Declaración Pública de la FNE bajo crisis sanitaria - Eventuales colaboraciones entre competidores

FNE realiza Declaración Pública sobre eventuales acuerdos de colaboración entre competidores bajo crisis sanitaria

Mediante una Declaración Pública, hoy la Fiscalía Nacional Económica (FNE o Fiscalía) se refirió –siguiendo la tendencia de las agencias de competencia en otros países– al Estado de Catástrofe Nacional y a la eventual licitud –bajo la regulación nacional en materia de Libre Competencia– de eventuales acuerdos de colaboración que se celebren entre competidores, en atención a la crisis sanitaria que se ha producido como consecuencia del COVID-19.

Según lo indicado por la Fiscalía, mediante la declaración de referencia busca “generar mayores grados de predictibilidad y certeza” para autoridades y particulares en relación al rol y atribuciones de la FNE bajo el Decreto Ley 211 que Fija las Normas para la Defensa de la Libre Competencia (DL 211).

En primer lugar, en términos generales se hace presente que el DL 211 no contempla excepciones a su aplicación que permitan a la FNE suspender la aplicación de la normativa en casos de calamidad pública, catástrofe u otro de similar excepcionalidad.

Sin embargo, en cuanto a los acuerdos de colaboración en específico, se recuerda que estos no son ilícitos per se para nuestra regulación, ya que, para determinar su eventual ilicitud, debe realizarse un ejercicio de balance o ponderación de sus efectos, eficiencias y riesgos.

En ese sentido, la FNE considera que –al menos en abstracto– los acuerdos que se celebren bajo el presente estado de catástrofe –en el que “es posible que la producción y distribución de bienes, así como la prestación de servicios, ya no sea posible, o no pueda realizarse en forma óptima, sin un cierto grado de colaboración entre competidores”– serían, en principio, eficientes, ya que “permitirían abastecer de productos o prestar servicios a los consumidores nacionales, sin que tales objetivos pudiesen cumplirse del todo o en parte por cada agente económico actuando de manera individual durante el actual estado de catástrofe”.

Aun así y, al igual que otras agencias de competencia en el mundo, la Fiscalía ha sido clara en destacar que corresponde a las propias compañías identificar si su actuar se enmarca bajo los criterios indicados, sin que exista alguna facultad otorgada a la autoridad para liberar formalmente de responsabilidad a los privados.

Asimismo, la FNE concluye que en caso de detectar el aprovechamiento de la situación “como una excusa para cartelizarse o realizar otros actos anticompetitivos y así dañar la competencia en los mercados”, ella “seguirá como siempre dando estricto cumplimiento al DL 211”.

Ingresa https://www.fne.gob.cl/wp-content/uploads/2020/04/Declaraci%C3%B3n-P%C3%BAblica-FNE-030420.pdf para revisa la Declaración Pública de la FNE

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