Arbitraje Electrónico: una Mirada al Futuro

AuthorSara L. Feldstein De Cardenas
ProfessionAbogada, recibida en la Universidad de Buenos Aires, con diploma de honor y Doctora (U.B.A.) en el área Derecho Internacional Privado
Pages200-212
ARBITRAJE ELECTRÓNICO: UNA MIRADA AL FUTURO
Por Sara L. Feldstein de Cárdenas
I. INTRODUCCION
Por sus propias características, INTERNET y el comercio electrónico se revelan como la
innovación más prometedora de la globalización tecnológica, económica y cultural ante la que el
Estado no puede permanecer ajeno. A su alrededor, se crean una multiplicidad de efectos, que
tienen virtualidad suficiente como para que el comercio electrónico pretenda desprenderse de las
fronteras, y de las aduanas.
Por un lado, en un sentido amplio, comercio electrónico se refiere a todo intercambio de datos que
se realiza por medios electrónicos, esté o no relacionado estrictamente con la actividad comercial.
Sin embargo, en un sentido más restringido, debe entenderse por tal, a aquél cuya actividad se
circunscribe a las transacciones electrónicas desarrolladas a través de mecanismos que
proporcionan tecnologías tales como el correo electrónico, EDI o INTERNET. Por otro lado, se
puede distinguir entre lo que se ha dado en llamar el comercio electrónico indirecto utilizado para
la adquisición de bienes tangibles que necesitan ser enviados físicamente usando canales
tradicionales de distribución y el comercio electrónico directo, en el que el pedido, el pago, el envío
de los bienes intangibles o servicios se producen “on line”, tal como sucede con las transacciones
de música y de software.
De tal modo que puede entenderse como comercio electrónico, el conjunto de transacciones
comerciales y financieras realizadas por medios electrónicos, incluyendo texto, sonido e imagen,
que se despliega dentro de un sistema global que utilizando redes informáticas y muy
especialmente INTERNET, el cual permite crear el mercado electrónico, operado por ordenador y
a distancia, de productos, de bienes, de servicios, de tecnologías, entre otros. Precisamente uno
de los mayores impactos de la tecnología de la información que se desarrolla en ese ámbito, es el
que se verifica en el comercio y servicios financieros con suficiente virtualidad para llegar, como
veremos más adelante, a modificar los hábitos de los actores del comercio internacional.
Este medio propicia la celebración de contratos electrónicos internacionales, básicamente
compraventas de comercio electrónico que se definen según quien le vende a quién. Estas
transacciones surgen de la interacción entre los tres actores principales que en ellas intervienen,
el gobierno (G), las empresas (B) y los consumidores (C) a saber:
B2C: business to consumer, compraventa de negocio a consumidor y viceversa C2B,
C2G: consumer to government, compraventa de consumidor a gobierno y viceversa G2C;
B2G: business to government, compraventa de negocio a gobierno y viceversa G2B;
200
FELDSTEIN - MEDINA - RODRIGUEZ - SCOTTI

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