Crónica de la jornada «la aplicación del Derecho Civil Catalán en el Marco Plurilegislativo Español y Europeo», Barcelona, 2 de diciembre de 2010

AuthorMaria Font i Mas
PositionUniversitat Rovira i Virgili
Pages328-331
328 INFORMACIÓN Y DOCUMENTACIÓN
REDI, vol. LXIII (2011), 2
5. CRÓNICA DE LA JORNADA «LA APLICACIÓN DEL DERECHO CIVIL
CATALÁN EN EL MARCO PLURILEGISLATIVO ESPAÑOL Y EUROPEO»,
BARCELONA, 2 DE DICIEMBRE DE 2010
1. Enmarcada en los actos conmemorativos del cincuenta aniversario de la Com-
pilación del Derecho civil de Cataluña, tuvo lugar, el pasado 2 de diciembre de 2010,
en la Universitat Pompeu Fabra, una Jornada que llevaba por título «La aplicación del
Derecho civil catalán en el marco plurilegislativo español y europeo». El acto fue coor-
ganizado por las facultades de Derecho de Barcelona (UPF, UB, UAB, Abat Oliba y Esa-
de), básicamente por las áreas de Derecho internacional privado correspondientes.
2. A pesar de que efectivamente se trató el objeto de la jornada en diversas inter-
venciones —sobre todo, a través de abundantes ejemplos prácticos— las discusiones
doctrinales se centraron en la situación actual del Derecho interregional español y su
futuro inmediato. Para ello el foro contaba con reconocidos especialistas en Derecho
interregional, provenientes de Aragón, Galicia, Baleares y Cataluña, aunque hubiese
sido enriquecedora la participación de académicos originarios de algún territorio sin
Derecho civil propio.
3. Después de las palabras de apertura de la Doctora Elena Lauroba como Di-
rectora General de la Dirección General de Derecho y de Entidades Jurídicas de la
Generalitat de Cataluña, se dio paso a la primera mesa de ponentes moderada por
la Profesora Doctora Lídia Santos Arnau (Universitat Autònoma de Barcelona). La
Doctora Elena Zabalo Escudero (Universidad de Zaragoza) inició las intervenciones
con la ponencia general «El sistema español de Derecho interregional», ardua tarea
que resolvió desmenuzando planteamientos generales sin pasar por alto las dudas que
genera la interacción con el Derecho europeo. Resaltó, una vez más, la inadecuada
denominación del sistema para resolver los conf‌lictos de leyes internos, esto es, el De-
recho interregional, y propuso Derecho interterritorial. Entre los distintos problemas
que abordó, destacamos, por ser la caja de Pandora que no abandonó el foro durante
toda la jornada, la cuestión sobre si la remisión del art. 16 CC a las normas de DIPr
debía de ser literal/estática (normas de conf‌licto contenidas en el CC) o dinámica
(normas de conf‌licto aplicables en DIPr español, por tanto, los convenios internacio-
nales y reglamentos europeos que desplazan la aplicación de los artículos del CC).
Criticó la pasividad del legislador español que conduce inevitablemente a la inseguri-
dad jurídica de los ciudadanos, destinatarios últimos del Derecho aplicable. Destacó
que en el caso de que fuesen de aplicación los reglamentos europeos sobre Derecho
aplicable en materias civiles, se reduciría el uso de la vecindad civil como punto de
conexión. Precisamente, en la intervención posterior, la Doctora Esperança Ginebra
Molins (Universitat de Barcelona) con la ponencia «La vecindad civil: regulación, re-
forma, alternativas como punto de conexión» expuso el origen de la vecindad civil, los
intentos de modif‌icación y defendió la necesidad de su existencia, de modo que rehu-
só su sustitución por la residencia habitual debido a que no resultaría ef‌icaz en deter-
minados supuestos heterogéneos internos, aunque dejó la puerta abierta a su uso en
materia de alimentos y de protección de menores. Ahora bien, el mantenimiento de la
vecindad civil como punto de conexión debería modif‌icarse como mínimo respecto a
los criterios de su determinación y garantizar su visibilidad. La comunicación de Lluís
Garau Juaneda (Universitat de les Illes Balears) se centró en la necesaria depuración
del sistema de Derecho interregional, e introdujo en el debate la espinosa cuestión de
los distintos ámbitos de aplicación de las normas autonómicas: vigencia, aplicación
y ef‌icacia. Resumiendo en pocas palabras, si es que ello es posible, sería: vigencia
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