El brote del virus del Ébola en África occidental como amenaza para la paz y la seguridad internacionales

AuthorLuis M. Hinojosa Martínez
PositionCatedrático de Derecho internacional público Universidad de Granada
Pages258-262

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  1. En una iniciativa sin precedentes el pasado 18 de septiembre de 2014 el Consejo de Seguridad determinó unánimemente —mediante su Resolución 2177 (2014)— que el brote del virus del Ébola que estaba afectando a diversos países de África Occi-dental, principalmente Guinea, Liberia y Sierra Leona, constituía una «amenaza para la paz y la seguridad internacionales». La importancia de este pronunciamiento plan-tea diversas cuestiones que pueden ser objeto de análisis desde la perspectiva jurídicointernacional. La primera constatación gira en torno al hecho de que, en los últimos años, el Consejo de Seguridad ha ido ampliando el concepto de mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales, convirtiéndose en un auténtico directorio mun-dial con capacidad para activar sus poderes y considerar determinadas situaciones como amenazas a la paz y la seguridad internacionales; y, en consecuencia, adoptar recomendaciones y decisiones en múltiples esferas, a las que ahora debe añadirse el ámbito de la salud global.

    En la Cumbre Mundial 2005 se evidenció, a mi entender, la naturaleza amplia, diversa e interconectada de las amenazas a la paz y seguridad internacionales. Se plasmaba, así, un consenso colectivo en relación con la consideración de que deter-minadas amenazas a la salud global podían también constituir amenazas para la paz y la seguridad internacionales. Por lo que se refiere a los temas de salud global se trataba de un planteamiento reactivo al hecho de que, en las últimas décadas, hemos estado asistiendo a la emergencia de nuevas enfermedades infecciosas de rápida propagación, como el VIH/SIDA, o el Síndrome Agudo Respiratorio Severo (SARS), o la gripe aviar, lo que se ha complementado con la reemergencia de enfermedades que aparentemente habían sido controladas, como la tuberculosis, o con la persistencia del grave problema de la malaria, endémica en muchos países en desarrollo, o de las enfermedades tropicales desatendidas.

    El que el Consejo de Seguridad haya determinado ahora, por vez primera, que un problema de salud global —como este brote del virus del Ébola— constituye una amenaza para la paz y la seguridad internacionales debe situarse en el contexto de previos pronunciamientos del Consejo en relación con el VIH/SIDA del año 2000 [Resolución 1308 (2000), de 17 de julio] y del año 2011 [Resolución 1983 (2011), de 7 de junio]. En ambos casos, el Consejo de Seguridad se pronunciaba sobre los riesgos y consecuencias para la seguridad de un problema sanitario y sobre la manera de hacerle frente, limitándose a expresar su preocupación, reclamando acción y coordinación internacional y, en todo caso, vinculando las consecuencias de la epidemia a las situaciones de conflicto. Es decir, el Consejo venía a considerar la epidemia del

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    VIH/SIDA como un elemento importante —pero sólo esto— en el contexto del mantenimiento de la paz y seguridad internacionales. Lo más relevante es, precisamente, que la resolución objeto de este comentario opera un importante salto cualitativo al considerar que esta crisis sanitaria «constituye» una amenaza para la paz y la seguridad internacionales.

  2. El virus del Ébola es una epizootia cuyos principales huéspedes son algunas especies de murciélagos que actúan como reservorios naturales. Se trata de una fiebre hemorrágica muy virulenta, de gran morbilidad y que se contagia por el contacto directo con las excreciones y los fiuidos corporales de una persona infectada. Desde que el virus fue descubierto y descrito en 1976, diversos brotes en el continente africano no han comportado, sin embargo, una investigación farmacéutica suficientemente importante como...

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