La aspiracion maritima de Bolivia.

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(Anotaciones inéditas sobre los títulos históricos y el origen de la Guerra del Pacífico)

Estudios Internacionales ha estimado interesante compartir con sus lectores estas anotaciones inéditas sobre el tema de la aspiración marítima de Bolivia. Corresponden a las investigaciones del destacado historiador y profesor de la Universidad de Chile Guillermo Lagos Carmona, quien dedicó gran parte de su vida al estudio de las relaciones vecinales de Chile. El texto corresponde a investigaciones que complementan la información proporcionada por el autor en sus obras Historia de las fronteras de Chile y Los Tratados de límites con Bolivia.

  1. En LOS PRIMEROS TIEMPOS INDEPENDIENTES Y ANTES DE LOS TRATADOS DE LÍMITES

    Interpretaciones de algunos de los publicistas peruanos después de la Independencia:

    De entre muchos autores peruanos y de entre muchas obras, solo retendremos aquellos juicios que inciden directamente con el tema que se expone.

    Ulloa, Paz Soldán, Wagner de Reina, Maurtúa, García Salazar nos han trazado un cuadro de las cédulas reales que atañen al asunto con palabras que el tiempo no puede desvanecer. Ellos están entre los mejores que las conocen.

    La Independencia hallará a la Audiencia de Charcas incluida en el Virreinato del Río de la Plata, de conformidad con las reales cédulas de 1776 y 1777, pero antes que terminara la historia colonial de Charcas como una dependencia de ese Virreinato, dice José Casimiro Ulloa, en Linderos entre el Perú y Bolivia o solución del antagonismo y restablecimiento de su solidaridad, lo que sigue:

    Por otra parte, las Provincias Unidas del Río do la Plata, reunidas en Congreso Constituyente, proclamaron la independencia de Argentina, dictando, el 9 de mayo de 1825, una ley en la que dejaban en libertad al Alto Perú para que decidiese su destino. El 6 de agosto de ese mismo año, la Asamblea reunida en Chuquisaca convocada por Sucre, lugarteniente de Bolívar, declaró por unanimidad su independencia.

    Poco antes, el 23 de febrero, el Libertador Bolívar, había expresado:

    >

    La espada de la guerra de independencia, Bolívar la apoyaba en aquellas palabras que el día 21 del mismo dijera a Sucre:

    >

    El Alto Perú tomado por Sucre y definido por Bolívar, creador de Bolivia, era la > del viejo Perú colonial.

    Arturo García Salazar ha dicho:

    >

    Junto con esta taxativa enumeración de regiones que la integraban, afirma lo siguiente:

    >

    En efecto, el 9 de junio de 1909 el Presidente de la República Argentina, José Figueroa Alcorta, en su calidad de árbitro, dio un Laudo en el que dice que tuvo en vista >. Este fallo no fue del agrado de Bolivia, sucesora de Charcas, que sostuvo que él había sido dictado conforme a las reglas de la equidad y no a las de derecho.

    Con todo, la ocasión fue propicia para el examen a fondo de las disposiciones reales, lo que permitió determinar los límites de las provincias de que estaba compuesta.

    Alberto Wagner de Reina, por su parte, ha expresado:

    > -como se decía- que no se hallaban ni bajo la jurisdicción de la Audiencia da Lima ni en la de Charcas, sino dependían, directamente, de la autoridad virreinal. Y era obvio que no habiendo sido separadas expresamente del Virreinato de Lima, al crearse el de Buenos Aires, esas tierras permanecieran bajo el imperio de aquel.>>

    Las > se incorporaban a las audiencias, de acuerdo con esta interpretación, a medida que eran conquistadas, pacificadas y finalmente pobladas.

    Víctor M. Maurtúa ha corroborado esta opinión emitiendo el siguiente juicio:

    >

    ¿Extendería la Corona al Despoblado de Atacama en concepto de > aplicable a esas otras regiones?

    Parecía que no a juzgar por los antecedentes de que se dispone.

    Almagro, Valdivia, Hurtado de Mendoza y tantos otros capitanes desde la primera hora y en función de Chile protagonizaron hechos memorables en aquella región. Y después se agregarán los actos administrativos de los gobernadores de la Capitanía General durante cientos de años.

    Por fin, ningún argumento podrá destruir aquella Ley 5, titulo XV, libro II de la Recopilación de leyes de los reinos de las Indias de 1680 que disponía que la Audiencia de Lima tenga >. Si duda hubiere, sería por tierra adentro.

    Para el derecho indiano, Perú y Chile eran colindantes por la costa; Charcas no podía estar entre ellos y si en algún momento lo estuvo era porque estaba dentro del Perú al tenor de las respectivas cédulas reales que prevalecen sobre todo otro instrumento de la época colonial.

    Los Virreyes del Perú encargados de aplicarlas obraron de acuerdo a las mismas. Entre ellos tenemos a Manuel de Guirior que en un bando dado en Lima en 1778 rechazó una pretensión de Virreinato de la Plata recién creado para intervenir en algunos puertos de Pacífico: > Después, en 1804, el Marqués de Aviles decía en comunicación al Ministro de Gracia y Justicia de la Corona que >. Esos olvidados vasallos no eran ciertamente muchos pero estaban en la jurisdicción de la Gobernación de Chile.

    Sin embargo, la Audiencia de Charcas nunca estuvo satisfecha con la jurisdicción que se le asignó. Creada en 1561 con reducidos términos por el Conde Nieva, Virrey del Perú, la Corona tuvo que atender que estos eran cortos añadiéndole en 1563 otros territorios, entre estos el Tucumán, que estaba en la Gobernación de Chile pero en 1592 sus pretensiones sobre Arica en el Perú no fueron acogidas por el monarca español al disponer que >

    Al correr de los años la República del Perú heredará ese espíritu de no innovar oponiéndose siempre a toda cesión en Arica en favor de la de Bolivia, sucesora de Charcas.

    El historiador y profesor peruano Max M. Miñano García en su Breve Historia del Perú-páginas 74-75, Biblioteca Enciclopédica Popular, Secretaría de Educación Pública, México, 1944-nos relata lo siguiente:

    >

    Más adelante, Miñano García nos explica la política seguida por el Perú, no obstante >, >.

  2. LOS TRATADOS DE LÍMITES CON BOLIVIA

    1. Un tratado de navegación con Bolivia pero que es también de amistad y comercio

      El primer Tratado que Chile celebrará con Bolivia es uno de Amistad, Comercio y Navegación, durante la Administración de Prieto. Se firmó en Santiago el 18 de octubre de 1833; por Chile lo hizo Manuel Rengifo, ministro de estado en el Departamento de Hacienda, y por Bolivia Dámaso Uriburu, Encargado de Negocios cerca del Gobierno de Chile.

      En el artículo sexto, se dice:

      >.

      En el artículo décimo primero se insertó una disposición en la que no se comprendían en ella >

      Y, por último, en el décimo cuarto se convino:

      >

      En la prehistoria, los changos, engullidores de algas, que habitaban la caleta de Cobija, 22 33'-70 16', veían llegar, de vez en cuando algunos cazadores altiplánicos que habían atravesado las desérticas llanuras en persecución de huemules, guanacos y otros animales; en el período hispánico, junto a las balsas hechas en cueros de lobos marinos por los pescadores changos, anclaban muy de tarde en tarde los galeones para embarcar los preciosos metales que las autoridades españolas de Potosí enviaban a la metrópoli. El puerto habilitado para este efecto por la Corona era Arica.

      Los franceses, Feuillée en 1710 y Frézier en 1716, divulgaron a los changos de Cobija con sus balsas de cuero adquiriendo fama universal.

      En 1833, cuando se firmó dicho Tratado de Amistad, Comercio y Navegación con Bolivia había una situación de hecho que se explica más adelante; esta situación de hecho es, obviamente, anterior por más de treinta años al primer Tratado de Límites con Bolivia que es de 1866. Esa situación de hecho se produjo en los primeros días republicanos y dio origen a la discusión de límites que ese Tratado procuró solucionar.

      Se tendrá presente que la real orden de 1803 que no se aplicó decía:

      >.

      En la situación de hecho existente era tal la confusión que en 1853 Perú ocupó la caleta de Cobija.

      En el comienzo del período republicano el mariscal altiplánico Andrés de Santa Cruz se apoderó de Cobija, en 1832, ante la indiferencia de sus primitivos pobladores abandonados de la mano de Dios.

      El proyecto de 1826 de una Confederación de los Andes no logró cristalizar como tampoco el de límites entre el Alto y Bajo Perú que habría permitido que el primero a base de compensaciones territoriales tuviera Arica y una porción de litoral.

      Santa Cruz, hijo de doña Juana Basilia Calaumana, hija del cacique Calaumana, la dinastía de los incas del Perú, parece haberse inspirado en sus planes de dominación en el pensamiento del precursor de la independencia el General venezolano Francisco Miranda (1750-1816) que en los postreros días coloniales proponía al ministro británico William Pitt una Constitución con un >.

      Se afirma que el Libertador Bolívar habría dictado en diciembre de 1825 un decreto habilitando en Cobija un puerto, y dándole el nombre de la Mar, en honor del general José La Mar.

      Ni el decreto de Bolívar, en caso de existir, ni la ocupación de Santa Cruz, fueron cuestionados por los nacientes Estados colindantes de Perú y Chile.

      Al respecto, el autor peruano Alberto Wagner de Reina escribe en Los Límites de Perú:

      >

      El 19 de marzo de 1866, en La Paz de Ayacucho, se suscribió un Tratado de adhesión (> en el texto) de Bolivia a la Alianza ofensiva y defensiva celebrada entre Chile y el Perú.

      El artículo sexto tiene el siguiente texto:

      >

      La alianza ofensiva y defensiva pactada entre Chile y Perú, a la que adhería Bolivia, era > ...

      Ese Tratado de 19 de marzo de 1866, dentro de la situación de hecho existente en Cobija, precederá por pocos meses al citado primer Tratado de límites que Chile celebró con Bolivia el 10 de agosto del mismo año.

    2. Chile sostiene sus derechos territoriales en el norte hasta el grado 23 de latitud sur

      El 17 de febrero de 1845 el Ministro de Relaciones Exteriores de Chile Manuel Montt instruyó al Encargado de los Negocios en Francia para que sostuviera en la reclamación que interpondría ante el Gobierno de Gran Bretaña la incompetencia de los tribunales británicos para conocer y decidir en >, cual es el lugar de que el Lacaw...

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