Los desafios de la Carta Democratica Interamericana.

AuthorPerina, Rubén M.
PositionCarta Democrática Interamericana

RESUMEN

La Carta Democrática Interamericana (CDLA) es el principal instrumento para la promoción y defensa multilateral de la democracia con que cuentan los Estados miembros de Organización de los Estados Americanos (OEA). La Carta incorpora una serie de instrumentos jurídico/diplomáticos interamericanos desarrollados como parte de un esfuerzo que comienza en los años ochenta y noventa cuando la gran mayoría de sus miembros retorna a la gobernanza democrática. Refleja así un histórico consenso y el compromiso colectivo interamericano de promover, defender y ejercer la democracia representativa. Sin embargo, en algunos países de América Latina se observa últimamente una preocupante tendencia a alejarse de este consenso y compromiso, desafiando la validez, utilidad y efectividad no solo de la Carta sino también de históricos instrumentos interamericanos de defensa de los derechos humanos. En el patrón emergente, un gobierno obtiene el poder a través de elecciones democráticas, pero una vez en control del Estado, lo ejerce para denigrar, descalificar y socavar las instituciones, valores y prácticas democráticas contempladas en sus propias constituciones y en la CDIA. En vista de estos desafíos, el artículo evalúa la validez, utilidad y efectividad de la Carta para prevenir golpes de Estado o autogolpes, contener el debilitamiento del orden democrático o restablecerlo cuando haya sido interrumpido. Propone además una serie de medidas para aplicar cabalmente sus disposiciones o bien reformarla, a fin de fortalecerla como instrumento multilateral de promoción y defensa de la democracia, y específicamente como herramienta para prevenir el menoscabo del orden democrático. Concluye advirtiendo que estas medidas difícilmente podrán concretarse mientras en el hemisferio persistan las actuales divisiones político/ideológicas.

PALABRAS CLAVE: Democracia, promoción, prevención, debilitamiento, alerta temprana.

The challenges of the Inter-American Democratic Charter

The Inter-American Democratic Charter (IADC) is the Organization of American States' (OAS) principal mechanism for the collective promotion and defense of democracy. It incorporates a series of diplomatic and juridical instruments developed by member states as part of a historicai effort which begins in the nineteen eighties and nineties, when the great majority of OAS members returned to democratic governance. The Charter reflects an inter-American consensus and commitment to promote and defend representative democracy. However, in several Latin American countries one can observe a growing and worrisome pattern of moving away from such commitment and consensus--challenging the validity and relevance not only of the Charter but also of the historical inter-American instruments for the protection of human rights. In the emerging pattern, a government achieves power through democratic elections, bur once in control of the State, it wields its power to denigrate, dismiss and erode democratic institutions, values and practices established in their own constitutions and in the Democratic Charter. In view of these challenges, this article evaluates its relevance and effectiveness in preventing coups d'etat or auto-golpes, contain the erosion of the democratic order, and restore it when ir has been interrupted. It also proposes measures in order to apply the Charter to the fullest and/ or reform it, so as to strengthen it as a multilateral mechanism for the promotion and defense of democracy, and specifically for preventing the collapse of the democratic order. It concludes with the caveat that such measures will be difficult to implement while the present hemispheric political and ideological differences and divisions persist.

KEYWORDS: Democracy, promotion, prevention, erosion, early warning.

  1. ANTECEDENTES: ORIGEN Y EVOLUCIÓN

    La Carta Democrática Interamericana (CDIA) es el resultado de un proceso histórico y del esfuerzo conjunto de los Estados miembros de la Organización de los Estados Americanos (OEA) por hacer que en las Américas prevalezca la democracia representativa como sistema de gobierno. Fue aprobada el 11 de septiembre de 2001 en la Asamblea General de la OEA realizada en Lima, Perú y es hoy el mecanismo principal de que disponen los Estados miembros de la Organización para la promoción y defensa colectiva de la democracia representativa.

    La Carta surge tras el retorno de la gran mayoría de los Estados americanos a la gobernanza democrática a partir de principios de los años ochenta. Expresa el consenso y el compromiso individual y colectivo de dichos Estados por promover, defender y ejercer la democracia representativa, y refleja una convicción generalizada entre pueblos y gobernantes de que la democracia es el sistema de gobierno más apropiado para la región. (2) Esta realidad contrasta significativamente con aquella de los primeros treinta años de la Organización, cuando convivían en ella regímenes dictatoriales, militares, autoritarios, semidemocráticos y democráticos.

    La CDIA incorpora y sintetiza una serie de mecanismos jurídico/diplomáticos que los Estados miembros fueron desarrollando en el sistema interamericano a lo largo de los años, comenzando por la modificación de la Carta Constitutiva de la OEA en 1985, en virtud de la cual se establece que uno de los propósitos fundamentales de la Organización es > La Carta estipula ella también que la >

    Posteriormente, la Resolución >, aprobada por la Asamblea General en 1989, encomienda al Secretario General que organice observaciones electorales en los países que lo soliciten. (3) En 1991, en la Asamblea General realizada en Santiago de Chile, se aprobó la Resolución 1080, > en la cual se reitera el compromiso de actuar colectiva e inmediatamente para proteger la democracia cuando esta se vea amenazada en cualquier Estado miembro. Asimismo, otorga nuevas atribuciones al Secretario General para convocar una reunión del Consejo Permanente de la Organización cuando en un Estado miembro se produzca una >. (4) Es una > que si se traspasa y se activa puede acarrear serias consecuencias para los transgresores.

    La 1080, como se la conoció informalmente, se aplicó en cuatro casos y en todos ellos se consiguió, tarde o temprano, restaurar la institucionalidad democrática:

    En el caso de Haití (1991) el proceso de restablecimiento de la democracia duró tres años e incluyó, en estrecha colaboración con las Naciones Unidas, el no reconocimiento y el aislamiento del gobierno de facto, además de la congelación de activos financieros por algunos países, la suspensión de créditos y de la ayuda internacional, el embargo y finalmente la amenaza del uso de la fuerza.

    En los casos de Perú (1992) y Guatemala (1993) la condena y la presión ejercida por la OEA y la comunidad internacional y nacional tuvieron efectos más rápidamente y se retornó al cauce legal y democrático sin la amenaza o el uso de la fuerza.

    En estos casos, la aplicación de la Resolución 1080 fue un claro ejemplo de la determinación colectiva de defender la democracia en el Hemisferio. Pero en definitiva la restauración del orden democrático se debió al fuerte rechazo de la ciudadanía a los golpes de Estado.

    En Paraguay, en abril de 1996, se activó la 1080 para prevenir una ruptura del proceso democrático tras una amenaza de golpe de Estado por parte de un líder militar. Ello provocó la inmediata reacción del Secretario General y del Consejo Permanente de la OEA (así como la de varios gobiernos de la región, individualmente o a través del Mercosur y el Grupo de Río), en apoyo del gobierno y de las instituciones democráticas del Paraguay, consiguiéndose disuadir de sus intenciones a los posibles golpistas.

    En 1992, los Estados miembros enmendaron nuevamente la Carta Constitutiva mediante el Protocolo de Washington, que contempla la posible suspensión de la calidad de miembro en caso de que de un Estado miembro cuyo > Este instrumento es otra luz roja, y representa un mensaje más fuerte y categórico, que pretende disuadir o prevenir a quienes tuviesen la intención de interrumpir el proceso democrático de un Estado miembro mediante un golpe de Estado tradicional o de un autogolpe. Ha sido incorporada como artículo 9 de la Carta Constitutiva.

    Complementariamente, los Estados miembros crearon un mecanismo ejecutivo orientado a permitir qe la organización promueva, a mediano y largo plazos, el fortalecimiento de las instituciones democráticas y la promoción de valores y prácticas democráticas, también como manera de prevenir interrupciones del orden democrático en sus miembros.

    En ese sentido, en la Asamblea General celebrada en Asunción, Paraguay en 1990, mediante la Resolución 1063 (XX-0/90), los países constituyeron la Unidad para la Promoción de la Democracia (UPD) y le asignaron el objetivo de responder >. Así, la UPD ofreció a los Estados miembros programas de asistencia técnica para el fortalecimiento de partidos políticos, poderes legislativos, gobiernos locales, instituciones electorales; la promoción de valores y prácticas democráticas a través del sistema educativo y de la capacitación de jóvenes líderes (educación para la democracia), y la observación electoral. Esta Unidad fue abolida por las reformas de la Secretaría General de los años 2004 y 2005. En la actualidad, las misiones de observación electoral se realizan bajo las órdenes de la Secretaría de Asuntos Políticos.

    En los años posteriores a 1992, las cancillerías americanas, tanto en las sesiones de la Asamblea General como en el Consejo Permanente de la OEA, junto con los Jefes de Estado en las Cumbres de Miami (1994), Santiago (1998) y Quebec (abril 2001) continuaron buscando formas de consolidar y fortalecer la capacidad de la OEA de responder a las amenazas al orden democrático.

    A tal efecto, en la Cumbre de Quebec se pidió a los Estados miembros que elaboraran la Carta Democrática a fin de fortalecer los mecanismos existentes para promover y defender la democracia. Al...

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