El asunto del «Juno Trader»

AuthorValentín Bou Franch
Pages1112-1116

Page 1112

El 18 de diciembre de 2004 el Tribunal Internacional del Derecho del Mar (TIDM) dictó sentencia en el asunto del «Juno Trader» (San Vicente y Granadinas v. Guinea Bissau). Este esPage 1113 el asunto número 13 sometido al TIDM y el que hace el número 7 de demandas de pronta liberación, prevista en los artículos 73 y 292 de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del mar (Cnudm).

En esta sentencia, además de consolidar los criterios que jurisprudencialmente se consideran relevantes para la concreción de lo que es una fianza «razonable» u otra garantía financiera en cada caso concreto, destaca el problema que puede llegar a plantear, en el contexto de un recurso de pronta liberación, el cambio de propiedad de un buque confiscado por pesca ilegal y sus posibles repercusiones en la nacionalidad de dicho buque.

El argumento central que utilizó el Estado demandado consiste en que la propiedad del buque «Juno Trader» revirtió al Estado de Guinea Bissau desde el 5 de noviembre de 2004, como consecuencia de que su anterior propietario no pagase las multas que el 19 de octubre de 2004 le impuso la Comisión Interministerial de Control Marítimo de Guinea Bissau (CICM) (ITLOS/PV.04/03, p. 45). Basándose en este hecho, Guinea Bissau argumentó que el TIDM carecía de competencia en este asunto, que la demanda era inadmisible y que la pretensión de no haber cumplido el artículo 73 de la Cnudm estaba mal fundada.

Sin dedicarles un análisis en profundidad, que pertenecería al fondo del asunto y no a un recurso de pronta liberación, el TIDM desestimó todas estas alegaciones al considerar que:

In any case, whatever may be the effect of a definitive change in the ownership of a vessel upon its nationality, the Tribunal considers that there is no legal basis in the particular circumstances of this case for holding that there has been a definitive change in the nationality of the Juno Trader

(párs. 63, 68 y 80).

Ahora bien, esta defensa del Estado demandado sobre el cambio de propiedad del «Juno Trader» plantea dos problemas concretos que en este asunto fueron fundamentales, aunque permanecieron en la sombra. El primero se refiere al proceso que determinó el cambio de propiedad de este buque y, el segundo, a las eventuales consecuencias que ello podría tener sobre la nacionalidad del buque.

No existe nada en esta sentencia, ni en las numerosas opiniones separadas que la acompañan, que permita cuestionar, con carácter general, el Derecho de un Estado ribereño a disponer en su normativa interna que los buques de pesca, incluidos sus aparejos y cargamento, puedan ser confiscados si se demuestra que realizaron pesca ilegal dentro de los límites de la jurisdicción de ese Estado. Esta es una previsión relativamente frecuente en el Derecho comparado y la propia FAO ha reconocido que existen diversos procedimientos internos para llevar a la práctica esta normativa. Sin embargo, este Derecho del Estado ribereño debe ejercerse dentro de los límites que establece, la Cnudm y otras normas relevantes del Derecho internacional, incluyendo en concreto las disposiciones contenidas en los instrumentos internacionales sobre protección de los derechos humanos, especialmente las relativas al Derecho a un juicio justo (opinión separada conjunta de los jueces Mensah y Wolfrum, pár. 3).

En cuanto al proceso que determinó el cambio de propiedad del buque «Juno Trader», el abogado del Estado demandado, en su intervención oral del 7 de diciembre de 2004 sostuvo que, conforme al artículo 60 del Decreto-Ley número 6-A/2000 relativo a los recursos pesqueros y a los derechos de pesca en las aguas marítimas de Guinea Bissau, los derechos de propiedad del propietario del buque extranjero «Juno Trader» automáticamente («by operation of law») revirtieron al Estado de Guinea Bissau desde el 5 de noviembre de 2004, al no pagar su anterior propietario las multas impuestas el 19 de octubre de 2004...

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT