¿Hacia la conclusión definitiva del acuerdo de asociación interregional UE-Mercosur? El largo y tortuoso proceso...

AuthorAntonio Blanc Altemir
Pages503-512

¿Hacia la conclusión definitiva del acuerdo de asociación interregional UE-Mercosur? El largo y tortuoso proceso negociador

Page 503

La creación del Mercosur por el Tratado de Asunción en 1991 y su evolución posterior ha sido siempre motivo de interés y atención preferente por parte de la Unión Europea, dadas las sólidas relaciones históricas, políticas, culturales y económicas existentes entre ambos bloques. Por otra parte, la UE ha venido apoyando el proceso de integración en el Mercosur, un proceso que, aunque últimamente ha visto obstaculizada su profundización por motivos internos que afectan a los Estados que lo conforman y, en particular, a sus relaciones comerciales, continúa siendo, con todas sus carencias, el proceso más desarrollado de integración en América Latina.

La UE es el primer socio comercial, la principal fuente de cooperación internacional y el primer inversor del Mercosur, superando ampliamente a las inversiones norteamericanas al representar más de la mitad del total de la inversión extranjera en los países que forman parte del bloque sudamericano. Ello explica, en buena parte, el interés de la UE en fomentar su estabilidad política y su prosperidad económica, pues a título de ejemplo basta citar que sólo en Brasil, España tiene invertido el 3 por 100 de su PIB y que el mayor mercado de teléfonos móviles de Telefónica desde finales de 2003, ya no es el español sino el brasileño.

Por lo tanto, la UE está interesada en consolidar y fortalecer el proceso de integración económica del Mercosur al que contribuye no sólo aportando la experiencia comunitaria en este ámbito, sino también a través de un vasto programa de asistencia técnica y financiera que cubre prácticamente todos los sectores de interés mutuo en aras a la futura creación de una zona de libre comercio entre ambos bloques. En efecto, en el presente período 2000-2006, la financiación comunitaria para la cooperación regional y bilateral con el Mercosur asciende a casi 250 millones de euros, de los que 48 se destinan a fomentar la consolidación del bloque propiamente dicho: 65,7 a Argentina; 64 a Brasil; 51,7 a Paraguay y 18,6 a Uruguay. Por otra parte, el Mercosur se beneficia igualmente de otros programas comunitarios horizontales, como AL-Invest, URB-AL, ALFA o @LIS (cfr. European Commission. External Relations Directorate General. Mercosur-European Community. Regional Strategy Paper 2002-2006. CSP MERCOSUR, 10 september 2002).

Hasta la adhesión de España a las CCEE en 1986, América Latina estuvo prácticamente fuera de la agenda comunitaria, siendo marginada tanto política como económicamente en relación con otras áreas geográficas, como los países y territorios de ultramar con los que los Estados miembros mantenían estrechos vínculos económicos, históricos y culturales. La integración de España en las CCEE supuso un punto de inflexión en esta tendencia, ya que a partir de ese momento, América Latina ha ido cobrando un mayor peso relativo en la política comercial convencional de la Comunidad Europea. Sin lugar a dudas, España, cuyos principales intereses exteriores se concentran en la región latinoamericana, ha sido la gran impulsora de esta nueva orientación, que ha tenido hasta el momento una serie de hitos principales como el Acuerdo de Asociación con México, las tres ediciones de la Cumbre UE-América Latina-Caribe, y el Acuerdo de Asociación con Chile (Sobre dicho Acuerdo vide Blanc Altemir, A.: «El Acuerdo de Asociación entre la Unión Europea y Chile: algo más que un Tratado de Libre Comercio», ADI, XX, 2004, pp. 35-110). Sin lugar a dudas, la conclusión definitiva del Acuerdo de Asociación Interregional con el Mercosur supondrá un hito ciertamente muy destacable en esa tendencia.

Una vez constituido el Mercosur, la Comunidad inició con éste conversaciones en el marco de las relaciones ya abiertas con anterioridad con el llamado Grupo de Río. De ellas surgió el establecimiento de reuniones regulares entre los Ministros de Asuntos Exteriores de ambos bloques, con el fin de mantener un diálogo permanente. En 1992 se firmó el Acuerdo dePage 504 Cooperación Interinstitucional, en el que se definieron una serie de áreas de cooperación que se consideraban prioritarias para la consolidación del Mercosur, como el apoyo institucional, la asistencia técnica en materia aduanera y la formación de personal e intercambio de información. Por otra parte, se decidió la creación de un Comité Consultivo Conjunto de Asistencia Técnica e Institucional, con el fin de asesorar al Mercosur, lo que evidenciaba, una vez más, el interés comunitario por fortalecer sus vínculos con el bloque sudamericano.

A partir de 1993 se empezó a vislumbrar una perspectiva de profundización efectiva en las relaciones de la UE con el Mercosur, que se iría concretando a lo largo de 1994, en particular a partir de la IV Reunión del Grupo de Río con la Unión Europea, en la que por primera vez se habló de la posibilidad de adoptar un Acuerdo Marco de Cooperación que sentara las bases para establecer en el futuro una zona de libre comercio. Esta perspectiva se fue concretando en los Consejos Europeos de Corfú y posteriormente de Essen en el que se instó a la Comisión a iniciar negociaciones con el Mercosur a tal efecto, negociaciones que desembocarían en la firma del Acuerdo Marco de Cooperación Interregional el 15 de diciembre de 1995 en Madrid, coincidiendo con la presidencia española de la Unión Europea (sobre dicho Acuerdo, vide Aldecoa Luzárraga, F., «El Acuerdo Marco entre la Unión Europea y el Mercosur en el marco de la intensificación de relaciones entre Europa y América Latina», RIE, 22, septiembrediciembre 1995-II, pp. 761-791).

El hecho de que un año antes, diciembre de 1994, se llevara a cabo la I Cumbre de las Américas de la que surgiría la iniciativa ALCA, provocó un efecto acelerador en la conclusión de dicho Acuerdo ante el temor de la UE de perder la iniciativa en la región en favor de Estados Unidos. A este mismo tipo de preocupaciones obedece la convocatoria de la I Cumbre de la UE-América Latina y Caribe celebrada en Río de Janeiro, en junio de 1999. Sin duda, pesó en la UE el temor a que acabara ocurriendo con el Mercosur lo que había ocurrido anteriormente con México, es decir la pérdida considerable de ese mercado tras su ingreso en el NAFTA, que intentaría recuperar posteriormente con la firma de un Acuerdo de Asociación en 1997. La intensificación de sus relaciones con Centroamérica y la Comunidad Andina, además del citado Acuerdo de Asociación con Chile en 2002, obedecerían a este mismo tipo de consideraciones y se inscribirían en esta misma dinámica.

El Acuerdo Marco de 1995 supuso el inicio de un nuevo modelo de relaciones entre bloques regionales, que en este caso afectaba por primera vez a dos uniones aduaneras, y que reafirmaba la voluntad de mantener y potenciar el proceso de cooperación comercial y económica como requisito para alcanzar posteriormente una auténtica asociación birregional. Por otra parte, institucionalizaba el diálogo político y lo desarrollaba en la Declaración Política Conjunta, e incorporaba cuestiones como el apoyo a la democracia y el Estado de Derecho, la promoción y defensa de los derechos humanos, el desarrollo sostenible y la cooperación contra el narcotráfico y la delincuencia organizada. En el ámbito institucional, el Acuerdo crea un Consejo de Cooperación, que no se implementaría hasta 1999, así como una Comisión Mixta y una Subcomisión Comercial con competencia en materias relativas a la industria, los servicios y las normas técnicas.

Asimismo, el Acuerdo incorpora el objetivo del fortalecimiento de la cooperación en materias de interés mutuo en aras a potenciar la integración, incrementar el comercio, impulsar el desarrollo científico y tecnológico, y a mejorar la competitividad internacional. En el ámbito comercial se establece la liberalización gradual y recíproca de los intercambios en determinados sectores y de conformidad con las normas de la OMC. El Acuerdo Marco entró en vigor en 1999, tras haber sido ratificado, en tanto que acuerdo mixto, por los quince miembros de la UE y los cuatro del Mercosur. No obstante, las Partes convinieron en aplicar de forma provisional y a la espera de la entrada en vigor del conjunto del Acuerdo, las disposiciones relativas a la cooperación comercial y a la creación de instituciones encargadas de implementar elPage 505 Acuerdo. En cuanto a los mecanismos de diálogo político previstos en la citada Declaración Conjunta, las Partes convinieron su...

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT