Conclusiones

AuthorMarta Lora-Tamayo Vallvé

1. CONCLUSIONES A MODO DE SÍNTESIS

  1. El tema que hemos estudiado, la representación internacional en el deporte, es una cuestión muy delicada tras la que laten no sólo intereses estrictamente deportivos, sino y sobre todo, un mar de fondo político y muchas veces histórico cuya solución parte del concepto mismo de Estado, de soberanía y de representación exterior e internacional y de la distribución competencial en estados compuestos ratione loci.

    Hay que tener muy presente en este sentido la preclara afirmación de CAZORLA que ya en 1979 sostuvo que el apoliticismo deportivo es un mito que se mantiene en buena medida por una serie de intereses que defienden bajo tal idea posturas aislacionistas y se perpetúa también en parte por una inercia, la cual, proveniente de la época inicial del deporte, nada tiene hoy que ver con su versión contemporánea. La realidad demuestra que el deporte no es aséptico políticamente hablando. Ni el campo interno, ni en el internacional.

  2. En cuanto a la organización internacional del deporte; nos encontramos ante un modelo deportivo piramidal que se integra por la necesidad de que los estatutos de cada asociación respeten los de ámbito superior en los que respectivamente se integran y que además y consecuentemente se plasma en un modelo nacional que excluye un modelo regional ( en el ámbito internacional) que podría proliferar en virtud de las distintas formas nacionales de descentralización territorial. Con independencia y marginación de las mismas el modelo es radical y esencialmente nacional, y si bien existen algunas excepciones éstas deberán ser consideradas en su mayor parte como derecho transitorio o como lo que son, excepciones y no precedentes, que es algo bien distinto.

  3. El reconocimiento de la independencia por parte de la Comunidad Internacional implica el reconocimiento de que un estado goza de soberanía, y en este sentido debemos subrayar que la diferencia entre autonomía política limitada y soberanía es clara, desde una perspectiva de Derecho Internacional.

  4. El peligro de este tipo de disposiciones en los estatutos de las Federaciones internacionales es que la aplicación incondicionada de un sistema excepcional supone una quiebra en el sistema de organización cuya consecuencia inmediata puede ser la presión de todos los territorios que están dotados de autogobierno de ser aceptados de una forma separada respecto del Estado al que pertenecen y están unidos.

  5. Los Juegos Olímpicos constituyen una plataforma ideal para construir o consolidar identidades nacionales, para intentar unificar naciones divididas, para reafirmar la centralidad o para mantener la legitimidad de ciertos Estados, y por ello no es de extrañar la pretensión, casi obsesiva del movimiento olímpico por mantener absolutamente separado el mundo olímpico de la política que tiene su reflejo en una pretendida (e imposible) independencia frente al mundo exterior que se plasma normativamente en la Carta Olímpica.

    La opción del movimiento olímpico por unos esquemas organizativos basados en lo «estatal», en lo »nacional», explican en gran medida su éxito e implantación a nivel mundial y al relegar a otras entidades que planteaban fórmulas organizativas alternativas ha permitido al movimiento olímpico asumir un indiscutible protagonismo en la regulación de la práctica deportiva.

  6. La evolución del reconocimiento por el Comité Olímpico Internacional de los diferentes Comités Olímpicos Nacionales ha pasado por distintas fases para determinar los criterios de admisión de un Comité Olímpico nacional y que muestran la capacidad de adaptación del Movimiento Olímpico para absorber los cambios políticos en la era moderna y las motivaciones deportivas y sobre todo políticas de afiliación al Movimiento Olímpico, y que tendrá como principal momento de inflexión el año 1996.

    En cuanto a la naturaleza y función política de los Comités Olímpicos Nacionales, lo que está claro es que a pesar de los pronunciamientos casi retóricos y utópicos de la Carta Olímpica, los Comités Olímpicos Nacionales se han convertido tanto en un instrumento de gestión y organización de la política deportiva dentro de un país, como en un instrumento politizado de los territorios en sus luchas y sus reivindicaciones en el ámbito internacional (reivindicaciones independentistas en su mayor parte). Por tanto esa limpia y casi naif separación de los poderes de los Comités Olímpicos Nacionales y los regímenes políticos es, hoy en día, pura especulación. El problema estriba por tanto en la utilización que se haga de ese poder político.

  7. Por esta razón, para proteger su naturaleza apolítica el COI ha debido cambiar sus reglas de reconocimiento. De lo que resulta una geografía olímpica original ya que para su establecimiento se han tenido en cuenta dos lógicas o sistemas diferentes de reconocimiento.

    8. Concepción estatal del deporte y medios de comunicación, visión negativa:

    Como señala HARGREAVES para entender la dinámica de la intervención de los estados en el Movimiento Olímpico hay que tener en cuenta que existe una interacción de numerosos agentes para evitar que los juegos olímpicos pierdan su componente nacional, pues pese a que la competición olímpica apoya el internacionalismo, también alienta un nacionalismo (entendemos por nacionalismo aquí el de corte estatal, claro está) que los medios de comunicación se encargan de difundir, al retransmitir los juegos bajo un prisma estatal. De esta forma, dice el autor, los medios y la audiencia interactúan y están en connivencia en una construcción nacionalista de los Juegos Olímpicos, reforzando una cadena de intereses que opera como sigue: los medios de comunicación al retransmitir los eventos, construyen activamente los Juegos les dotan de un sesgo nacional para evitar una caída de las audiencias ; caída que provocaría una disminución de los anunciantes y sponsors: lo que a su vez reduciría la demanda de exposición en televisión; lo que secaría una de las fuentes de financiación de los juegos y repercutiría sobre la propia organización olímpica.

    9. Criterios para el reconocimiento de los Comités Olímpicos nacionales:

    La Organización de Naciones Unidas (ONU), organización internacional por excelencia no reconoce más que 189 estados miembros, el COI reconoce 201, CON. Esta diferencia se explica por el hecho de que durante un largo periodo de tiempo el Comité Olímpico Internacional ha aplicado una forma de reconocimiento que era independiente de consideraciones políticas. Sin embargo, el COI se dio cuenta de que el reconocimiento de un país o estado olímpico mediante el reconocimiento de la existencia de su respectivo...

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