Capítulo Cuarto. Los presupuestos formales de la resolución
| Author | Karine Pacheco dos Santos |
| Pages | 385-425 |
385
LA RESOLUCIÓN P OR INCUMP LIMIENTO SEGÚ N LA CONVENCI ÓN DE VIENA SOB RE
LOS CONTRATOS DE COMPRAVENTA INTERNACIONAL DE MERCADERÍAS
CAPÍTULO CUARTO
LOS PRESUPUESTOS FORMALES
DE LA RESOLUCIÓN
Sumario: 1. La necesidad de notificación de la resolución.
1.1. Requisitos de la notificación. (a) Contenido. (b) Forma
y posibilidad de declaraciones implícitas. (c) Destinatario y
resolución mediante demanda judicial o arbitral. (d) Lími-
te temporal de la declaración (remisión). (e) Posibilidad de
acumulación de declaraciones. 1.2. Riesgo de transmisión y
revocabilidad. 2. La necesidad de una actuación tempestiva.
2.1. Actuación tempestiva desde la posición del comprador.
(a) El vendedor aún no ha entregado las mercaderías. (b) El
vendedor ha entregado las mercaderías, pero con retraso. (c)
El vendedor ha entregado las mercaderías, pero ha incurrido
en un incumplimiento distinto de la entrega tardía. (i) que
el comprador haya tenido o debiera haber tenido conoci-
miento del incumplimiento. (ii) después del vencimiento del
Nachfrist o rechazo al cumplimiento por parte del vende-
dor. (iii) después del vencimiento del plazo suplementario
indicado por el vendedor conforme al artículo 48.2 CV (de-
recho de subsanación), o después de que el comprador haya
declarado que no aceptará el cumplimiento. 2.2. Actuación
tempestiva desde la posición del vendedor. (a) El comprador
no ha pagado el precio. (b) Cumplimiento tardío. (c) Incum-
plimiento distinto del cumplimiento tardío. 2.3. Límite tem-
poral de la declaración de resolución. 2.4. Relación entre la
KARINE PACHECO DOS SANTOS
386 COLECCIÓN DE D ERECHO MERCAN TIL
En este capítulo se estudiarán los presupuestos formales de la resolu-
ción por incumplimiento, que engloba algunas cuestiones procesales reco-
gidas en la Convención. Pese a que se trata de una regulación de derecho
material, la Convención regula algunos aspectos de índole procesal. Por lo
que re233specta a la resolución por incumplimiento, interesa analizar la
necesidad de notificación de la resolución (artículo 26 CV), la necesidad
de una actuación tempestiva (artículos 49.2 y 64.2 CV) y la prohibición de
concesión de un plazo de gracia (artículos 45.3 y 61.3 CV).
Al respecto, la Convención supera la LUCI al eliminar la posibilidad
de la resolución ipso facto, que generaba gran incertidumbre. No obstante, al
no exigir una forma específica para la notificación de la resolución, se per-
mite las declaraciones orales, que pueden ocasionar dificultades de prueba.
Más problemático aún es el supuesto de las declaraciones implícitas, que
pueden generar dudas respecto a la declaración de resolución similares a
las ocasionadas por la resolución ipso facto.
Asimismo, cabe abordar la necesidad de una actuación tempestiva
tanto por parte del comprador como del vendedor que quieran declarar la
resolución. También se analizará si debe existir un límite temporal a la de-
claración incluso en aquellos supuestos en los que la Convención no regula
expresamente la necesidad de declaración la resolución en un plazo razo-
nable. Finalmente, resultará de interés tratar de determinar hasta cuándo
el emisor puede modificar o revocar su declaración.
1. LA NECESIDAD DE NOTIFICACIÓN
DE LA RESOLUCIÓN
La buena fe y el trato equitativo exigen que la parte que desee resolver
un contrato lo notifique a la parte incumplidora. Esta última deberá tener
necesidad de actuación tempestiva y el derecho a resolver. 3.
Prohibición de la concesión de un plazo de gracia.
LOS PRESUPUESTOS FORMALES DE L A RESOLUCIÓN
387
LA RESOLUCIÓN P OR INCUMP LIMIENTO SEGÚ N LA CONVENCI ÓN DE VIENA SOB RE
LOS CONTRATOS DE COMPRAVENTA INTERNACIONAL DE MERCADERÍAS
la oportunidad de tomar las medidas necesarias en relación con las merca-
derías a su disposición y con el precio a abonar. La incertidumbre respecto
a si el cumplimiento del contrato ha sido aceptado por la otra parte podría
ocasionar en no pocos casos pérdidas a la parte incumplidora, que segura-
mente serán superiores a los posibles inconvenientes de la parte declarante
por remitir una notificación1168.
La resolución en la Convención está sujeta a una serie de requisi-
tos1169, entre ellos, el de notificación a la parte incumplidora1170. Se trata
de un requisito de carácter procesal, que contrasta con el resto de presu-
puestos de carácter material. La resolución ni se produce automáticamente
como ocurría en la LUCI, ni tampoco resulta necesaria la intervención ju-
dicial, tal y como se expondrá a continuación.
El artículo 26 CV refleja la idea de la resolución del contrato como un
remedio de autoayuda: las partes están facultadas para resolver el contrato
conforme a su propia autoridad y sin necesidad de intervención judicial1171.
1168 Así lo indica, en relación a los PECL, Lando, oLe; BeaLe, HugH: Principles of Eu-
ropean Contract Law, ob. cit., p. 414, comentario A.
1169 Como se ha expuesto en los apartados anteriores, para que haya resolución es
necesario, básicamente, que: (i) exista un incumplimiento esencial o un incumpli-
miento no esencial al que se aplique el Nachfrist; (ii) una declaración de resolución;
(iii) que dicha declaración se realice dentro de los límites temporales fijados en los
artículos 49.2 ó 64.2 CV; (iv) en el caso de resolución por parte del comprador,
que sea posible la restitución de las mercaderías o que este se pueda acoger a las
excepciones del artículo 82 CV; y (v) que el incumplimiento de una parte no haya
sido ocasionado por la otra (artículo 80 CV).
1170 jacoBs, cHristoPHer M.: «Notice of Avoidance under the CISG: A Practical Exa-
mination of Substance and Form Considerations, the Validity of Implicit Notice,
and the Question of Revocability», University of Pittsburgh Law Review, vol. 64,
Winter 2003, p. 407.
1171 Se trata de un punto pacífico en la doctrina: FountouLakis, cHristiana: «Article 26»,
en scHwenzer, ingeBorg: Commentary on the UN Convention on the International sale
of goods (CISG), 4ª edición, Oxford University Press, Oxford, 2016, p. 462, párr. 3; ca-
BaniLLas sÁncHez, antonio: «Artículo 26» en díez-Picazo et aL.: La compraventa
internacional de mercaderías, comentario de la Convención de Viena, Civitas, Madrid, 1998,
Get this document and AI-powered insights with a free trial of vLex and Vincent AI
Get Started for FreeUnlock full access with a free 7-day trial
Transform your legal research with vLex
-
Complete access to the largest collection of common law case law on one platform
-
Generate AI case summaries that instantly highlight key legal issues
-
Advanced search capabilities with precise filtering and sorting options
-
Comprehensive legal content with documents across 100+ jurisdictions
-
Trusted by 2 million professionals including top global firms
-
Access AI-Powered Research with Vincent AI: Natural language queries with verified citations
Unlock full access with a free 7-day trial
Transform your legal research with vLex
-
Complete access to the largest collection of common law case law on one platform
-
Generate AI case summaries that instantly highlight key legal issues
-
Advanced search capabilities with precise filtering and sorting options
-
Comprehensive legal content with documents across 100+ jurisdictions
-
Trusted by 2 million professionals including top global firms
-
Access AI-Powered Research with Vincent AI: Natural language queries with verified citations
Unlock full access with a free 7-day trial
Transform your legal research with vLex
-
Complete access to the largest collection of common law case law on one platform
-
Generate AI case summaries that instantly highlight key legal issues
-
Advanced search capabilities with precise filtering and sorting options
-
Comprehensive legal content with documents across 100+ jurisdictions
-
Trusted by 2 million professionals including top global firms
-
Access AI-Powered Research with Vincent AI: Natural language queries with verified citations
Unlock full access with a free 7-day trial
Transform your legal research with vLex
-
Complete access to the largest collection of common law case law on one platform
-
Generate AI case summaries that instantly highlight key legal issues
-
Advanced search capabilities with precise filtering and sorting options
-
Comprehensive legal content with documents across 100+ jurisdictions
-
Trusted by 2 million professionals including top global firms
-
Access AI-Powered Research with Vincent AI: Natural language queries with verified citations
Unlock full access with a free 7-day trial
Transform your legal research with vLex
-
Complete access to the largest collection of common law case law on one platform
-
Generate AI case summaries that instantly highlight key legal issues
-
Advanced search capabilities with precise filtering and sorting options
-
Comprehensive legal content with documents across 100+ jurisdictions
-
Trusted by 2 million professionals including top global firms
-
Access AI-Powered Research with Vincent AI: Natural language queries with verified citations