ACUERDO CONCERTADO MEDIANTE INTERCAMBIO DE CARTAS CON LA REPUBLICA DE COLOMBIA EN RELACION CON EL TRATADO SOBRE PROLIFERACION DE ARMAS NUCLEARES

Coming into Force17 May 2001
Subject MatterDesarme,Usos pacificos de la energia nuclear,Armas
Link to Original Sourcehttp://apw.cancilleria.gov.co/tratados/SitePages/VerTratados.aspx?IDT=415d8135-13c6-49f1-bca3-b83dc2c0db95
ParticipantsColombia
Organismo lnternacional de Energfa At6mica
JUNTA DE GOBERNADORES
S61o
para uso oficial
Pun to 5 b) del Orden del Dfa provisional
(GOV/2001119)
GOV /2001122
17
de mayo de 2001
Distr. RESERVADA
ESPANOL
Original: ESPANOL e INGLES
VERIFICACI6N
NUCLEAR Y SEGURIDAD DE LOS
MA
TERIALES
CONCERTACI6N DE ACUERDOS DE SALV AGUARDIAS
Acuerdo mediante intercambio de cartas con
Ia
Republica de Colombia en relacion con
el
Tratado
sobre Ia no proliferacion de las
armas
nucleares
1.
El
15
de junio de 1995,
Ia
Junta de Gobernadores del Organismo lnternacional de
Energfa Atomica (OlEA) autorizo a
Ia
Secretarfa del OlEA a confirmar, por medio de un in-
tercambio de cartas con los respectivos Estados de
Ia
region de America Latina y el Caribe,
que, entre otras cosas, los acuerdos de salvaguardias amplias que estos Estados han concerta-
do
con el OlEA con arreglo
al
Tratado para
Ia
Proscripcion de las Armas Nucleares en
Ia
America Latina y el Caribe (el Tratado de Tlatelolco) satisfacen el requisito de que los Esta-
dos parte en el Tratado sobre
Ia
no proliferacion de las armas nucleares (TNP) concierten
acuerdos de salvaguardias con el OlEA.
2.
De conformidad con
Ia
decision de
Ia
Junta,
Ia
Directora General interina propuso, en
una carta de
21
de febrero del 2001, dirigida
al
Ministro de Relaciones Exteriores de
Ia
Repu-
blica de Colombia, que se considerase que el Acuerdo concertado entre
Ia
Republica de Co-
lombia y el Organismo Internacional de Energfa Atomica para
Ia
aplicacion
de
salvaguardias
en relacion con el Tratado para
Ia
Proscripcion de las Armas Nucleares en
Ia
America Latina
y el Caribe (INFCIRC/306) satisfacfa
Ia
obligacion
de
Colombia prevista en
el
artfculo
ill
del
TNP. La Directora General interina tambien propuso que, en consecuencia, las salvaguardias
prescritas en el Acuerdo se aplicaran, en lo que respecta a Colombia, en relacion con
el
TNP
y que el Acuerdo
de
Salvaguardias permaneciera en vigor mientras Colombia fuera parte en el
TNP o el Tratado de Tlatelolco, o en ambos tratados.
3.
En una carta de
15
de marzo de 2001, dirigida
al
Director General, el Ministro de Re-
laciones Exteriores de
Ia
Republica de Colombia confirmo que las propuestas
de
Ia
Directora
Por razones de economfa, solo se ha publicado
un
numero limitado de ejemplares del presente documento. Se
ruega a los delegados que lleven a las reuniones sus propios ejemplares de los documentos.
01-3382

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