El estado de derecho en el ámbito internacional y el imperio de la ley en las relaciones internacionales: Tendencias, retos y desafíos

AuthorCésar A. Villegas Delgado
PositionProfesor de Derecho Internacional Público de la Universidad de Sevilla.
Pages1-43
www.reei.org
DOI: 10.17103/reei.33.01
EL ESTADO DE DERECHO EN EL ÁMBITO
INTERNACIONAL Y EL IMPERIO DE LA LEY EN LAS
RELACIONES INTERNACIONALES: TENDENCIAS,
RETOS Y DESAFÍOS
THE RULE OF LAW AT INTERNATIONAL LEVEL AND
THE INTERNATIONAL RULE OF LAW: TRENDS AND
CHALLENGES
César A. Villegas Delgado
Sumario: I. INTRODUCCIÓN. II. LA OR GANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS
Y LOS ESFUERZOS POR PROMOVER UN ORDEN INTERNACIONAL BASADO EN EL
DERECHO. III. LA PROMOCIÓN DE UN MODELO INTERNO DE ESTADO DE
DERECHO DESDE LA ESTRUCTURA INSTITUCIONAL DE LA ORGANIZACIÓN. IV.
LA PROPUESTA DE UN MODELO EMINENTEMENTE INTERNACIONAL INSPIRADO
EN EL ESTADO DE DERECHO. V. FORMULACIONES TEÓRICAS QUE EXPRESAN LA
SUMISIÓN DE L PODER AL DERECHO EN EL ÁMBITO INTERNACIONAL. VI.
NUESTRA PROPUESTA. VII. RETOS Y DESAFÍOS PARA LA COMUNIDAD
INTERNACIONAL. VIII. CONCLUSIONES.
RESUMEN: Los intentos por promover un orden internacional basado en el Derecho recurriendo a los
postulados del Estado de Derecho interno no resultan novedosos en lo absoluto. No obstante lo
anterior, lo cierto es que no sería sino hasta e scasos años cuando la doctrina iusinternacionalista sobre
todo, anglo-americana comenzaría a rei vindicar el Inter national Rule of Law como construcción teórica
que, desde una perspectiva eminentemente formal, propugnaría el imperio de la ley en las relaciones
internacionales, convirtiéndose la utilización de dicho término, por otro lado, en una cuestión recurrente
tanto en la práctica de los Estados como en la labor de algunas organizaciones internacionales,
universales y regionales. En España, salvo excepciones puntuales, la doctrina especializad a ha obviado el
análisis de las potenciales manifestaciones del E stado de Derecho como instrumento para enunciar el
imperio de la ley en las relaciones internacionales. E n virtud de lo anterior, y con el propósito
fundamental de contribuir al debate que parece haber comenzado a generarse dentro de la doctrina de
nuestro país en torno a esta cuestión de capital i mportancia, proponemos analizar la génesis y el
desarrollo que la promoción del Estado de Derecho ha experimentado en el á mbito internacional. Para tal
finalidad, y en virtud de los límites materiales del presente trabajo, tomaremos como referencia la
práctica tanto de la Asamblea como de la Secretaría General de las Naciones Unidas en la materia.
Práctica que va de la promoción de un modelo interno de Estado de Derecho a la postulación de un
modelo eminentemente internacional inspirado en tal principio. En todo caso, debemos señalar que
Fecha de recepción del original: 25 de febrero de 2017. Fecha de acep tación de la versión final: 17 de
mayo de 2017.
Profesor Contratado Doctor Interino de Derecho Internacional Públi co. Universidad de Sevilla. Correo
electrónico: cvillegas@us.es
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actualmente sigue sin exi stir consenso en torno al alcance y co ntenido exacto de la vertiente
internacional de tal principio. En su lugar, hemos podido constatar la convicción de la inmensa mayoría
de Estado s respecto a su importancia fundamental para promover un orden internacional basado en el
Derecho.
ABSTRACT: The idea of the public power submission to the la w h as gone beyond the State border s and,
progressively, made its way a t inter national level by means of a p rinciple ca lled by Anglo-American
doctrine the “International Rule of Law”. For some authors, the root cause for the ap plication of the
Rule of Law to inter state r elationships, within internationa l society, could da te back to the XVIII Century.
However, it was until a few years a go that the Rule of Law ana lysis, from a str ictly internationa l point of
view, started to take off a nd become a r ecurrent topic for the doctrine a nd the pra ctice of the States a nd
Interna tional Organization s. In Spain, unfortunately the study of the potential manifestations of the Rule
of Law in interna tional a ffairs has been scarcely addressed. Regarding th e latter, and with the aim of
contributing to the debate that seems to be gener ating within the doctrine of our countr y on this question,
we are going to a nalyze the genesis and development that the pr omotion of the Rule of Law has
experienced at international level. For this purpose, we will take as reference the pra ctice of the Gener al
Assembly of UN rela ted to this matter . In this light, we sha ll study the evolution and gradual concretion
that the Rule of Law has experienced in the heart of the UN which went from the internationalizatio n of a
nationa l model of Rule of Law to the postulation of an inter nationa l model itself..
PALABRAS CLAVE: Organización de las Naciones Unidas, Orden Internacional, Estado de Derec ho, Estado
de Derecho Internacional.
KEYWORDS: United Nations, Interna tional legal order , Rule of Law, Internationa l Rule of Law.
I. INTRODUCCIÓN
Aunque si bien es cierto que, como afirma André NOLLKAEMPER ex presidente de
la European Society of International Law, la búsqueda por aplicar la noción del
Estado de Derecho más allá de las fronteras estatales es tan antigua como la existencia
misma del Derecho internacional, podemos identificar en la práctica internacional
contemporánea motivos suficientes para sostener que dicha búsqueda seguirá
fortaleciéndose en las décadas siguientes por la sencilla razón de que, como asegura
dicho autor, las relaciones internacionales entendidas de forma genérica como el
entramado de transacciones y relaciones que se establecen entre los distintos sujetos y
actores en el ámbito internacional son demasiado importantes, y afectan a la vida
diaria de tantas personas, como para dejar su regulación exclusivamente en manos de
los caprichos arbitrarios e incontrolados de la política
1.
Para algunos autores, entre los que podríamos destacar a Martti KOSKENNIEMI, los
antecedentes de la aplicación del principio del Estado de Derecho o del Rule of Law2 a
1 NOALLKAEMPER, A., “T he Bifurcation of International Law: Two Futures for the International Rule
of Law”, ACIL Research P aper, nº 4, 2011, p. 1.
2 A pesar de que el Estado de Derecho suele ser considerado, en términos generales, como la traducción al
castellano del término anglosajón Rule of Law, lo cierto es que entre ambas i nstituciones jurídicas exi sten
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las relaciones interestatales, en el seno de la sociedad internacional, podría remontarse
incluso hasta mediados del siglo XVIII pues, como manifiesta dicho autor, desde que
Emmerich de VATTEL publicara en 1758 su obra titulada Droit des gens ou pr incipes
de la loi naturelle appliqués à la conduite et aux affaires des nations et des souverains,
los juristas que se han encargado de estudiar y analizar las distintas materias que
conforman la disciplina internacional han contemplado la posibilidad de extender la
aplicación de los principios liberales de la Ilustración y su corolario lógico, el Estado
de Derecho, a la organización de la sociedad en el ámbito internacional, del mismo
modo en que dichos principios resultan aplicables dentro del orden interno
3.
Sin embargo, no sería sino hasta hace escasos años que el análisis de la sumisión del
poder al derecho desde el prisma del Estado de Derecho en un contexto eminentemente
internacional comenzaría a coger impulso, convirtiéndose así en un tema recurrente
para la doctrina iusinternacionalista sobre todo, entre los autores anglo-americanos4.
En España, salvo honrosas excepciones, el estudio de las potenciales manifestaciones
del Estado de Derecho en el ámbito internacional o el imperio de la ley en las
relaciones internacionales, ha sido escasamente abordado. Entre dichas excepciones
queremos destacar los trabajos de las profesoras Araceli MANGAS MARTÍN5 y Paz
Andrés SAENZ DE SANTA MARÍA6, quienes se preguntan hasta qué punto y en qué
medida resultaría viable extrapolar esta noción al ámbito internacional para enfatizar la
sumisión del poder de los distintos sujetos y actores de las relaciones internacionales al
Derecho y a la legalidad internacionales.
En esta tesitura, y con el propósito fundamental de contribuir al debate que parece
haber comenzado a generarse dentro de la doctrina iusinternacionalista española en
torno a esta cuestión de vital importancia para consolidar un orden internacional basado
en el Derecho, proponemos analizar, dentro del presente artículo, la génesis y el
desarrollo que la promoción del Estado de Derecho ha experimentado en el ámbito
internacional.
diferencias que es preciso distinguir con rigor. Para un análisis completo de dichas diferencias véase,
entre otros, PEREIRA MENAUT, C., Rule of Law o Estado de Der echo, Madrid, Marcial Pons, 2003, pp.
43 y ss.
3 Al respecto, véase KOSKENNIEMI, M., “The Politics of International Law”, Eur opean Journal of
Interna tional Law, vol. 1, nº 4, 1990, p. 4.
4 Dentro del apartado V de nuestro trab ajo analizaremos aquellas formulaciones teóricas que, no exentas
de polémica, se han ve nido elaborando en la doctrina para enunciar sobre la base del Estado de Derecho
y el Rule of Law la sumisión del poder al Derecho en el ámbito internacional y, por tanto, el imperio de
la ley en las relaciones internacionales.
5 En este sentido, véase MANGAS MARTÍN, A., Humanización, Democra cia y Estado de Der echo en el
Ordena miento Internaciona l, Real Academia de Ciencias Morales y Políticas, Madrid, 2014,
particularmente, pp. 152 y ss.
6 ANDRÉS SÁENZ DE SANTAMARÍA, P., “Recensión de Humanización, Democracia y Estado de
Derecho en el Ordenamiento Internacional”, Revista Española de Derecho Internaciona l, vol. 67, nº 1,
2015, pp. 364-367. En el mismo sentido, véase “Estado de Derecho y Sociedad Internacional: hacia la
mundialización del imperio de la Ley”, Cátedra La Caixa, febrero de 2017, puede consultarse en
http://agenda.obrasocial.lacaixa.es/es/-/estado-de-derecho-y-sociedad-internacional, visitada el 1 8 de
febrero de 2017.

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