El derecho internacional como filosofía: Alemania 1871-1933

AuthorMartti Koskenniemi
ProfessionProfesor de Derecho Internacional, Universidad de Helsinki
Pages179-258

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"La guerra victoriosa es el ideal social: la guerra victoriosa es el medio último para todo objetivo superior. En la guerra, el estado demuestra su ser real, es la prueba más completa de la cualidad especial del estado (...) En la guerra victoriosa el pensamiento legal establece la norma última que decide qué estado tiene al Derecho de su lado (...), quien puede también tiene el derecho".1 Éstas son con seguridad las oraciones más frecuentemente citadas del libro de 1911 de Erich Kaufmann (1880-1972) Das Wesen des Volkerrechts und die Clausula rebus sic stantibus que exponía una teoría del estado total como realidad histórica y espiritual de Europa. Para Kaufmann, un teórico legal conservador y practicante -además de ser asesor legal del Ministerio de Asuntos Exteriores de la República Federal en la década de 1950- y miembro del Institut de droit international, la opinión acerca del derecho internacional como superior al estado surgió de un nihilismo moral no histórico. Debido a que el estado -y no el reinado superficial y discontinuo del cosmopolita- era la inclusión concreta de la espiritualidad humana, el derecho internacional no podía aspirar nunca a una normatividad mayor que el estado. Útil como mecanismo de coordinación, el derecho internacional no poseía valor intrínseco, no representaba un proceso histórico mundial de ilustración o trascendencia. Ningún ideal social se depositó en él. Por eso, todos los tratados contenían una reserva implícita: eran válidos sólo en la medida que las Page 180 condiciones presentes al momento de su conclusión no cambiaran de modo que las disposiciones del tratado resultaran incompatibles con la autopreservación del estado.2

Aunque el libro de Kaufmann de 1911 ha sido admirado como un verdadero tour deforce, también ha sido acusado de ser un ejemplo de teoría "hegeliana" o "nacionalista", un espécimen de ideas que llevaron al cataclismo de 1914. Esta reputación es merecida sólo parcialmente.3 Seguramente, los argumentos de Kaufmann se inspiraron en la filosofía del derecho de Hegel y respondían a una forma alemana de idiosincrasia de concebir la naturaleza del estado alemán. Por otro lado, la crítica provino de fuentes no desinteresadas: una ortodoxia liberal que imaginaba al derecho ya como voluntad humana o legalidad formal, las ideas atacadas no sólo por el libro del año 1911, sino por la obra de Kaufmann a lo largo de la era de Weimar. Para Kaufmann, el voluntarismo y el formalismo fracasaron al captar la vida de otra manera que como categoría abstracta, no histórica: el individuo inconexo que goza de "derechos naturales" y crea restricción social a la libre voluntad. Ningún ideal social penetró en ese individualismo y fracasó al describir una realidad concreta existente en cualquier parte. Para entender al mundo era necesario ir más allá del racionalismo. Para ello, sugirió seguir a su admirado abogado, monárquico-conservador, experto en derecho constitucional Friedrich Julius Stahl -"el último teórico de derecho público relevante de Alemania"- que en la década de 1830 había impulsado una "metafísica teísta, un positivismo irracionalista con bases éticas y religiosas."4

Un cuarto de siglo más tarde, el "no ario" Kaufmann había sido forzado a renunciar a su cátedra en la Universidad de Berlín- aunque le permitieron dictar seminarios privados en su casa hasta que tuvo que huir a los Países Bajos en 1938. Tres años antes, había viajado a La Haya para dar el Cours Général, hablando allí a estudiantes extranjeros como un idealista platónico:

Yo declaro firmemente la existencia objetiva y la realidad del fenómeno del espíritu colectivo (...) El espíritu colectivo reside, por un lado, en la existencia de valores y normas transubjetivos y transcendentales que constituyen la esencia moral de toda comunidad, y por otro lado, en la afinidad última de las raíces de los espíritus humanos.5

¿Hubo una contradicción entre las opiniones de Kaufmann de 1911 y 1935? Indudablemente hubo una transformación en el estilo que no sólo reflejó el contexto y el cambio de idioma del alemán al francés. Lo que ambos textos mantuvieron en común fue el intento de Kaufmann de encontrar un nivel más elevado de normatividad que el proporcionado por la legalidad formal. El Estado Page 181 total de 1911 y el "espíritu colectivo" de 1935 expresan ambos una trasgresión, un intento de superar las dicotomías liberales del individuo y la comunidad, la fuerza y el derecho, la fe y la razón. Lo que puede haber cambiado durante esos años fue la suposición de dónde se encuentra ese nivel más elevado, no la convicción de que los mundos tangibles del derecho y la política del momento no lograron reflejarlo.

Cuando Kaufmann escribió su libro de 1911, Alemania se había convertido en el Estado europeo que tenía más razones para sentir que las relaciones internacionales formales habían sido reemplazadas por una nueva constelación de poder. Como economía industrial y poder militar carecía de rival en el continente. La distribución prevalente de las colonias o el arrogante dominio británico de los mares no podían dejar de parecer anacrónicos obstáculos para su espíritu expansivo. El argumento de Kaufmann sobre la ausencia de un sistema legal objetivo por encima del Estado y su énfasis en el límite intrínseco a la fuerza vinculante de los tratados pone en duda el valor legal del status quo mientras que da derecho a Alemania a llevar a cabo la acción necesaria para cambiarlo. Al respecto, la situación en 1935 no era significativamente distinta. El Tratado de Versalles fue condenado por prácticamente todos los abogados alemanes, de derecha y de izquierda, como un Diktatfrieden. La Sociedad de las Naciones no había sido capaz de establecer un ideal social alternativo. El internacionalismo tropezaba de una frustración en otra. En 1935 Kaufmann fue cuidadoso al señalar que la justicia no sería alcanzada por inducción a partir de aquello que existía empíricamente: "es más bien una realidad espiritual, trans-subjetiva que preexiste a cualquier fenómeno social particular".6

La historia del derecho internacional en Alemania entre 1871 y 1933 es un relato sobre los intentos recurrentes de cuadrar el círculo del estado y un orden jurídico internacional por parte de abogados especialistas de derecho público, a menudo con inclinaciones filosóficas y procedentes de las más variadas convicciones políticas. En ninguna parte se ha planteado el desafío al derecho internacional con más intensidad que en Alemania. En ninguna parte los abogados tomaron más seriamente la tarea de responder a ese desafío o desarrollar teorías más sofisticadas al efecto. Mientras que los miembros del Institut de droit international representaron a un confiado liberalismo aristocrático, que daba por sentado la superioridad moral de su perspectiva del mundo, los abogados alemanes lucharon con complejos argumentos filosóficos para fundamentar la posibilidad de un derecho internacional científicamente creíble y políticamente legítimo, un derecho que correspondiera a la "realidad concreta" y manifestara una especie de "ideal social". Si los argumentos de los protagonistas a veces solamente repetían trivialidades sobre la oposición entre la "profundidad" alemana y la "superficialidad" anglo-francesa, la situación cambió rápidamente cuando Page 182 los mismos alemanes a menudo encontraron que la realidad legal más profunda se presentaba como la forma más tenue de vida social.

La distancia entre el idealismo volkisch de los abogados alemanes en 1871 y el formalismo de Hans Kelsen medio siglo más tarde puede parecer tan amplia como el mismo derecho internacional. Desde un punto de vista histórico y político, ellos están, sin embargo, muy cerca el uno del otro, y a veces se fusionan. La historia del derecho internacional en Alemania durante ese período es una narración sobre la filosofía como disciplina base para reflexiones sobre el estado y lo que ello implica. En esta narrativa la "realidad concreta" a veces aparece como el poder del Estado, a veces como el poder de una historia cosmopolita- y los "ideales sociales" a veces intensamente románticos-nacionales, a veces liberales-individualistas. Con la Segunda Guerra Mundial, este debate llegó a su fin.

1871: el derecho como la ciencia de la forma legal

El mismo año en que se declaró el Imperio alemán, Adolf Lasson publicó su Princip und Zukunft des Volkerrechts, que daba expresión a la idea de que los Estados soberanos no podían ser miembros de una comunidad legal por encima de ellos, y que sus relaciones naturales sólo podían ser de envidia, lucha, incluso odio. Los tratados entre estados reflejaban relaciones de poder y sólo podían ser mantenidos mientras esas relaciones permanecieran estables. Lejos de ser ilegal, la guerra era "un medio de negociación" donde los Estados buscaban descubrir cuáles eran las verdaderas relaciones de poder entre ellos, y concluir un tratado de paz en consecuencia.7

Al igual que Kaufmann más tarde, Lasson se inspiró en la opinión de Hegel sobre el Estado como el ámbito de concreta libertad. Un pueblo no era libre mientras el orden legal que lo rige no reflejase su naturaleza interna y su conciencia. Había evidencia...

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