre la sucesión en materia de deuda externa y activos de la antigua Unión Soviética, de 4 de diciembrePage 210 de 1991, y en desarrollo del Acuerdo de los Jefes de Estados miembros de la Comunidad de Estados Independientes, sobre los bienes de la antigua Unión Soviética en el extranjero, de 30 de diciembre de 1991.

Han convenido en lo siguiente:

Artículo 1

Forman el objeto del presente Acuerdo: los bienes muebles e inmuebles de la antigua Unión Soviética más allá de los límites de su territorio, las inversiones situadas en el extranjero, que se encontrasen, en la fecha de la sucesión, en posesión, disfrute y disposición de la antigua Unión Soviética, de sus órganos estatales o de otras estructuras públicas que se hallasen bajo su jurisdicción o control.

Los bienes mencionados son objeto de una división y pasan a las Partes, de conformidad con la tabla de cuotas fijadas en los activos de la antigua...

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT