La Corte Penal Internacional

AuthorConcepción Escobar Hernández
Pages209-216
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La Corte Penal Internacional
Concepción Escobar Hernández
I. ORIGEN Y SIGNIFICADO
La lucha contra la impunidad de los autores de la violación de importantísimos
valores internacionales, en especial el respeto de los derechos humanos y el mante-
nimiento de la paz y la seguridad internacionales, constituye uno de los objetivos
más importantes que se ha marcado la comunidad internacional en las tres últimas
décadas. Para ello se han establecido en el seno del Derecho Internacional contem-
poráneo diversos mecanismos de depuración de la responsabilidad del Estado (De-
recho Internacional de los Derechos Humanos) y del individuo (Derecho Internacio-
nal Penal) que, sin embargo, sólo en la década final del pasado siglo XX han alcanza-
do su manifestación más perfeccionada mediante la creación de tribunales penales
internacionales, encargados del enjuiciamiento de las personas que hayan cometi-
do los más graves crímenes de trascendencia internacional.1
En este proceso se inserta, como su manifestación más relevante, la Corte
Penal Internacional (CPI), único tribunal penal internacional permanente y
con vocación de universalidad, que actúa en nombre de la comunidad interna-
cional y se configura como el tribunal penal internacional de referencia.
La Corte Penal Internacional es el resultado de un proceso que se inicia for-
malmente a principios de la década de los años noventa, por mandato de la Asam-
blea General de las Naciones Unidas, y que tuvo su colofón en la Conferencia
Diplomática de Plenipotenciarios sobre el Estatuto de la Corte Penal Internacio-
nal, que se celebró en Roma en junio-julio de 1998. En la misma participaron un
alto número de Estados (más de 160) y de ONG (más de 130), así como de institu-
ciones diversas del sistema de las Naciones Unidas interesadas en la cuestión, y
se adoptó el Estatuto de la Corte Penal Internacional por una mayoría de 120
votos a favor, 21 abstenciones y tan sólo 6 votos en contra.2
El Estatuto de Roma fue adoptado el 17 de julio de 1998, fue abierto a la firma en
esta misma fecha y entró en vigor el 1 de julio de 2002, al alcanzarse el número de
60 ratificaciones exigidas por su art. 126.3 Sin duda, la rapidez con que entró en vigor
1. Para los hitos históricos relevantes en la evolución del Derecho Internacional Penal, véase «La
protección internacional de los DD HH a través del derecho penal» en el capítulo 1, VIII de esta obra.
2. Los documentos de la Conferencia de Roma pueden consultarse en el sitio web de Naciones
Unidas, en el apartado dedicado al Derecho Internacional: http://www.un.org/law/index.shtml. Por
su parte, la Corte Penal Internacional cuenta con un interesante sitio web donde puede obtenerse
información general sobre la Corte, así como informaciones detalladas y actualizadas sobre las acti-
vidades judiciales: www.icc-cpi.int. Igualmente es de interés a efectos de información el sitio web de
la Coalición de ONG para la Corte Penal Internacional: www.iccnow.org
3. España ratificó el Estatuto el 24 de octubre de 2000. La ratificación fue autorizada por la Ley
Orgánica 6/2000, de 4 de octubre (BOE n.º 239, de 5 de octubre).
Derecho_Internacional.pmd 18/09/2009, 13:28209

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