El arreglo pacífico de controversias en las organizaciones internacionales

AuthorAntoni Pigrau Solé
ProfessionCatedrático de Derecho Internacional Público de la Univ. de Rovira i Virgili (Tarragona)

I. CONCEPTOS GENERALES

  1. Diferencias susceptibles de solución en las Organizaciones Internacionales.

  2. La adaptación de los medios de solución tradicionales.

    1. Medios diplomáticos.

    2. Medios jurídicos.

  3. Procedimientos institucionales de solución de controversias.

    1. En el sistema de la Organización de las Naciones Unidas.

    2. En el marco de las Organizaciones regionales.

    3. En el seno de los Organismos especializados.

    II. TEXTOS NORMATIVOS

    1. Convenios internacionales

    Carta de las Naciones Unidas, de 26 de junio de 1945, arts. 10-14, 33, 38, 52-54 y 98-99 y Estatuto del Tribunal Internacional de Justicia.

    – Convenio europeo para el arreglo pacífico de controversias, de 29 de abril de 1957; (UNTS, vol. 320, p. 243).

    – Carta de la Organización de Estados Americanos, Bogotá, 30 de abril de 1948; (UNTS, vol. 119, p. 3). Enmendada por el Protocolo de Buenos Aires, de 27 de febrero de 1967; (UNTS, vol. 721, p. 266). Y por el Protocolo de Cartagena de Indias, de 5 de febrero de 1985.

    – Carta de Addis Abeba, constitutiva de la Organización de la Unidad Africana, de 25 de mayo de 1963; (UNTS vol. 479, p. 39).

    – Pacto de El Cairo, constitutivo de la Liga de Estados Arabes, de 22 de marzo de 1945; (UNTS vol. 70, p. 237).

    – Constitución de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), de 28 de junio de 1919; (BOE de 21 de septiembre de 1982).

    – Convenio constitutivo del Fondo Monetario Internacional (FMI), de 22 de julio de 1944; (BOE de 13 de septiembre de 1958).

    – Convenio sobre Aviación Civil Internacional, de 7 de diciembre de 1944; (BOE de 24 de febrero de 1947 y BOE de 29 de diciembre de 1969).

    – Convención relativa a la conciliación y al arbitraje en el seno de la Organización para la Seguridad y Cooperación en Europa, que instaura la Corte de Conciliación y Arbitraje, Ginebra, 15 de diciembre de 1992; (en vigor desde 5 de diciembre de 1994).

    – Acuerdo por el que se establece la Organización Mundial del Comercio, Marrakesch (OMC) , 15 de abril de 1994. (BOE núm. 20, de 24 de enero de 1995, suplemento; rect. BOE núm. 33, de 8 de febrero de 1995).

  4. Resoluciones de Organizaciones Internacionales

    – Cuestión de los métodos para la determinación de los hechos (Res. 2.329 (XXII) de la Asamblea General de las Naciones Unidas de 18 de noviembre de 1967).

    – Declaración sobre los Principios de Derecho Internacional referentes a las relaciones de amistad y a la cooperación entre los Estados, de conformidad con la Carta de las Naciones Unidas (Res. 2.625 (XXV) de la Asamblea General de las Naciones Unidas de 24 de octubre de 1970).

    – Declaración de Manila sobre el Arreglo Pacífico de Controversias Internacionales (Res. 37/10 de la Asamblea General de las Naciones Unidas de 15 de noviembre de 1982).

    – Declaración sobre la prevención y la eliminación de controversias y de situaciones que pueden amenazar la paz y la seguridad internacionales y sobre el papel de las Naciones Unidas en esa esfera (Res. 43/51 de la Asamblea General de las Naciones Unidas de 5 de diciembre de 1988).

    – Recurso a una Comisión de buenos oficios, mediación o conciliación en las Naciones Unidas. (Decisión 44/415 de la Asamblea General de las Naciones Unidas de 4 de diciembre de 1989).

    – Declaración sobre la determinación de los hechos en la esfera del mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales (Res. 46/59 de la Asamblea General de las Naciones Unidas de 9 de diciembre de 1991).

    – Normas modelo de las Naciones Unidas para la conciliación de controversias entre Estados (Anexo a la Res. 50/50 de la Asamblea General de las Naciones Unidas de 29 de enero de 1996).

    III. BIBLIOGRAFÍA

    1. Obras generales

    Carrillo Salcedo, J. A., Curso de Derecho Internacional Público, Editorial Tecnos, Madrid, 1991, pp. 298-300.

    Díez de Velasco, M., Instituciones de Derecho Internacional Público, 14.ª edición, Editorial Tecnos, Madrid, 2003, pp. 882-891.

    González Campos, J. D., Sánchez Rodríguez, L. I., Andrés Sáenz de Santamaría, M. P., Curso de Derecho Internacional Público, 8.ª edición, Editorial Civitas, Madrid, 2003, pp. 872-876.

    Pastor Ridruejo, J. A., Curso de Derecho Internacional Público y Organizaciones Internacionales, 9ª edición, Editorial Tecnos, Madrid, 2003, pp. 562-565 y 733-737.

    Remiro Brotóns, A. y otros, Derecho internacional, Editorial McGraw-Hill, Madrid, 1997, pp. 885-905.

    Rodríguez Carrión, A., Lecciones de Derecho Internacional Público, 5.ª edición, Editorial Tecnos, Madrid, 2004, pp. 591-596.

    2. Monografías y artículos de revistas

    Abellán Honrubia, V., «El arreglo pacífico de controversias en el ámbito de las Naciones Unidas», en Mariño, F. (Dir.), Balance y Perspectiva de las Naciones Unidas en el cincuentenario de su creación, Madrid, 1995, pp. 55-75. Andrés Sáenz de Santamaría, M. P., «El arreglo pacífico de controversias en el ámbito de las Organizaciones Internacionales», en Cursos de Derecho Internacional de Vitoria-Gasteiz, 1985, pp. 79-143.

    Aznar Gómez, M., «La determinación de los hechos por el Secretario General de las Naciones Unidas en el ámbito del mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales (1945-1995)», Revista Española de Derecho Internacional, 1996, n.º 1, pp. 71-98.

    Badía Martí, A., El arreglo pacífico de controversias en la Organización de las Naciones Unidas, J.M. Bosch editor, Barcelona, 1994 (Cuadernos de Cátedra Nº 1).

    Mariño Menéndez, F., «Solución pacífica de controversias por órganos políticos de Naciones Unidas», Revista de la Facultad de Derecho de la Universidad Complutense, monográfico n.º 13, abril, 1987, pp. 155-186. Martínez Puñal, A., La solución de controversias en el Mercado Común del Sur (MERCOSUR): Estudio de sus mecanismos, Tòrculo Edicións, Santiago de Compostela, 2000.

    Naciones Unidas: Manual sobre el arreglo pacífico de controversias entre Estados, Documentos Oficiales: 46 período de sesiones, Suplemento n.º 33 (A/46/33), pp. 123-207

    Paolillo, F., «Solución de controversias relacionadas con actos de organizaciones internacionales, el caso de la Autoridad Internacional de los Fondos Marinos», Revista Española de Derecho Internacional, 1991, pp 491-591. Riquelme Cortado, R.M., «El arreglo de controversias en las organizaciones de fines generales», Anuario de Derecho Internacional, Vol. 11, 1995, pp. 275-314.

    Vives Chillida, J. A., El Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI), McGraw-Hill, Madrid, 1998. Zapatero, P., Derecho del comercio global, Thomson-Civitas, Madrid, 2003.

    TEXTOS A EXAMINAR

    1. La solución de controversias en la Organización de las Naciones Unidas

    EL CONFLICTO DE LAS ISLAS MALVINAS

    Antecedentes: El 2 de abril de 1982, las fuerzas armadas argentinas ocuparon las Islas Malvinas, territorio colonial bajo la administración del Reino Unido y sobre el que existía una larga controversia territorial con Argentina. El mismo día el Reino Unido solicitó la reunión del Consejo de Seguridad, a la vez que rompía sus relaciones diplomáticas con Argentina. A continuación el Reino Unido, alegando su derecho a la legítima defensa, desplazó una importante flota de guerra a la zona entrando en combate con las tropas argentinas. Durante el conflicto, el Consejo de Seguridad adoptó la resolución 502 (1982) el 3 de abril y, tras una intensa actividad diplomática del Secretario General, la resolución 505 (1982) el 26 de mayo. Las hostilidades terminaron el 14 de junio, con la rendición de las fuerzas argentinas en las islas. Se reproducen a continuación las dos resoluciones mencionadas, junto con la resolución 3719 de la Asamblea General de las Naciones Unidas, de 4 de noviembre de 1982, la resolución AG/Res. 595, de 20 de noviembre de 1982 de la Organización de Estados Americanos y el informe del Secretario General de las Naciones Unidas, de 27 de octubre de 1983.

    1. Decisiones y resoluciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas

      Decisiones

      En su 2.345.ª sesión, celebrada el 1.º de abril de 1982, el Consejo decidió invitar al representante de la Argentina a participar, sin derecho de voto, en el debate del tema titulado «Carta, de fecha 1.º de abril de 1982, dirigida al Presidente del Consejo de Seguridad por el Representante Permanente del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte ante las Naciones Unidas (S/14942)».

      En la misma sesión, tras celebrar consultas con los miembros del Consejo, el Presidente hizo la siguiente declaración en nombre de los miembros del Consejo:

      El Consejo de Seguridad ha escuchado declaraciones de los representantes del Reino Unido y de la Argentina acerca de la tensión que ha surgido recientemente entre los dos Gobiernos.

      El Consejo de Seguridad ha tomado nota de la declaración formulada por el Secretario General, que dice:

      El Secretario General, que ya se ha reunido hoy con los representantes del Reino Unido y de la Argentina, reitera su exhortación a ambas partes para que actúen con máxima moderación. Por supuesto, el Secretario General regresará a la Sede en cualquier momento, si la situación lo exige.

      El Consejo de Seguridad, consciente de la responsabilidad primordial que en virtud de la Carta de las Naciones Unidas tiene por el mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales, expresa su preocupación por la tensión en la región de las Islas Malvinas (Falkland Islands). Por tanto, el Consejo insta a los Gobiernos de la Argentina y del Reino Unido a que ejerzan la máxima moderación en esta oportunidad, y en particular a que se abstengan del uso o la amenaza de la fuerza en la región y a que prosigan la búsqueda de una solución diplomática.

      El Consejo de Seguridad seguirá examinando la cuestión.

      Resolución 502 (1982) de 3 de abril de 1982

      El Consejo de Seguridad,

      Recordando la declaración formulada por el Presidente del Consejo de Seguridad en la 2.345.ª sesión del Consejo, celebrada el 1.º de abril de 1982, en la que se instaba a los Gobiernos de la Argentina y del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte a que se abstuvieran del uso o la amenaza de la...

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