Derecho del comercio global

AuthorDiego J. Liñán Nogueras
Pages1267-1268

Zapatero, P., Derecho del comercio global, Ed. Garrigues Cátedra y Thomson Civitas, Madrid, 2003.

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No es fácil en tan poco espacio transmitir la seriedad y complejidad de esta interesante obra de Pablo Zapatero. Y es que, Derecho del comercio global, es mucho más que una monografía al uso sobre el espacio jurídico que, muy especialmente con la Organización Mundial del Comercio (OMC), se ha introducido en el sistema jurídico internacional actual. Es mucho más porque su autor lo aborda con una ambición intelectual poco común, con un despliegue documental, jurisprudencial y doctrinal extraordinario, y, lo que es más singular, con una preocupación teórica, jurídica y política, muy relevante.

Se entiende así que esta obra no sea fácil, ni lo pretenda, porque, si es cierto que contiene una aproximación descriptiva sólida y solvente del Sistema de Solución de Diferencias (SSD) de la OMC, eje central de la obra, la descripción no es nunca un fin sino un instrumento, y a veces incluso una mera excusa, con el que el autor abre un espacio para la reflexión teórica general.

Ya desde su introducción apunta el autor que el SSD de la OMC no es sólo un mero tema de actualidad, sino «un fenómeno jurídico que, a caballo del proceso de internacionalización de la economía, tendrá cada vez más implicaciones para nuestras sociedades, pero también para el Derecho internacional en su conjunto». Esta es probablemente la clave de su aproximación. Para el autor, el SSD de la OMC es un «fenómeno jurídico- internacional» de tal magnitud que permite abrir una línea de reflexión sobre categorías esenciales del sistema (conflictos entre tratados y concurrencia de sistemas de solución de diferencias) e incluso sobre el modelo jurídico general, es decir sobre el Derecho internacional.

La obra, dividida en cuatro partes, abre con un análisis del SSD como elemento insti-Page 1268tucional creado a través de normas secundarias de la OMC, «normas (especiales) de adjudicación», y de cómo a través de la «norma aplicable» de la OMC, su práctica pone de manifiesto una aplicación del Derecho internacional (de la OMC y de otros tratados) de una especial naturaleza. La segunda parte de la obra contiene un interesante ejercicio de interrelación (que no comparativo) de la OMC y su SSD con los Acuerdos Comerciales Regionales (ACR) y los Acuerdos Multilaterales Medioambientales (AMUMA) y sus sistemas de solución de diferencias. Aquí, el autor pone bien argumentadamente de...

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