Covid-19 - estrategia para la reapertura de actividades sociales, educativas y económicas en México

AuthorJorge De Presno/Juan Carlos Serra/Alvaro Gonzalez/Rodolfo Barreda/Ricardo Evangelista

En la edición matutina del Diario Oficial de la Federación del 14 de mayo de 2020, la Secretaría de Salud emitió un acuerdo en el que se establece la estrategia para la reapertura de las actividades sociales, educativas y económicas con motivo de la pandemia de Covid-19, así como un sistema de semáforo por regiones para evaluar el riesgo epidemiológico en cada entidad federativa, el cual estará vigente hasta el día en que se declare por terminada la emergencia sanitaria (el “Acuerdo”).

El Acuerdo establece que la reapertura de las actividades sociales, educativas y económicas que fueron suspendidas a consecuencia de la pandemia del COVID-19 en los términos de los acuerdos publicados en el Diario Oficial de la Federación los días 31 de marzo de 2020 y 6 de abril del mismo año, serán reiniciadas a través de una estrategia que abarca las siguientes tres etapas.

* La primera iniciará el 18 de mayo de 2020 y consiste en la reapertura sin restricciones de las actividades económicas en los municipios sin presencia de COVID-19 y que no tengan vecindad con municipios con casos confirmado de contagio.

* La segunda comprenderá del 18 al 31 de mayo de 2020 y consistirá en llevar a cabo acciones tendentes a la reapertura de actividades económicas a través de la elaboración de protocolos, capacitación a empleados, reconfiguración de espacios y filtros de acceso a los establecimiento de conformidad con los lineamientos de seguridad sanitaria en el entorno laboral que publique la Secretaría de Salud, en coordinación con las Secretarías de Economía del Trabajo y Previsión Social y del Instituto Mexicano del Seguro Social.

* La última etapa iniciará el día 1 de junio de 2020 y considera el reinicio de actividades sociales, educativas y económicas en el resto del país en atención a un sistema de “semáforo” por regiones que serán evaluadas semanalmente que se describe a continuación:

Adicionalmente, el Acuerdo amplia el listado de las actividades consideradas esenciales conforme al acuerdo diverso de fecha 31 de marzo de 2020, a las cuales se incorporan los sectores de la minería, construcción y fabricación de medios de trasporte, esta última entendida como industria automotriz y de autopartes.

Estos nuevos sectores esenciales podrán iniciar operaciones en todo el país a partir del día 1 de junio de 2020 con independencia del sistema comentado de semáforo.

Los municipios denominados de la “esperanza”, es decir aquellos sin casos de Covid-19 ni vecindad con los que si los tengan, reanudarán actividades escolares y de movilización en espacios públicos cerrados o abiertos, así como laborales esenciales y no esenciales a partir del 18 de mayo de 2020.

A más tardar el 17 de mayo de 2020 la Secretaría de Salud dará conocer los municipios que se encuentran en este grupo, así como las medidas de prevención y control que se deberán observar.

Los Socios, Consejeros y Asociados de nuestras prácticas de derecho del trabajo, administrativa y de salud, junto con los asociados de estas nos reiteramos a sus órdenes para precisar lo necesario.

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