Convenio sobre el trabajo marítimo

Pages42

Page 42

La ratificación por Bahamas imprime un nuevo impulso a la campaña

NASSAU, Bahamas - Mediante el CTM, al que en ocasiones se denomina "superconvenio", gobiernos, armadores y trabajadores del mar acordaron un amplio conjunto de requisitos internacionales para proteger las condiciones de vida y de trabajo de la gente de mar y promover la buena calidad del trabajo en un sector de rápido crecimiento como el marítimo. El Convenio, concebido para proteger a los más de 1.200 millones de marinos del mundo, trata las realidades y necesidades cambiantes de un sector que maneja el 90% del comercio mundial.

La medida convierte a Bahamas en el tercer país de importancia en el sector marítimo en el mundo, tras Liberia y la República de las Islas Marshall, que ratifica el Convenio adoptado por la 94ª Conferencia Inter- nacional del Trabajo (marítima) en Ginebra, en febrero de 2006. Bahamas es el tercer mayor Estado de abanderamiento del mundo.

"Esto (la ratificación) demuestra el continuo compromiso de Bahamas con las normas internacionales del trabajo y la OIT", señaló Cleopatra Doumbia- Henry, Directora del Departamento de Normas Inter- nacionales del Trabajo de la OIT, al recibir el instrumento de ratificación de manos de las autoridades de Bahamas. "Ilustra, además, el liderazgo de Bahamas en el sector marítimo y su determinación para asegurar la buena calidad en el mismo, sobre la base de un sólido fundamento socioeconómico y del respeto al medio ambiente y a las condiciones de trabajo decente para los marinos", agregó Doumbia-Henry.

"Bahamas jugó un papel fundamental en el desarrollo y adopción final de este super Convenio", señaló por su parte Dion A. Foulkes, senador y Ministro de Asuntos Laborales y Marítimos del citado país. "Me siento orgulloso, como Ministro de ambas carteras, de haber podido ratificar este Convenio". Bahamas ha demostrado su compromiso para asegurar que los buques que enarbolan su bandera sean empresas de transporte de alta calidad. Esto implica asegurar el respeto de condiciones de trabajo decente para los marinos que trabajan en dichos buques", sostuvo Foulkes.

Este Convenio pionero establece una "carta de derechos" de la gente de mar, y se pretende que sea el "tercer pilar" en la regulación del transporte marítimo internacional, como complemento de los principales convenios de la Organización Marítima Internacional (OMI) sobre protección medioambiental y seguridad de los buques. Establece asimismo un sólido mecanismo de cumplimiento y ejecución de sus disposiciones basado en la inspección y la certificación por parte del Estado de abanderamiento de las condiciones de trabajo y vida a bordo de las embarcaciones. A tal mecanismo hay que añadir la inspección de estos buques por parte de los Estados rectores de cada puerto, con el fin de garantizar el cumplimiento permanente entre inspecciones.

El Convenio contiene también disposiciones que permiten mantener su actualización en cuanto a las necesidades del sector y contribuyen a conseguir una aplicación y una ejecución universales. En él se establecen requisitos mínimos para que la gente de mar trabaje en una embarcación, y contiene disposiciones sobre condiciones de empleo, horarios de trabajo y descanso, alojamiento, instalaciones de ocio, alimentación y servicio de fonda, protección de la salud, asistencia médica, acceso a instalaciones de bienestar y seguridad social.

Véase asimismo Mediateca, pág. 46, para obtener una descripción del Compendio de instrumentos sobre el trabajo marítimo que deben publicarse en julio de 2008.

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT