Crónica de paz y seguridad internacional (enero - junio 2014)

AuthorCristián Delpiano Lira
Pages1-19
www.reei.org
DOI: 10.17103/reei.28.21
CRÓNICA DE PAZ Y SEGURIDAD INTERNACIONAL
(ENERO - JUNIO DE 2014)
Cristián Delpiano Lira
Sumario: I.
I
NTRODUCCIÓN
.
II.
L
A PROLIFERACIÓN DE ARMAS DE
DESTRUCCIÓN MASIVA
.
III.
T
ERRORISMO
.
IV.
R
ESOLUCIONES DEL
C
ONSEJO DE
S
EGURIDAD EN APLICACIÓN DEL
C
APÍTULO
.
VII
Y OTRAS CUESTIONES
RELATIVAS A LA SOLUCIÓN DE CONFLICTOS INTERNACIONALES
.
V.
L
A
CONSOLIDACIÓN DE LA PAZ
.
VI.
S
EGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS
.
VII.
E
L
C
ONSEJO DE
S
EGURIDAD Y LAS
O
RGANIZACIONES
R
EGIONALES
.
I.
I
NTRODUCCIÓN
Durante el primer semestre de 2014, la acción el Consejo de Seguridad continuó siendo
muy relevante en África, especialmente en el Golfo de Guinea y en los Estados del centro
de África. A esta situación se debe sumar un creciente conflicto en la República Árabe de
Siria y en Israel, además del conflicto ucraniano, que se desarrolla durante este período.
En materia de proliferación de armas de destrucción masiva, destaca el avance en el
cumplimiento por parte de Irán de las salvaguardias relacionadas al Tratado de No
Proliferación de Armas Nucleares (TNP) y de las resoluciones, lo que ha supuesto un
avance hacia una mayor estabilidad en la región. Sin embargo, se ha detectado por los
grupos de expertos que este cumplimiento es de carácter formal, puesto que se han
encontrado, entre otros antecedentes, nuevas formas de adquisición de materiales,
herramientas e insumos necesarios para la fabricación de armamento nuclear bajo los
umbrales de inspección fijados precedentemente, así como la realización de pruebas
menores de misiles balísticos. Esto ha llevado a los expertos a indicar que no es posible
asegurar que todo el material nuclear Iraní esté adscrito a fines pacíficos.
En el caso de Corea del Norte, por el contrario, se puede constatar la falta de cumplimiento
de la Resolución1874 (2009)del Consejo de Seguridad, así como la ineficacia de las
medidas adoptadas hasta el momento para obtener dicho cumplimiento.
En materia de terrorismo, los dos polos de mayor actividad están dados por la situación en
la República Árabe de Siria y las acciones de grupos extremistas islámicos e ISIS, por una
parte. Por otra, se puede mencionar el incremento de la frecuencia y crueldad de los ataques
Doctor en Derecho por la Universidad de Salamanca. Profesor de Derecho Internacional Público de la
Universidad Católica del Norte, Chile. Correo electrónico cdelpiano@ucn .cl. La presente crónica fue
desarrollada con la colaboración del ayudante de investigación Felipe Gordillo Corvalán.
[28]
R
EVISTA
E
LECTRÓNICA DE
E
STUDIOS
I
NTERNACIONALES
(2014)
- 2 -
DOI: 10.17103/reei.28.21
terroristas en el centro del continente africano, en concreto en la región del Sahel, Malí,
Somalia, Nigeria y la República Centroafricana. Además, en el Golfo de Guinea se han
incrementado las actividades terroristas de Boko Haram, las que se están expandiendo hacia
otras zonas de África.
En materia de resoluciones del Consejo de Seguridad en aplicación del capítulo VII de la
Carta de Naciones Unidas, se revisará la situación de Afganistán, Malí, República
Centroafricana, República Democrática del Congo, Siria, Somalia, Sudán, Sudán del Sur
además de las regiones de Darfur y Abyei.
En materia de consolidación de la paz, se revisarán las situaciones de Burundi, Chipre,
Costa de Marfil, Guinea-Bissau, Iraq, Libia y Sierra Leona. Por último, se revisarán los
reportes relativos a mujeres y la paz y seguridad internacional, los niños y los conflictos
armados, así como la cooperación entre Naciones Unidas y otros organismos regionales
para mantener la paz y la seguridad internacionales.
II.
L
A PROLIFERACIÓN DE ARMAS DE DESTRUCCIÓN MASIVA
Durante el primer semestre del año 2014, se celebró el décimo aniversario de la resolución
1540 (2004) que declara que la proliferación de armas nucleares, químicas, biológicas, y
sus sistemas vectores constituyen una amenaza para la paz y seguridad internacionales. En
razón de esto, la Presidencia del Consejo de Seguridad emitió una Declaración en nombre
del Consejo
1
, en la cual reafirmó la declaración efectuada por el Resolución 1540 (2004), a
la vez que instó a los Estados que no han emitido los informes debidos en función de la
Resolución 1540 (2004) lo hagan a la brevedad posible, con el objeto de lograr la
presentación universal de informes, y en vistas al examen amplio que debe presentar el
Comité respectivo al Consejo de Seguridad antes de diciembre de 2016.
1. Irán
En el primer semestre del 2014, el proceso de cooperación entre Irán y el Organismo
Internacional de Energía Atómica (OIEA) ha avanzado en forma lenta, pero continua; por
lo que el Consejo de Seguridad ha decidido prorrogar el mandato del Grupo de Expertos
que asesora al Comité
2
hasta el 9 de julio de 2015, fecha en que será analizada una eventual
nueva prórroga
3
.
1
Declaración de la Presidencia del Consejo de Seguridad contenida e n el Documento S/PRST/2014/7 de 7 de
mayo de 2014.
2
Se refiere al Comit é establecido en el párrafo 18 de la Resolución del Consejo de Seguridad 1737 (2006),
Documento S/RES/1737 (2006) de 27 de diciembre de 2006.
3
Documento S/RES/2159 (2014) de 9 de junio de 2014.

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