Aprueban el Listado de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Metropolitana de Lima que no se encuentran sujetos a la suspensión de plazos de tramitación

AuthorManuel Ugarte
PositionSocio

A través de la Resolución de Alcaldía No. 152 (en adelante, la “Resolución”), publicado el 4 de junio de 2020, se aprobó el Listado de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Metropolitana de Lima que no se encuentran sujetos a la suspensión de plazos de tramitación que establece el D.U. Nº 0262020 y el D.U. Nº 029-2020 y sus prórrogas.

El listado de actividades reguladas por la Resolución, que no se encuentran sujetos a la suspensión de plazos de tramitación que establece el numeral 2 de la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia Nº 026-2020 y sus prórrogas; así como, el artículo 28 del Decreto de Urgencia Nº 029-2020 y sus prórrogas; algunas de ellas relacionadas al sector inmobiliario, son las siguientes:

EJECUCIÓN DE OBRAS EN ÁREAS DE USO PÚBLICO EN EL CERCADO DE LIMA Y EN VÍAS EXPRESAS, ARTERIALES Y COLECTORAS DE LA PROVINCIA DE LIMA:

– Obras de construcción mejora e instalación de mobiliario o infraestructura urbana.

LICENCIAS DE EDIFICACIÓN:

– Licencia de edificación – Modalidad A.

– Licencia de edificación – Modalidad B (Aprobación de proyecto con evaluación por la Municipalidad)

– Licencia de edificación – Modalidad C (Aprobación con evaluación previa del proyecto por la Comisión Técnica).

– Licencia de edificación – Modalidad D (Aprobación con evaluación previa del proyecto por la Comisión Técnica).

– Licencia de edificación – Modalidad B, C y D (Aprobación de proyecto con evaluación previa por los Revisores Urbanos).

MODIFICACIÓN DE PROYECTOS Y/O LICENCIAS DE EDIFICACIÓN:

– Modificación de proyectos en la modalidad B (antes de emitida la Licencia de Edificación).

– Modificación de proyectos en la modalidad C y D (antes de emitida la Licencia de Edificación por Comisión Técnica).

– Modificación de licencia en la modalidad A (modificaciones NO sustanciales).

– Modificación de licencia en la modalidad B (modificaciones sustanciales).

– Modificación de licencia en la modalidad B y D – Comisión Técnica (modificaciones sustanciales).

– Modificación de licencia en la modalidad B, C y D – Revisores Urbanos (modificaciones sustanciales).

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