Sobre el concepto de materia civil y mercantil en el Reglamento 1215/2012: la Sentencia del TJUE de 15 de noviembre de 2018 en el asunto C-308/17

AuthorElisa Torralba Mendiola
Pages2-8
[37] REVISTA ELECTRÓNICA DE ESTUDIOS INTERNACIONALES (2019)
- 2 -
DOI: 10.17103/reei.37.16
SOBRE EL CONCEPTO DE MATERIA CIVIL Y MERCANTIL EN
EL REGLAMENTO 1215/2012: LA SENTENCIA DEL TJUE DE 15
DE NOVIEMBRE DE 2018 EN EL ASUNTO C-308/17.
Elisa Torralba Mendiola
I. HECHOS
En su sentencia en el asunto C-308/17, el TJUE ha establecido que no es un litigio
comprendido en el ámbito de aplicación del Reglamento 1215/2012, Bruselas I bis (RBI
bis), aquél en el que una persona física que suscribió deuda pública de un Estado miembro
interpone una demanda contra éste para oponerse al canje de dicha deuda pública por
títulos de valor inferior, en un caso en el que el canje lo impuso una ley adoptada por el
legislador nacional en circunstancias excepcionales, que modificó con carácter unilateral
y retroactivo las condiciones de la deuda, mediante el establecimiento de una cláusula de
acción colectiva que permite que una mayoría de tenedores de los títulos imponga el canje
a la minoría (ECLI:EU:C:2018:911).
El TJUE responde de esta manera a la cuestión prejudicial planteada por el Tribunal
Supremo de lo Civil y Penal de Austria en el marco de un litigio entre el Sr. Kuhn, con
domicilio en Viena, y el Estado griego. El primero había suscrito, por medio de un banco
depositario establecido en Austria, deuda pública de la República Helénica. Dicha deuda
estaba sujeta a Derecho griego y cotizaba en la Bolsa de Atenas. Los valores de la deuda
estaban representados mediante anotaciones en cuenta registrados en el sistema de
anotaciones del Banco Central griego, si bien los títulos de deuda pública, que vencían el
20 de febrero de 2012, se anotaron contablemente en la cuenta de títulos valores
titularidad del Sr. Kuhn en la entidad depositaria. Se trataba de valores al portador que,
de conformidad con las condiciones de suscripción, otorgaban al titular el derecho a la
amortización del capital al vencimiento y al pago de intereses.
La República Helénica efectuó la conversión de los títulos de deuda suscritos por el Sr.
Kuhn, que fueron canjeados por títulos nuevos con un valor nominal inferior, al amparo
de la Ley 4050/2012, que venía, a su vez, motivada por el contexto de la crisis económica
griega y del “rescate” por parte de la UE. El Sr. Kuhn vendió posteriormente sus títulos
de deuda, sufriendo, según sus alegaciones, una pérdida económica como consecuencia
de la modificación a la baja del valor nominal. En esas circunstancias, interpuso una
demanda contra la República Helénica ante el Tribunal Regional de lo Civil de Viena a
fin de obtener el cumplimiento de las condiciones originales de suscripción de la deuda
en cuestión o una indemnización por su incumplimiento. Este tribunal se declaró
incompetente y, por sucesivos recursos, la cuestión llegó al Tribunal Supremo de lo Civil
y Penal de Austria, que planteó al TJUE la cuestión prejudicial que da lugar a esta
sentencia.
Profesora Titular de Derecho internacional privado. Universidad Autónoma de Madrid.

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