Carrascosa González, Javier: Matrimonio y elección de ley

AuthorJesús L. De Paz Martín
Pages705-708

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CARRASCOSA GONZÁLEZ, Javier: Matrimonio y elección de ley, Granada, Comares, 2000, 274 páginas.

  1. A pesar de la actual existencia en España de una clara tendencia doctrinal encaminada hacia el tratamiento de cuestiones relacionadas con el comercio internacional, existen problemas en el ámbito del Derecho Internacional Privado de Familia, cuya actualidad y trascendencia demandan un tratamiento pormenorizado. Así, nos encontramos con esta monografía, en la que el autor, partiendo del difícil encaje de la figura jurídica del matrimonio en los supuestos privados internacionales, debido a las diversas concepciones que sobre la misma existen en los diferentes ordenamientos estatales, analiza los problemas de derecho aplicable que la mencionada figura presenta, desde su celebración, hasta su disolución. Dicho análisis lo aborda teniendo como principal referencia la posible incursión de la autonomía de la voluntad, como punto de conexión, y las diferentes formas de manifestación de la misma. Antes de pasar a analizar el contenido de la obra, debemos destacar, realizando una aproximación global, la buena estructuración que posee la misma, la plasmación de un importante conocimiento del derecho comparado y la inclusión de numerosos ejemplos clarificadores que, por una parte, denotan el vasto conocimiento de campo del autor, y que, por otra parte, proporcionan un importante complemento para aquellos lectores menos avezados.

  2. En la primera parte de la monografía, el autor, tras realizar una previa y breve reflexión acerca del objeto del estudio, señala, en primer lugar, cuáles han sido tradicionalmente los puntos de conexión fijados por los legisladores nacionales para determinar la ley aplicable al matrimonio (capítu- Page 706lo II); en segundo lugar, determina las formas en las que puede manifestarse la autonomía de la voluntad en este sector del ordenamiento jurídico (capítulo II, in fine); y por último, establece cuáles son las causas por las que dicha manifestación se ha hecho necesaria y por las cuales, desde su punto de vista, se hace aún más necesaria (capítulo III).

    En cuanto a los puntos de conexión establecidos por los diferentes legisladores nacionales, el autor, antes de iniciar su análisis, cuya principal perspectiva no es otra que la histórica, subraya el problema que plantea la aplicación del principio de calificación ex lege fori, que recoge el art. 12.1.° de nuestro Código civil, en el Derecho matrimonial. En la actualidad, como se ha señalado anteriormente, coexisten diferentes concepciones o caracterizaciones jurídicas nacionales del matrimonio. La mencionada coexistencia provoca que la asunción en todos sus términos del principio que recoge el art. 12.1.° Cc, podría conducir a la no aplicación de las normas de conflicto españolas referentes al matrimonio a instituciones que, en otros Estados, cumplen una función similar al matrimonio. Para ello, el autor, tras la realización de una clasificación sintetizada de los diferentes modelos matrimoniales existentes y obviando sus diferencias, propone (no podía ser de otra forma), en virtud de una calificación funcional, la aplicación de las normas de D.I.Pr. español sobre matrimonio a dichas instituciones o modelos matrimoniales alejados de la concepción occidental.

    Entrando en el análisis de los puntos de conexión fijados en las diferentes épocas históricas, teniendo en cuenta que el mismo se realiza, esencialmente, a partir de la época estatutaria, el autor subraya la inexistente necesidad en un primer momento del establecimiento de los mismos, con relación a la validez del matrimonio (aprox. siglos X-XIV). Esto, aunque a la hora de encontrar el origen de la regla inicialmente adoptada es matizado por el autor, es debido a la concepción sacramental del matrimonio y a la vocación universal que presenta el derecho canónico en la...

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