Bucher, Andreas y Bonomi, Andrea: Droit international privé

AuthorJulio D. González Campos
Pages533-534

Page 533

BUCHER, ANDREAS Y BONOMI, Andrea: Droit international privé, Basilea-Ginebra- Munich, Helbing & Lichtenhahn, 2001, xxi + 356 páginas.

  1. Del primero de los autores ya habíamos admirado su exposición general del DIPr. suizo (Droit international privé suisse, t.I/1, Partie generale-Conflits de jurisdictions, 1998, t.I/2, Partie generale-Droit aplicable, 1995, t.II, Personnes, Famille, Successions, 1992) en la que se aplicaba un profundo conocimiento teórico a la interpretación de las disposiciones de la Ley Federal de 18 de diciembre de 1987 que han dado unidad y modernizado este sistema. Pero aun contando con tan excelente base, el primer dato que me parece importante destacar de esta obra, a la que ahora se une Andrea Bonomi, es el objetivo poco usual que ambos autores se proponen alcanzar.

    En efecto, nos dicen que el estudiante ´se halla con frecuencia sobrecargado de informaciones imposibles de asimilar durante su programa de estudio. Mientras que en un medio jurídico cada vez más desarrollado, complejo o agobiante, la literatura jurídica tiende al análisis en profundidad y exhaustivo, desdeñando con frecuencia la óptica más modesta del jurista que comienzaª. Por ello, se agrega, ´esta obra, en cuanto guía para el conocimiento del método y del derecho positivo, trata de dar una respuesta a las necesidades de los estudiantes que siguen el curso general de DIPr. Y se dirige igualmente a los prácticos del Derecho deseos de volver a encontrar los puntos de referencia de una materia frecuentemente complejaª, para que con los fundamentos así adquiridos puedan proceder a un estudio más profundo y detenido de una u otra de las multiples facetas del DIPr.

    El propósito de los autores, pues, es el de ofrecer una obra general sobre el DIPr. en la que estudiantes y prácticos puedan hallar, en las trescientas cuarenta y cinco páginas de la exposición, los elementos básicos del sistema suizo. Lo que ha entrañar para ellos, a mi entender, una doble exigencia : llevar a cabo una adecuada selección de cuáles son los elementos fundamentales en cada tema y proceder con una obligada sobriedad en su exposición, sin desdeñar, sin embargo, el rigor ni la referencia a problemas actuales del sistema de DIPr. o a los datos de la jurisprudencia.

  2. Tal propósito, a mi entender, ha sido alcanzado muy satisfactoriamente, pues se trata de una obra que, aun siendo deliberadamente breve, es sin embargo tan sugestiva como la más extensa que ha servido de base...

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