Las características fundamentales del crimen de agresión

AuthorIlich Felipe Corredor Carvajal
Pages61-61
61
Capítulo I. Las características fundamentales
del crimen de agresión
Hoy en día la especicidad del crimen de agresión está determinada por aque-
llo que la Conferencia de Revisión decidió y en los términos en los que lo hizo.
Solamente las características propias de la infracción prevista actualmente en
el artículo 8 bis del Estatuto de Roma permiten establecer si la elección fue
correcta, si la denición conrma el Derecho internacional existente en la
materia y si ella representa una evolución y un paso hacia adelante en la lucha
contra la impunidad de los crímenes más graves. El análisis en esta oportuni-
dad comprenderá tanto los elementos constitutivos y dominantes del crimen
(S-I), como las particularidades de la denición que no pueden recibir un
respaldo uniforme (S-II). Así, al nal se tratará de saber si la denición actual
del crimen de agresión presenta una verdadera especicidad.
Sección I. Los elementos dominantes en la denición
de la infracción
La denición del crimen de agresión adoptada durante la Conferencia de Re-
visión está estrechamente vinculada a su historia y, sobre todo, a la resolución
3314 de 1974, porque esta además de prever una denición de la agresión en
Derecho internacional, sirvió de base y facilitó el acuerdo de los participantes
en razón del gran apoyo con el que contaba. Sin ninguna duda, la denición de
la infracción reeja el apego a la historia, el triunfo del enfoque diferenciado
y, en consecuencia, la aplicabilidad de la parte III del Estatuto a condición de
que las consideraciones que serán presentadas a continuación sean respetadas.
Según el anexo I de la resolución RC/Res. 6 – artículo 8 bis parágrafo 1 – hoy
en día, para los efectos del Estatuto de Roma:

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