El asunto couso en los tribunales nacionales y en las relaciones internacionales

AuthorCarlos R. Fernández Liesa
PositionCatedrático de Derecho Internacional Público y Relaciones Internacionales. Universidad Carlos III de Madrid
Pages145-160
REDI, vol. LXIII (2011), 2
EL ASUNTO COUSO EN LOS TRIBUNALES NACIONALES
Y EN LAS RELACIONES INTERNACIONALES
Carlos R. Fe r n á n d e z Li e s a
Catedrático de Derecho Internacional Público y Relaciones Internacionales
Universidad Carlos III de Madrid
SUMARIO: 1. INTRODUCCIÓN.—2. CONFLICTOS ARMADOS Y MEDIOS DE COMUNICA-
CIÓN: EL ASUNTO COUSO.—2.1. El régimen de la prensa y los periodistas en los conf‌lictos
armados.—2.2. Elementos básicos del asunto Couso.—2.3. El asunto Couso ante los Tribu-
nales españoles.—2.3.1. La competencia de la jurisdicción española.—2.3.2. Las tesis en pre-
sencia en cuanto al fondo.—2.3.3. El derecho a la tutela judicial efectiva y la Sentencia del
Tribunal Supremo de 13 de julio de 2010.—2.4. El asunto Couso y las relaciones internaciona-
les.—2.4.1. El art. 3 del Convenio Interpol.—2.4.2. Los papeles del Departamento de Estado.
1. INTRODUCCIÓN
El fallecimiento de José Manuel Couso Permuy durante la guerra de Irak,
el día 8 de abril de 2003, está en el origen de un rosario de acontecimientos
jurídico-políticos objeto de esta contribución. El 27 de mayo de 2003 un gru-
po de familiares de Couso presentaron una querella ante el Juzgado Central
de Instrucción de la Audiencia Nacional. La madre y los hermanos de Couso
solicitaron que se incoase el pertinente sumario para el esclarecimiento de la
muerte, la identif‌icación de los responsables y su procesamiento.
Sobre la competencia de la Audiencia Nacional invocaban los arts. 23.4.g)
y 65.1.e) de la Ley Orgánica del Poder Judicial, pues se habría producido un
crimen de guerra, del que sería competente la jurisdicción española tanto se-
gún el Derecho español como en virtud de los convenios de Ginebra de 1949
y de los protocolos adicionales de junio de 1977, además de que la víctima era
de nacionalidad española. En cuanto a los hechos, a las 11 horas de la maña-
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na del 8 de abril un carro de combate estadounidense Abrams M1 disparó un
proyectil contra el Hotel Palestina. José Couso falleció al ser alcanzado por el
impacto, mientras estaba f‌ilmando desde la habitación 1403 del Hotel Pales-
tina, falleciendo poco después en el Hospital Ibn Naf‌is de Bagdad. Asimismo
falleció en el ataque Taras Protsyuk, de la Agencia Reuters (que estaba en la
habitación 1503), y tres periodistas fueron heridos de gravedad. En el escrito
se relataba una serie de hechos que permitían pensar en la posible existencia
de un crimen de guerra.
Muy sucintamente, cabe señalar que el hecho de que en el Hotel Palestina
desde hacía días estaba la mayor parte de la prensa internacional, que se ha-
bía trasladado desde el Hotel Rashid, por indicaciones del Pentágono; que el
Hotel es uno de los edif‌icios más altos de la ciudad y se encuentra en una zona
residencial; que la coalición angloamericana sabía que el Hotel tenía carácter
civil y que se alojaban unos trescientos enviados especiales de la prensa in-
ternacional. Asimismo, las sedes de Al Yazira y de la televisión de Abu Dhabi
habían sido atacadas por la tercera división, poco antes. Ambas sedes estaban
claramente identif‌icadas y habían transmitido sus coordenadas al Pentágono
dos meses antes. Por lo demás, el Pentágono reconoció el ataque si bien lo
justif‌icaría sobre la base de que habría un francotirador en el tejado.
Este asunto plantea muchas cuestiones vinculadas al Derecho internacio-
nal humanitario y a la interpretación de los convenios de Ginebra, la juris-
dicción internacional española y el Derecho internacional de los derechos
humanos. Así puede ser objeto de ref‌lexión tanto el derecho a la vida en los
conf‌lictos, que se ve afectado en relación con los civiles en mucha mayor me-
dida que con los miembros de fuerzas armadas, como otros derechos como la
libertad de información. La cuestión central es, sin embargo, la de esclarecer
si hubo intencionalidad en el ataque y si, por tanto, el mismo tenía por objeto
inf‌luir sobre la prensa internacional y tratarse de un crimen de guerra tipif‌i-
cado en el Derecho internacional humanitario y en el Código Penal español.
El largo iter político-judicial que se inicia en 2003 ha dado lugar a diversas
posiciones jurídicas tanto del instructor, como de la Sala de lo Penal de la
Audiencia Nacional, del Tribunal Supremo y de la Fiscalía, además de la mo-
vilización de la sociedad civil a favor de Couso, que se está convirtiendo en
un símbolo de la libertad de información. En esta nota analizaremos los prin-
cipales elementos del asunto Couso ante los tribunales españoles, así como
algunos de sus efectos desde la perspectiva de las relaciones internacionales.
2. CONFLICTOS ARMADOS Y MEDIOS DE COMUNICACIÓN:
EL ASUNTO COUSO
2.1. El régimen de la prensa y los periodistas en los conf‌lictos
armados
Couso no es el primero ni será el último periodista español fallecido en
un conf‌licto armado, pero es por el momento el único cuyo caso se ha inter-
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