PROTOCOLO ADICIONAL AL ACUERDO ENTRE LA REPUBLICA DE COLOMBIA Y EL ORGANISMO INTERNACIONAL DE ENERGIA ATOMICA PARA LA APLICACION DE SALVAGUARDIAS EN RELACION CON EL TRATADO PARA LA PROSCRIPCION DE LAS ARMAS NUCLEARES EN LA AMERICA LATINA

Coming into Force05 March 2009
Subject MatterAcuerdos de sede
Link to Original Sourcehttp://apw.cancilleria.gov.co/tratados/SitePages/VerTratados.aspx?IDT=f3ec397a-5ed4-490d-83f2-a779e354acda
ParticipantsColombia
PROTOCOLO ADICIONAL
AL
ACUERDO ENTRE LA REPUBLICA DE COLOMBIA
Y EL ORGANISMO INTERNACIONAL DE ENERGIA ATOMICA
PARA
LA
APLICACION
DE
SAL V AGUARDIAS EN RELACION CON EL
TRA
TADO
PARA
LA
PROSCRIPCION DE LAS ARMAS NUCLEARES
EN
LA
AMERICA LATINA
CONSIDERANDO que la Republica de Colombia (en adelante denominada
"Colombia") y el Organismo Intemacional de Energia At6mica (en adelante denominado el
"Organismo") son partes
en
un
Acuerdo para la aplicaci6n de salvaguardias en relaci6n con el
Tratado
para
la Proscripci6n de las Armas Nucleares
en
la America Latina (en adelante
denominado el "Acuerdo de salvaguardias"), que entr6
en
vigor el 22 de diciembre de 1982, y
que de conformidad
con
un
Intercambio de Cartas que entr6
en
vigor el
13
de junio de 2001,
tambien se aplica
en
relaci6n
con
el Tratado sobre la no proliferaci6n de las armas nucleares;
CONSCIENTES del deseo de
la
comunidad intemacional de seguir reforzando la no
proliferaci6n nuclear mediante el fortalecimiento de la eficacia y el aumento de
la
eficiencia
del sistema de salvaguardias del Organismo;
RECORDANDO que al aplicar salvaguardias el Organismo debe tener en cuenta la
necesidad de: evitar la obstaculizaci6n del desarrollo econ6mico y tecnol6gico de Colombia
o de la cooperaci6n intemacional
en
la esfera de las actividades nucleares pacificas; respetar
la salud, la seguridad, la protecci6n fisica y las demas disposiciones de seguridad que esten en
vigor y los derechos de las personas; y adoptar todas las precauciones necesarias para
proteger los secretos comerciales, tecnol6gicos e industriales, asi como las otras
informaciones confidenciales que lleguen a su conocimiento;
CONSIDERANDO que la frecuencia e intensidad de las actividades descritas
en
el
presente Protocolo deberan ser las minimas requeridas para el objetivo de fortalecer la
eficacia y aumentar
la
eficiencia de las salvaguardias del Organismo;
Colombia y el Organismo acuerdan lo siguiente:
RELACION ENTRE
EL
PROTOCOLO Y EL ACUERDO DE SALV AGUARDIAS
Articulo 1
Las disposiciones del Acuerdo de Salvaguardias se aplicaran al presente Protocolo en
la medida en que tengan pertinencia y sean compatibles con las disposiciones de este
Protocolo.
En
caso de conflicto entre las disposiciones del Acuerdo de Salvaguardias y las
del presente Protocolo, se aplicaran las disposiciones del Protocolo.
SUMINISTRO DE INFORMACION
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Articulo 2
a.
Colombia presentara al Organismo una declaracion que contenga:
i) Una descripcion general, e informacion que especifique su ubicacion, de las
actividades de investigacion y desarrollo relacionadas con el ciclo del
combustible nuclear que no comprendan materiales nucleares efectuadas en
cualquier lugar que esten financiadas, especificamente autorizadas o
controladas por Colombia, o que se realicen en nombre de Colombia.
ii) La informacion indicada por el Organismo sobre la base de la prevision de
aumentos de eficacia y eficiencia, y que cuente con la aceptacion de Colombia,
sobre las actividades operacionales de importancia para las salvaguardias
efectuadas en instalaciones y en aquellos lugares fuera
de
las instalaciones en
que habitualmente se utilicen materiales nucleares.
iii) Una descripcion general de cada edificio dentro de cada emplazamiento, de su
utilizacion y, cuando no se desprenda de man era evidente de dicha
descripcion, la descripcion de su contenido. La descripcion incluira un mapa
del emplazamiento.
iv) Una descripcion de la magnitud de las operaciones correspondientes a cada
uno de los lugares en que se efectuen las actividades especificadas en el
Anexo I del presente Protocolo.
v) Informacion en la que se especifiquen la ubicacion, el estado operacional y la
capacidad de produccion anual estimada de las minas y plantas de
concentracion de uranio y las plantas de concentracion de torio, y la actual
produccion anual de dichas minas y plantas de concentracion de Colombia en
su conjunto. A solicitud del Organismo, Colombia comunicara la actual
produccion anual de una determinada mina o planta de concentracion. El
suministro de esta informacion no requerira una contabilidad detallada del
material nuclear.
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2-
vi) Informacion con respecto a los materiales basicos que
no
hayan alcanzado
todavia la composicion y pureza adecuadas para la fabricacion de combustible
o para su enriquecimiento isotopico, a saber:
a)
las cantidades, la composicion quimica, la utilizacion o utilizacion
prevista de dichos materiales, tanto utilizaciones nucleares como
no
nucleares, con respecto a cada lugar
de
Colombia donde los materiales
esten presentes en cantidades que superen diez toneladas metricas
de
uranio y/o veinte toneladas metricas
de
torio, y con respecto a otros
lugares en que las cantidades superen una tonelada metrica, la suma
correspondiente a Colotnbia en total
si
dicha suma supera diez
toneladas metricas de uranio o veinte toneladas metricas
de
torio. El
suministro de esta informacion no requerira una contabilidad detallada
del material nuclear;
b)
las cantidades, composicion quimica y destino de cada exportacion
fuera de Colombia de materiales
de
ese tipo para fines especificamente
no nucleares en cantidades que superen:
1)
diez toneladas metricas de uranio
o,
con respecto a sucesivas
exportaciones
de
uranio efectuadas desde Colombia
al
mismo
Estado, cada una de las cuales sea inferior a diez toneladas
metricas pero que superen un total
de
diez toneladas metricas
en el
afio;
2) veinte toneladas metricas
de
torio o, con respecto a sucesivas
exportaciones
de
torio efectuadas desde Colombia
al
mismo
Estado, cada una
de
las cuales sea inferior a veinte toneladas
metricas pero que superen un total de veinte toneladas metricas
en el
afio;
c) Las cantidades, composicion quimica, actual ubicacion y utilizacion o
utilizacion prevista de cada importacion a Colombia
de·
materiales de
ese tipo para fines especificamente
no
nucleares en cantidades que
superen:
1)
diez toneladas metricas
de
uranio
o,
con respecto a sucesivas
importaciones de uranio a Colombia, cada una de las cuales sea
inferior a diez toneladas metricas pero que superen un total de
diez toneladas metricas en el
afio;
2) veinte toneladas metricas
de
torio
o,
con respecto a sucesivas
importaciones de torio a Colombia, cada una
de
las cuales sea
inferior a veinte toneladas metricas pero que superen un total
de
veinte toneladas metricas en el
afio;
-
3-

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