La biojurídica en Colombia

AuthorHernán Alejandro Olano García
ProfessionProfesor de Derecho constitucional. Universidad de La Sabana (Colombia)
Pages219-226
La biojurídica en Colombia
Hernán Alejandro OLANO GARCÍA385
La bastísima producción jurisprudencial de la Corte Constitucional desde el 17 de
febrero de 1992, fecha de su instalación oficial, prácticamente desborda los límites de
estudio normal sobre un tema concreto y mucho más en relación con el derecho a la
salud, que toca todos los aspectos de la bioética y de su relación con la acción de tutela,
en lo que se denomina la biojurídica.
Tomando como base algunas consideraciones efectuadas por la doctora Ilva
MYRIAM HOYOS y por los profesores Tomás MELENDO, Urbano FERRER, Jorge
ARREGUI, Robert SPAEMANN y José Luis DEL BARCO, hemos efectuado este escrito para
los alumnos de la Facultad de Medicina de la Universidad de La Sabana.
La investigación con seres humanos, los transplantes de órganos, la manipulación
del código genético, la fecundación asistida, la prolongación artificial de la vida y otras
posibilidades de la técnica, han suscitado problemas jurídicos desconocidos hasta ahora
o tratados con la simpleza de lo artificial o superfluo. La necesidad de explicarlos
adecuadamente y resolverlos de una forma adecuada hizo surgir la Bioética, centrada
según Leonardo Polo386, en el “estudio de los problemas éticos que plantea el
desarrollo de las diferentes ciencias y tecnologías que pueden aplicarse –y por tanto
influir o modificar- a la vida humana”.
Precisamente José Luis DEL BARCO, ha querido establecer que la Bioética no es una
moral a la altura de los tiempos, ni sus valores son descubrimientos recientes llamados a
sustituir los viejos principios por otros nuevos capaces de orientar en la complejidad del
presente. “La bioética es sencillamente ética, sabiduría práctica sobre el modo de
evitar que la vida humana se malogre. Lo realmente nuevo son las extraordinarias
posibilidades técnicas de inmiscuirse en la vida, bien para promoverla y prestarle
auxilio, bien para manipularla, degradarla o aniquilarla.”387
La nueva especialidad creada sobre la Bioética, es decir, la Biojurídica, busca el
discernimiento de la eticidad de las acciones que sobre la vida humana comprometen al
Derecho.
Como se sabe, el término “Bioética” fue utilizado por primera vez en 1971 por Van
Rennsselaer Potter, profesor de Oncología de la Universidad de Wisconsin, aunque el
interés por el tema es anterior a nivel médico, pero nuevo a nivel jurídico.
En 1969 se fundó lo que hoy es el Hastings Center por Willard Cayling y Daniel
Callahan, con el nombre de Institute of Society, Ethics and the Life Sciences. En 1972 el
doctor Andre Hellegers, especialista en fisiología del John Hopkings Hospital de Baltimore,
creó el primer instituto con la expresión Bioética, el The Joseph and Ross Kennedy Institute
for the Study of Human Reproduction and Bioethics y, en Europa, el primer centro
importante fue creado en 1975 en Barcelona con el nombre de Instituto Borja.
Hoy en día, existen muchísimas instituciones como el Institute of Medical Ethics de
385 Profesor de Derecho constitucional. Universidad de La Sabana (Colombia).
386 POLO, Leonardo. Presente Y Futuro Del Hombre, Rialp, Madrid, 1993, Página 135. Citado Por
DEL BARCO, José Luis en: Presentación del Anuario Filosófico Volumen XXVII/1, Universidad de
Navarra, página 10.
387 DEL BARCO, José Luis en: Presentación del Anuario Filosófico, Volumen XXVII/1, Universidad
de Navarra, página 10.

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