Crónica de derechos humanos (Enero ? junio 2015)

AuthorNatalia Ochoa Ruiz - M. Esther Salamanca Aguado
PositionProfesora adjunta de la Universidad Camilo José Cela (Madrid). Consultora de la Universitat Oberta de Catalunya. - Profesora Contratada Doctora de la Universidad de Valladolid (Fac. CC. Sociales, Jurídicas y de la Comunicación, Campus de Segovia).
Pages1-43
www.reei.org
DOI: 10.17103/reei.30.20
CRÓNICA DE DERECHOS HUMANOS (ENERO – JUNIO
2015)
Natalia Ochoa Ruiz* y M. Esther Salamanca Aguado**
Sumario: I.
C
ODIFICACIÓN Y DESARROLLO PROGRESIVO DEL DERECHO
INTERNACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS
.
II.
M
ECANISMOS
INTERNACIONALES DE PROTECCIÓN
.
I.
C
ODIFICACIÓN Y DESARROLLO PROGRESIVO DEL
D
ERECHO
I
NTERNACIONAL DE LOS
D
ERECHOS
H
UMANOS
.
1. Organización de las Naciones Unidas: novedades respecto de los principales
instrumentos de derechos humanos
1
.
1. La Convención para la prevención y sanción del delito de genocidio, entró en vigor 12
de enero de 1951, y cuenta con 147 Estados Parte, el último en adherirse ha sido Tayikistán
(3.11.2015).
de enero de 1976, y el número de Estados Parte asciende a 164. Los últimos Estados en
ratificarlo han sido Belice (9.3.2015) y Sudáfrica (12.6.2015).
Culturales, entró en vigor el 5 de mayo de 2013 y cuenta con 21 Estados parte. En el
período considerado ha sido ratificado por Francia (18.03.2015), Italia (20.2.2015) y
Luxemburgo (3.02.2015). Además, San Marino depositó su instrumento de adhesión
(4.08.2015).
* Profesora adjunta de la Universidad Camilo José Cela (Madr id). Consultora de la Universitat Oberta de
Catalunya.
** Profesora Contratada Doctora de la Universidad de Valladolid (Fac. CC. Sociales, J urídicas y de la
Comunicación, Campus de Segovia).
1
Para consultar las novedades en materia de ratificaciones y adhesiones a los convenios de derechos humanos
de las Naciones Unidas, vid. http://treaties.un.org/pages/Treaties.aspx?id=4&subid=A&lang=en. Por motivos
expositivos, seguiremos la numeración que aparece en esta página. El número de Estados partes está
actualizado a junio de 2015.
[30]
R
EVISTA
E
LECTRÓNICA DE
E
STUDIOS
I
NTERNACIONALES
(2015)
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8. La Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la
mujer, en vigor desde el 3 de septiembre de 1981, cuenta con 189 Estados parte. En el
período considerado recibió la adhesión de Sudán del Sur (30.4.2015).
9. El Convención contra la tortura, y otros tratos o penas crueles, inhumanos o
degradantes, en vigor desde el 26 de junio de 1987, cuenta con 158 Estados parte. En el
período considerado recibió el instrumento de ratificación de Vietnam (5.02.2015) y la
adhesión de Sudán del Sur. (30.04.2015).
9.b. El Protocolo Facultativo a la Convención contra la tortura, y otros tratos o penas
crueles, inhumanos o degradantes, en vigor desde el 22 de junio de 2006, cuenta con 80
Estados parte. El último Estado en ratificarlo ha sido Mongolia (12.2.2015). También se
han adherido Belice (4.09.2015) y Ruanda (30.6.2015).
11. La Convención de los derechos del niño, en vigor desde el 2 de septiembre de 1990,
cuenta con 196 Estados partes. Durante el período considerado ha sido ratificado por
Somalia (1.10.2015). Se ha adherido Sudán del Sur (23.1.2015).
11.b. El Protocolo Facultativo relativo a la participación de niños en los conflictos
armados, en vigor desde el 12 de febrero de 2002, cuenta con 162 Estados parte. En el
período considerado recibió el instrumento de ratificación de Micronesia (26.10.2015) y los
instrumentos de adhesión de Bahamas (28.9.2015) y Kiribati (16.9.2015).
11.c. El Protocolo Facultativo sobre la venta de niños, la prostitución infantil y la
utilización de niños en la pornografía, en vigor desde el 18 de enero de 2002, cuenta con
171 Estados parte. En el período considerado recibió el instrumento de adhesión de
Bahamas (28.9.2015).
11.d. El Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a un
procedimiento de comunicaciones, en vigor desde el 14 de abril de 2014, cuenta con 17
Estados parte. En el período considerado ha sido ratificado por Argentina (14.4.2015),
Chile (1.9.2015), República Checa (2.12.2015), El Salvador (9.02.2015), Finlandia
(12.11.2015), Mongolia (28.9.2015) y Uruguay (23.02.2015). También se ha adherido
Dinamarca (7.10.2015).
13. La Convención internacional sobre la protección de los derechos de todos los
trabajadores migratorios y de sus familiares, en vigor desde el 1 de julio de 2003, cuenta
con 48 Estados parte. En el período considerado ha sido ratificado por Madagascar
(13.05.2015).
3 de mayo de 2008, cuenta con 160 Estados parte. En el período considerado ha sido
ratificada por Bahamas (28.9.2015), Kazakstán (21.04.2015), Madagascar (12.6.2015),
La problemática coordinación de la ayuda humanitaria de la Unión Europea
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Trinidad y Tobago (25.6.2015) y Vietnam (05.02.2105). Asimismo recibió la adhesión de
la República Democrática del Congo (30.9.2015), Gambia (6.7.2015), Islas Marshall
(17.03.2015) y Santo Tomé y Príncipe (5.11.2015).
15.a. El Protocolo Facultativo de la Convención sobre los derechos de las personas con
discapacidad, en vigor desde el 3 de mayo de 2008, cuenta con 88 Estados parte. En el
período considerado fue ratificado por Turquía (16.03.2015). También recibió la adhesión
de la República Democrática del Congo (30.9.2015) y Gambia (6.7.2015).
2. Consejo de Europa: novedades respecto de los principales instrumentos de derechos
humanos
2
.
A) Nuevos instrumentos en materia de derechos humanos.
El pasado 22 de octubre de 2015 se abrió a la firma en Riga el Protocolo Adicional a la
Convención para la prevención del terrorismo (CETS 217).
Este Protocolo incluye medidas que complementan las disposiciones de la Convención para
la prevención del terrorismo (CETS 196), abierta a la firma en Varsovia el 16 de mayo de
2005, entrada en vigor el 1 de junio de 2007 y que cuenta en la actualidad con 34 Estados
partes. La Convención introdujo medidas para aumentar la eficacia de los instrumentos
internacionales actualmente vigentes en materia de lucha contra el terrorismo,
estableciendo dos líneas de actuación de los Estados miembros con vistas a la prevención
del terrorismo: a) por un lado, tipificando como infracciones penales determinados actos
que pueden conducir a la comisión de delitos de terrorismo, principalmente la provocación
pública, el reclutamiento y el entrenamiento de terroristas, y b) por otro, reforzando la
cooperación para la prevención, tanto a nivel interno como internacional. Además, la
Convención contiene una disposición relativa a la protección y compensación de víctimas
del terrorismo.
El Protocolo continúa en la línea marcada por la Convención, introduciendo medidas que
den respuesta a los principales problemas detectados por los recientes atentados terroristas
imputables al mal llamado Estado Islámico. Así, obliga a tipificar como delitos penales
actos como la participación intencionada en una organización o grupo terrorista, la
recepción de entrenamiento terrorista, el hecho de viajar al extranjero con propósitos
relacionados con el terrorismo y la financiación y organización de estos viajes. El Protocolo
instaura igualmente una red de puntos de contacto nacionales disponibles las 24 horas del
día, que permiten el intercambio rápido de información.
2
Para consultar el estado de ratificación de los instrumentos int ernacionales de derechos humanos adoptados
en el marco del Consejo de Europa, puede visitarse la siguiente págin a:
http://conventions.coe.int/Treaty/Commun/ListeTraites.asp?CM=8&CL=ENG

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