Convención Concerniente a los Derechos y Deberes de las Potencias Neutrales en Caso de Guerra Marítima

Document typeConvención
CategoryMultilateral
SubjectDerechos y deberes de los estados

Su Majestad el Emperador de Alemania, Rey de Prusia; el Presidente de la República Argentina; Su Majestad el Emperador de Austria, Rey de Bohemia, etc., y Rey Apostólico de Hungría; Su Majestad el Rey de los Belgas; el Presidente de la República de Bolivia; el Presidente de la República de los Estados Unidos del Brasil; Su Alteza Real el Príncipe de Bulgaria; el Presidente de la República de Chile; el Presidente de la República de Colombia; Su Majestad el Rey de Dinamarca; el Presidente de la República Dominicana; el Presidente de la República del Ecuador; el Presidente de la República Francesa; Su Majestad el Rey del Reino Unido de la Gran Bretaña é Irlanda y de los Territorios Británicos de Allende los Mares, Emperador de las Indias; Su Majestad el Rey de los Helenos; el Presidente de la República de Guatemala; el Presidente de la República de Haití; Su Majestad el Rey de Italia; Su Majestad el Emperador del Japón; Su Alteza Real el Gran Duque de Luxemburgo, Duque de Nassau; el Presidente de los Estados Unidos Mexicanos; Su Alteza Real el Príncipe de Montenegro; Su Majestad el Rey de Noruega; el Presidente de la República de Panamá; el Presidente de la República del Paraguay; Su Majestad la Reina de los Países Bajos; el Presidente de la República del Perú; Su Majestad Imperial el Schah de Persia; Su Majestad el Rey de Portugal y de los Algarves, etc.; Su Majestad el Rey de Rumania; Su Majestad el Emperador de Todas las Rusias; el Presidente de la República de El Salvador; Su Majestad el Rey de Servia; Su Majestad el Rey de Siam; Su Majestad el Rey de Suecia; el Consejo Federal Suizo; Su Majestad el Emperador de los Otomanos; el Presidente de la República Oriental del Uruguay; el Presidente de los Estados Unidos de Venezuela :

A fin de disminuir la diversidad de opiniones que, en caso de guerra marítima, existen todavía respecto de las relaciones entre las Potencias neutrales y los beligerantes, y de prevenir las dificultades á que esta diversidad de opiniones pudiera dar lugar;

Considerando que, si no se pueden concertar desde ahora estipulaciones que comprendan todas las circunstancias que se lleguen á presentar en la práctica, será no obstante de una utilidad incontestable establecer, hasta donde fuere posible, reglas comunes para el caso en que desgraciadamente la guerra llegase á estallar;

A Su Excelencia el Señor barón Guillaume, Su enviado extraordinario y ministro plenipotenciario en La

Haya, miembro de la Academia Real de Rumania.

El Presidente de la República de Bolivia:

A Su Excelencia el Señor Claudio Pinilla, ministro de negocios extranjeros de la República, miembro de la corte permanente de arbitraje;

A Su Excelencia el Señor Fernando E. Guachalla, ministro plenipotenciario en Londres.

El Presidente de la República de los Estados Unidos del Brasil:

A Su Excelencia el Señor Ruy Barbosa, embajador extraordinario y plenipotenciario, miembro de la corte permanente de arbitraje;

A Su Excelencia el Señor Eduardo F.S. dos Santos Lisboa, enviado extraordinario y ministro plenipotenciario en La Haya.

Su Alteza Real el Príncipe de Bulgaria:

Al Señor Vrban Vinaroff, mayor-general del estado mayor, Su general de séquito;

Al Señor Ivan Karandjouloff, procurador general de la corte de casación.

El Presidente de la República de Chile:

A Su Excelencia el Señor Domingo Gana, enviado extraordinario y ministro plenipotenciario de la República en Londres;

A Su Excelencia el Señor Augusto Matte, enviado extraordinario y ministro plenipotenciario de la República en Berlín;

A Su Excelencia el Señor Carlos Concha, antiguo ministro de la guerra, antiguo presidente de la cámara de diputados, antiguo enviado extraordinario y ministro plenipotenciario en Buenos Aires.

El Presidente de la República de Colombia:

Al Señor Jorge Holguín, general;

Al Señor Santiago Pérez Triana;

A Su Excelencia el Señor Marceliano Vargas, general, enviado extraordinario y ministro plenipotenciario de la República en París.

Su Majestad el Rey de Dinamarca:

A Su Excelencia el Señor Constantin Brun, Su chambelán, Su enviado extraordinario y ministro plenipotenciario en Washington;

Al Señor Christian Frederik Scheller, contra-almirante;

Al Señor Axel Vedel, Su chambelán, jefe de sección en el ministerio Real de negocios extranjeros.

El Presidente de la República Dominicana:

Al Señor Francisco Henriquez y Carvajal, antiguo secretario de estado en el ministerio de negocios extranjeros de la República, miembro de la corte permanente de arbitraje;

Al Señor Apolinar Tejera, rector del instituto profesional de la República, miembro de la corte permanente de arbitraje.

El Presidente de la República del Ecuador:

A Su Excelencia el Señor Víctor Rendón, enviado extraordinario y ministro plenipotenciario de la República en París y en Madrid;

Al Señor Enrique Dorn y de Alsúa, encargado de negocios.

El Presidente de la República Francesa:

A Su Excelencia el Señor León Bourgeois, embajador extraordinario de la República, senador, antiguo presidente del consejo de ministros, antiguo ministro de negocios extranjeros, miembro de la corte permanente de arbitraje;

Al Señor barón; d'Estqurnelles de Constant senador, ministro plenipotenciario de primera clase, miembro de la corte permanente de arbitraje;

Al Señor Luis Renault, profesor en la facultad de derecho en la universidad de París, ministro plenipotenciario honorario, jurisconsulto del ministerio de negocios extranjeros, miembro del instituto de Francia, miembro de la corte permanente de arbitraje;

A Su Excelencia el Señor Marcellin Pellet, enviado extraordinario y ministro plenipotenciario de la República Francesa en La Haya.

Su Majestad el Rey del Reino Unido de la Gran Bretaña é Irlanda y de los Territorios Británicos de Allende los Mares, Emperador de las Indias:

A Su Excelencia el Muy Honorable Sir Edward Fry, G.C.B., miembro del consejo privado, Su embajador extraordinario, miembro de la corte permanente de arbitraje;

A Su Excelencia el Muy Honorable Sir Ernest Masón Satow, G.C.M.G, miembro del consejo privado, miembro de la corte permanente de arbitraje;

A Su Excelencia el Muy Honorable Donald James Mackay barón Reay, G.C.S.L, G.C.I.E., miembro del consejo privado, antiguo presidente del instituto de derecho internacional;

A Su Excelencia Sir Henry Howard, K.C.M.G., C.B., Su enviado extraordinario y ministro plenipotenciario en La Haya.

Su Majestad el Rey de los Helenos:

A Su Excelencia el Señor Cléon Rizo Rangabé, Su enviado extraordinario y ministro plenipotenciario en Berlín;

Al Señor Georges Streit, profesor de derecho internacional en la universidad de Atenas, miembro de la corte permanente de arbitraje.

El Presidente de la República de Guatemala:

Al Señor José Tible Machado, encargado de negocios de la República en La Haya y en Londres, miembro de la corte permanente de arbitraje;

Al Señor Enrique Gómez Carillo, encargado de negocios de la República en Berlín. :

El Presidente de la República de Haití:

A Su Excelencia el Señor Jean Joseph Dalbémar, enviado extraordinario y ministro plenipotenciario de la República en París;

A Su Excelencia el Señor J.N. Léger, enviado extraordinario y ministro plenipotenciario de la República en Washington;

Al Señor Fierre Hudicourt, antiguo profesor de derecho internacional público, abogado en el foro de Puerto Príncipe.

Su Majestad el Rey de Italia:

A Su Excelencia el conde Joseph Tornielli Brusati Di Vergano, senador del Reino, embajador de Su Majestad el Rey en París, miembro de la corte permanente de arbitraje, presidente de la delegación Italiana;

A Su Excelencia el Señor comendador Guido Pompilj, diputado en el parlamento, subsecretario de estado en el ministerio Real de negocios extranjeros;

Al Señor comendador Guido Fusinato, consejero de estado, diputado en el parlamento, antiguo ministro de instrucción.

Su Majestad el Emperador del Japón:

A Su Excelencia el Señor Keiroku Tsudzuki, Su embajador extraordinario y plenipotenciario;

A Su Excelencia el Señor Aimaro Sato, Su enviado extraordinario y ministro plenipotenciario en La Haya.

Su Alteza Real el Gran Duque de Luxemburgo, Duque de Nassau:

A Su Excelencia el Señor Eyschen, Su ministro de estado, presidente del Gobierno Gran Ducal;

Al Señor conde de Villers, encargado de negocios del Gran Ducado en Berlín.

El Presidente...

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